RESOLUCIÓN COMUNAL 4914506 2023 COMUNA 15
Síntesis:
OTORGA PERMISO - EMPLAZAMIENTO CALESITA - ESPACIO VERDE PLAZA 25 DE AGOSTO - GIRIBONE N°1400 ENTRE HEREDIA, 14 DE JULIO Y CHARLONE - COMUNA 15
Publicación:
02/02/2023
Sanción:
24/01/2023
Organismo:
COMUNA 15
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Código de
Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 1.777, N°
6.292 y N° 6316 (Textos Consolidados por Ley N° 6.347), los Decretos N° 453-AJG/12,
N° 463-AJG/19 y sus modificatorios, y N° 277/AJG/22, la Resolución N° 2-GCABA-
SECACGC/21 y el Expediente Electrónico N° EX-2022-40663186-GCABA-DGCCT.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su artículo 104
inciso 21, establece dentro de las atribuciones del Poder Ejecutivo, la de otorgar
permisos para el ejercicio de actividades comerciales y todas aquellas que estén
sujetas al poder de policía de la Ciudad, conforme a las leyes;
Que, asimismo, en su artículo 127 -y subsiguientes- consagra a las Comunas de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires como unidades de gestión política y administrativa
con competencia territorial que ejercen funciones de planificación, ejecución y control
en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno central respecto a las materias que
sean de su competencia;
Que, asimismo, el artículo 128 establece que las Comunas ejercen funciones de
planificación, ejecución y control, en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno de
la Ciudad, respecto a las materias de su competencia;
Que, la Ley N° 1.777 es la norma orgánica de las comunas y define su naturaleza
jurídica como "unidades de gestión política y administrativa descentralizada";
Que, el artículo 11 de la Ley N° 1.777, en consonancia con lo dispuesto por el artículo
128 de la Constitución de la Ciudad, establece dentro de las competencias
concurrentes de las Comunas y del Poder Ejecutivo "(...) c. La fiscalización y el
ejercicio del poder de policía, de las normas sobre usos de los espacios públicos,
suelo (...)";
Que mediante la Ley N° 6.292 (Texto consolidado por Ley N° 6347) se aprobó la Ley
de Ministerios, creándose la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura
orgánica del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, contemplando a la
Subsecretaría de Gestión Comunal bajo la órbita de la de la Secretaría de Atención
Ciudadana y Gestión Comunal;
Que, por Decreto N° 465/22 se creó la Unidad de Proyección Federal y Desarrollo
Territorial, y se modificó la estructura organizativa de la Secretaría de Atención
Ciudadana y Gestión Comunal, de las Subsecretarías y Direcciones Generales que le
dependen, transfiriendo la dependencia de la Secretaría de Asuntos Estratégicos, con
todo su personal, patrimonio, presupuesto y responsabilidades primarias a la Unidad
de Proyección Federal y Desarrollo Territorial, siendo las comunas organismos fuera
de nivel bajo su órbita;
Que por medio del Decreto N° 453/GCBA/12 se delegó en las Comunas de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires el ejercicio del poder de policía respecto de las normas
sobre usos de los espacios públicos dentro de su jurisdicción, que en forma
concurrente ejercerán con el Poder Ejecutivo de conformidad con las competencias
otorgadas por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley N°
1.777;
Que, en el capítulo 9.15 "Calesitas y Carruseles" y capitulo 9.1 "Permisos de usos en
el espacio público" del Anexo B del Código de Habilitaciones y Verificaciones, se
indica las obligaciones del permisionario, entre otros conceptos y requisitos;
Que mediante la Resolución N° 2-GCABA-SECACGC/21 se aprobó el "Procedimiento
para la tramitación de permisos de uso del espacio público para el emplazamiento de
calesitas y carruseles", el cual establece que los permisos para el emplazamiento de
calesitas y carruseles son otorgados por un plazo de 5 (cinco) años;
Que, en todos los casos, los permisos de uso en el espacio público se otorgan con
carácter precario, personal e intransferible;
Que, asimismo, éstos constituyen una tolerancia que la Administración Pública
concede en ejercicio de sus poderes de policía del dominio público, llevando implícita
la condición de ser en todo momento compatible con el interés público y, por
consiguiente, pasible de ser otorgado o revocado en razón de oportunidad, mérito o
conveniencia, sin que ello genere derecho a indemnización alguna, conforme lo
dispuesto por el Capítulo 9.1.4 del Código de Habilitaciones y Verificaciones (Texto
Consolidado por Ley N° 6.347);
Que, por el presente tramita una solicitud de permiso de uso y ocupación del espacio
público para el emplazamiento de una calesita en el espacio verde denominado Plaza
25 de Agosto, ubicado en Giribone N ° 1400 entre las calles Heredia, 14 de Julio y
Charlone de esta Ciudad, realizada por el Sr. Ricardo Hector Diorio, DNI N° 8.298.279,
CUIT N° 20-8298279-6;
Que, se deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones generales impuestas por
el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
y específicamente a lo dispuesto en el Capítulo 9.15 del mismo conforme Ley N° 6316;
Que, para el emplazamiento de la calesita y carruseles se deberá cumplimentar con la
totalidad de la normativa que rija la materia, quedando condicionado el permiso al
acatamiento estricto de la normativa respectiva por parte del permisionario;
Que por el Informe N° IF-2023-04338969-GCABA-DGCCT (Orden N° 6) ha tomado
intervención la Dirección General Competencias Comunales y Talleres (DGCCT)
verificando la documentación obrante en las presentes actuaciones, mediante el cual
se constata el cumplimiento de los requisitos reglados establecidos en la normativa
vigente;
Que conforme lo establecido por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad de Buenos Aires, las
Leyes N° 1.777, N° 6.292 y N° 6316 (Textos Consolidados por Ley N° 6.347), los
Decretos N° 453- AJG/12, N° 463-AJG/19 y sus modificatorios, y N° 465/22, la
Resolución N° 2-GCABA-SECACGC/21, se encuentran reunidos los requisitos a fin de
hacer lugar a lo solicitado de acuerdo al párrafo que antecede;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Otorgase desde la suscripción de la presente y por el término de 5 (cinco)
años al Sr. Ricardo Hector Diorio, DNI N° 8.298.279, CUIT N° 20-8298279-6, el
permiso para el emplazamiento de una calesita en el espacio verde denominado Plaza
25 de Agosto, ubicado en Giribone N°1400 entre las calles Heredia, 14 de Julio y
Charlone de esta Ciudad.
Artículo 2°.- Notifíquese al Sr. Diorio, Ricardo Hector con CUIT N° 20-8298279-6, que
el presente permiso para el emplazamiento de la calesita autoriza la instalación de
juegos "kiddies" en la periferia de la calesita o carrusel conforme lo dispuesto en el
artículo 9.15.7 del Código de Habilitaciones y Verificaciones.
Artículo 3°.- Hágase saber al permisionario que, conforme al artículo 9.15.13 del
Código de Habilitaciones de la Ciudad (texto conforme Ley N°6.313), en caso de
incumplimiento o trasgresión de lo dispuesto en dicho plexo normativo, se aplicarán las
sanciones correspondientes de acuerdo a lo establecido en el Código de Faltas de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, el presente permiso podrá ser
revocado con fundamento en razones de oportunidad, mérito o conveniencia y cuando
sobrevengan causales que ameriten su revocación y sin derecho a indemnización
alguna. En el mismo sentido, deberá respetar normas excepcionales y de emergencia
que la autoridad establezca a fin de proteger la salud y seguridad de la población, por
el tiempo que las mismas tengan vigencia.
Artículo 4°.- Notifíquese al interesado. Comuníquese a la Dirección General
Competencias Comunales y Talleres y a la Dirección General Fiscalización Urbana a
los fines de que en el marco de su competencia disponga el control del correcto
ejercicio del permiso otorgado.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Una vez
cumplido, archívese. Garcilazo