RESOLUCIÓN 3746 2004 SECRETARIA DE EDUCACION

Síntesis:

RECTIFICA LOS ANEXOS II, III Y IV DE LA RESOLUCIÓN N° 1.550/SED/03, B.O. N° 1724, CORRESPONDIENTE A LA ESTRUCTURA DEL PLAN DE LA CARRERA DE ENFERMERÍA PROFESIONAL - SECRETARÍA DE EDUCACIÓN - SECRETARÍA DE SALUD - APROBACIÓN - DISEÑO CURRICULAR - ESCUELA SUPERIOR DE ENFERMERÍA CECILIA GRIERSON - ENCOMENDACIÓN - UNIDAD PERMANENTE CURRICULAR - DIRECCIÓN GENERAL DE ENFERMERÍA - DIRECCIÓN GENERAL EDUCACIÓN SUPERIOR - CONTENIDOS CURRICULARES

Publicación:

02/12/2004

Sanción:

17/11/2004

Organismo:

SECRETARIA DE EDUCACION


Visto la Carpeta N° 1.433/SED/04, y

CONSIDERANDO:

Que por las mencionadas actuaciones se dio trámite a diversas modificaciones a introducir en los Anexos de la Resolución N° 1.550/SED/03;

Que por la Resolución aludida se aprobó el Nuevo Diseño Curricular de la Carrera de Enfermería Profesional, Modalidades I y II, que se cursa en la Escuela Superior de Enfermería Cecilia Grierson;

Que corresponde rectificar errores que, en forma involuntaria, se produjeron en los textos de los Anexos II, III y IV de la Resolución mencionada y, además, incorporar en el Anexo IV la función de Profesor de Enfermería para las Prácticas Hospitalarias y Comunitarias, con lo que quedará salvada esta omisión;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, en el marco de las facultades que le confiere la Ley N° 33,

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1° - Rectifícase el Anexo II de la Resolución N° 1.550/SED/03 - Estructura del Plan Carrera de Enfermería Profesional Modalidad I, que forma parte integrante de la presente, estableciéndose que, donde dice: 7 - Sujeto y Sociedad II 1° Año, 1er. Cuatrimestre, debe decir: 7 - Sujeto y sociedad I, 1° año, 1er. Cuatrimestre.

Artículo 2° - Rectifícase el Anexo II de la Resolución N° 1.550/SED/03 - Estructura del Plan Carrera de Enfermería Profesional Modalidad I, que integra la presente Resolución, disponiéndose que, donde dice: 4 - Taller Sujeto y sociedad II, 3° Año, 1er. Cuatrimestre, debe decir: 4 - Taller: Sujeto y sociedad.

Artículo 3° - Rectifícase el Anexo II de la Resolución N° 1.550/SED/03 - Estructura del Plan Carrera de Enfermería Profesional Modalidad II, que forma parte integrante de la presente, estableciéndose que, donde dice: Período 2° Año, 1er. Cuatrimestre, debe decir: 2° Año, 2do. Cuatrimestre.

Artículo 4° - Rectifícase el Anexo III de la Resolución N° 1.550/SED/03 - Horas que el alumno debe acreditar. Resumen. Carrera de Enfermería Profesional, el que forma parte de la presente Resolución, estableciéndose que, donde dice: Horas Mensuales, 1er. Cuatrimestre - Modalidad II, en el cuadro debe decir: Horas Semanales, 1er. Cuatrimestre.

Artículo 5° - Rectifícase el Anexo III de la Resolución N° 1.550/SED/03 - Horas que el alumno debe acreditar. Resumen. Carrera de Enfermería Profesional-, el que integra la presente Resolución, disponiéndose que, donde dice: Horas Mensuales, 2do. Cuatrimestre - Modalidad II, en el cuadro debe decir: Horas Semanales, 2do. Cuatrimestre.

Artículo 6° - Rectifícase el Anexo IV de la Resolución N° 1.550/SED/03 - Desarrollo Operativo Carrera de Enfermería Profesional Modalidad I, el que forma parte integrante de la presente, estableciéndose que, donde dice: 7 - Sujeto y sociedad II, 1° Año. 1er. Cuatrimestre, debe decir: 7 - Sujeto y sociedad I.

Artículo 7° - Rectifícase el Anexo IV de la Resolución N° 1.550/SED/03 - Desarrollo Operativo Carrera de Enfermería Profesional Modalidad I, el que integra la presente Resolución, estableciéndose que, donde dice: 4 - Taller: Sujeto y sociedad II 3° Año, 1er. Cuatrimestre, debe decir: 4 - Taller: Sujeto y sociedad.

Artículo 8° - Modifícase el Anexo IV de la Resolución N° 1.550/SED/03 - Desarrollo Operativo Carrera de Enfermería Modalidad II, el que integra la presente Resolución, disponiéndose la incorporación de la función de Profesor de Enfermería para las Prácticas Hospitalarias y Comunitarias, con una carga horaria de dieciocho (18) horas de cátedra semanales para la atención de grupos de hasta quince (15) alumnos de la Práctica Hospitalaria y Comunitaria.

Artículo 9° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese por copia a la Secretaría de Salud, a las Subsecretarías de Educación -Dirección General de Planeamiento- y de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria -Dirección General de Coordinación Financiera y Contable- y a la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional y pase a la Dirección General de Educación. Perazza

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Arts. 1 a 3 de Res. 3746-SED-04 Rectifica Anexos II de la Res. 1550-SED-03 - Arts. 4 y 5 rectifican Anexo III - y Arts. 6 y 7 rectifican Anexo IV - Art. 8 Mod. Anexo IV