DECRETO 44 2023

Síntesis:

 APRUEBA PRESUPUESTO - EJERCICIO 2023 - SOCIEDAD DEL ESTADO SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES - SBASE

Publicación:

08/02/2023

Sanción:

06/02/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6588), los Decretos Nros 1000/99

y 150/22, el Expediente Electrónico N° 45040759-GCABA-SBASE/22, y

CONSIDERANDO:

Que, por Ley N° 70 se aprobó el Sistema de Gestión, Administración Financiera y

Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose

la organización y funcionamiento de sus órganos;

Que, por el artículo 73 de la citada Ley se estableció que los directorios o máxima

autoridad responsable de las empresas y sociedades con participación mayoritaria del

Estado, aprueban el proyecto de presupuesto anual de su gestión y lo remiten a la

Oficina de Presupuesto;

Que asimismo, el artículo 75 de dicha Ley dispone que la Oficina de Presupuesto

analiza los proyectos de presupuesto de las empresas y sociedades y prepara un

informe destacando si los mismos se encuadran en el marco de las políticas, planes y

estrategias fijadas y aconsejando los ajustes a practicar en el proyecto de presupuesto

si, a su juicio, la aprobación del mismo sin modificaciones puede causar un perjuicio

patrimonial al Estado o atentar contra los resultados de las políticas y planes vigentes;

Que, por su parte, el artículo 76 del mismo cuerpo normativo, establece que

corresponde al Poder Ejecutivo aprobar, en su caso, con los ajustes que considere

convenientes, los presupuestos de las empresas y sociedades con participación

mayoritaria del Estado;

Que, el artículo 39 del Decreto N° 1000/99, reglamentario del artículo 76 de la Ley N°

70, establece que para la aprobación de los presupuestos, dentro del plazo señalado

en la Ley, la Oficina de Gestión Pública debe preparar el informe de los proyectos

recibidos, así como las estimaciones presupuestarias de oficio;

Que en ese sentido, mediante el artículo 2° del Decreto N° 150/22 se aprobó el

cronograma para la formulación de los presupuestos de las empresas públicas,

sociedades del Estado y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el

Estado de la Ciudad tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de

las decisiones societarias para el ejercicio 2023, de conformidad con el Anexo II

integrante del citado Decreto;

Que, en concordancia con lo normado, por el Expediente Electrónico mencionado en

el Visto tramita la aprobación del Presupuesto para el ejercicio 2023 formulado por la

empresa Sociedad del Estado Subterráneos de Buenos Aires (SBASE), organismo

fuera de nivel bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros, conforme lo

establecido por el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, y cuyo proyecto expone en

detalle sus ingresos y egresos;;

Que, la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente

de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas elaboró el

informe pertinente, en cumplimiento con lo establecido por el artículo 75 de la Ley N°

70, aconsejando la aprobación del presupuesto 2023 de la mencionada Sociedad del

Estado;

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Aprobar el Presupuesto para el ejercicio 2023 de la Sociedad del Estado

Subterráneos de Buenos Aires (SBASE), Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita de la

Jefatura de Gabinete de Ministros, de acuerdo con lo detallado en el Anexo I (IF-2023-

5209016-GCABA-DGOGPP), que a todos sus efectos forma parte integrante del

presente decreto.

Artículo 2°.- Estimar en la suma de pesos Cincuenta y siete mil seiscientos veintinueve

millones seiscientos treinta mil seiscientos noventa y seis ($ 57.629.630.696), los

ingresos corrientes y fijar en la suma de pesos Cincuenta y seis mil quinientos

cuarenta y siete millones setecientos treinta mil seiscientos noventa y seis ($

56.547.730.696), los gastos corrientes, de acuerdo con el detalle que figura en la

planilla en el Anexo I (IF-2023-5209016-GCABA-DGOGPP).

Artículo 3°.- Estimar en la suma de pesos Diez mil quinientos cuarenta y cuatro

millones setecientos ochenta mil cuatrocientos dieciseis ($ 10.544.780.416) los

recursos de capital y fijar en pesos Once mil seiscientos veintiséis millones seiscientos

ochenta mil cuatrocientos diez y seis ($ 11.626.680.416), los gastos de capital, de

acuerdo con el detalle obrante en la planilla del Anexo I (IF-2023-5209016-GCABA-

DGOGPP).

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y

Finanzas y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto

dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas y para su conocimiento y demás

efectos, remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese.

RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel p/p - Miguel


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 44/23 aprueba el Presupuesto para el ejercicio 2023 de la Sociedad del Estado Subterráneos de Buenos Aires (SBASE), Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros, en el marco del Decreto N° 150/22.</p>