RESOLUCIÓN 946 2023 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

CONVOCA - SUJETOS COMPRENDIDOS - RÉGIMEN DE CONCERTACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD MUSICAL NO DEPENDIENTE DEL ÁMBITO OFICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE SUBSIDIOS - DESDE LAS 10:00 HORAS DEL DÍA 22 DE FEBRERO DE 2023 HASTA LAS HASTA LAS 17:00 HORAS DEL DÍA 8 DE MARZO DE 2023 - REGISTRO BAMÚSICA - MINISTERIO DE CULTURA

Publicación:

17/02/2023

Sanción:

14/02/2023

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO: La Ley N° 3.022 (texto consolidado por Ley N° 6.588); el Decreto N° 868-

GCABA/10 y sus modificatorios y complementarios; la Resolución N° 205-MCGC/23; el

Expediente Electrónico N° EX- 2023-05385786-GCABA-DGDCC y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 3.022 (texto consolidado por Ley N° 6.588) crea el Régimen de

Concertación para la Promoción de la Actividad Musical No Dependiente del Ámbito

Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objeto de proteger, propiciar y

fomentar la actividad musical en vivo en todos sus géneros.

Que el artículo 3° de la referida Ley crea el Registro de la Actividad Musical No

Dependiente del Ámbito Oficial en el ámbito de este Ministerio.

Que el Decreto N° 868-GCABA/10 y sus modificatorios y complementarios

reglamentan la referida Ley y facultan al Ministerio de Cultura a dictar las normas

complementarias, instrumentales e interpretativas que fueren necesarias para la mejor

y más adecuada aplicación de la reglamentación que aprueba dicha norma.

Que mediante Resolución N° 205-MCGC/23 se aprobó, en el marco del referido

Régimen, la reglamentación atinente a la presentación de solicitudes de inscripción y

actualización del Registro BAMÚSICA y de subsidios, conforme los lineamientos

establecidos en sus Anexos I "Reglamento General BAMÚSICA" (IF-2023-05094276-

GCABA-DGDCC); II "Formulario de solicitud de inscripción y actualización del Registro

y declaración jurada" (IF-2023-05025299-GCABA-DGDCC); III "Formulario de datos

para solicitud de subsidio" (IF-2023-05025762-GCABA-DGDC); IV "Formulario de línea

para solicitud de subsidio" (IF-2023-05026357-GCABA-DGDCC); V "Nota de Solicitud

de Readecuación de Proyecto" (IF-2023-05026870-GCABA-DGDCC); VI "Formulario

de rendición de cuentas" (IF-2023-05091933-GCABA-DGDCC), que forman parte

integrante de la citada Resolución.

Que en este contexto, este Ministerio propicia la apertura del llamado a convocatoria

para la presentación de solicitudes de subsidio, con el objeto de promover la Actividad

Musical No Dependiente del Ámbito Oficial del ámbito oficial de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, conforme los lineamientos establecidos en el referido Reglamento

General.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Convócase a los sujetos comprendidos en el marco del Régimen de

Concertación para la Promoción de la Actividad Musical No Dependiente del Ámbito

Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la presentación de solicitudes de

subsidios desde las 10:00 horas del día 22 de febrero de 2023 hasta las hasta las

17:00 horas del día 8 de marzo de 2023.

Artículo 2°.- La presente convocatoria se regirá según lo establecido en la Resolución

N° 205-MCGC/23.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa

Operaciones y Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General

Desarrollo Cultural y Creativo de este Ministerio. Cumplido, archívese en la repartición

de origen. Avogadro

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1º  de la Resolución N° 946/MCGC/23 convoca a los sujetos comprendidos en el marco del Régimen de Concertación para la Promoción de la Actividad Musical No Dependiente del Ámbito Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la presentación de solicitudes de subsidios desde las 10:00 horas del día 22 de febrero de 2023 hasta las hasta las 17:00 horas del día 8 de marzo de 2023, segun lo establecido en la Resolución N° 205/MCGC/23.</p>