RESOLUCIÓN 587 2023 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE INSTRUMENTA EL ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA - COMISIÓN PARITARIA SECTORIAL N° 8-22 - MÉDICOS MUNICIPALES, SUSCRIPTA EL DÍA 5 DE DICIEMBRE DE 2022 ENTRE REPRESENTANTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, DE LA ASOCIACIÓN DE MÉDICOS MUNICIPALES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y DE LA FEDERACIÓN DE PROFESIONALES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Publicación:
23/01/2023
Sanción:
19/01/2023
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, el Acta de Negociación Colectiva
Comisión Paritaria Sectorial N° 08/2022 - Médicos Municipales, el Expediente
Electrónico N° 2022-48032117-GCABA- DGTALMHF y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 5 de diciembre de 2022, se celebró el Acta de Negociación Colectiva
Comisión Paritaria Sectorial N° 08/2022 - Médicos Municipales, en el marco del Título
II de la Ley N° 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la Asociación de Médicos Municipales de la
Ciudad de Buenos Aires y de la Federación de Profesionales de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que mediante la misma, las partes manifiestan que luego de dos años de
implementación de los procesos concursales, requieren ser adecuados algunos puntos
a fin de garantizar un acceso equitativo al sistema público de salud del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que las partes acuerdan reemplazar el Artículo 11 del Anexo I del Acta Paritaria N°
04/2019, estableciendo que el puntaje mínimo requerido para el ingreso a la carrera de
cargos de ejecución sin especialidad, será de 35 puntos, quedando redactado de la
siguiente manera: "De un total de cien (100) puntos distribuidos en la evaluación de
antecedentes curriculares y laborales, examen y entrevista personal, los postulantes
deberán reunir un mínimo de cincuenta (50) puntos en total. Cuando se trate de
concursos para ingreso a la carrera de cargos con especialidad, dicho mínimo será de
cuarenta (40) puntos en total. Cuando se trate de concursos para ingreso a la carrera
en cargos sin especialidad el puntaje mínimo requerido será de treinta y cinco (35)
puntos.";
Que las Direcciones General Planificación y Control Operativo y Oficina de Gestión
Pública y Presupuesto expresaron que la presente actuación se encuentra
contemplada dentro de las Políticas de Recursos Humanos;
Que por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se
instrumenta el Acta de Negociación Colectiva Comisión Paritaria Sectorial N°
08/2022 - Médicos Municipales;
Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,
Artículo 1°.- Instrumentar el Acta de Negociación Colectiva Comisión Paritaria
Sectorial N° 08/2022 -Médicos Municipales, suscripta el día 5 de diciembre de 2022
entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la
Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires y de la Federación
de Profesionales de la Ciudad de Buenos Aires, la que como Anexo (IF-2022-
48043243-GCABA-DGTALMHF), forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese a la Dirección General de Contaduría General,
a la Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires y a la
Federación de Profesionales de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y
demás efectos, pase a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del
Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura