DECRETO 61 2023
Síntesis:
DESIGNA - SILVIA NÉLIDA VIOLA - DIRECTORA GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL ARTE, CREATIVIDAD Y PRODUCCIÓN - SUBSECRETARÍA DE CONTENIDO Y PRODUCCIÓN - SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN CONTENIDOS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Publicación:
23/02/2023
Sanción:
17/02/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588), el Decreto N° 463/19 y
modificatorios, el Expediente Electrónico N° 5726856-GCABA-SSPC/23, y
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, el artículo 10 de la citada Ley contempla entre las Secretarías del Poder
Ejecutivo a la Secretaría de Comunicación, Contenidos y Participación Ciudadana;
Que, por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplando a la Dirección General Arte, Creatividad y Producción dependiente de la
Subsecretaría Contenido y Producción bajo la órbita de la referida Secretaría;
Que, encontrándose vacante el mencionado cargo, el señor Secretario de
Comunicación, Contenidos y Participación Ciudadana propicia, a partir del 1° de
febrero de 2023, la designación de la señora Silvia Nélida Viola, D.N.I. N° 31.659.703,
C.U.I.L. N° 27-31659703-9, como Directora General de la Dirección General Arte,
Creatividad y Producción dependiente de la Subsecretaría de Contenido y Producción
de la Secretaría de Comunicación, Contenidos y Participación Ciudadana;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Designar, a partir del 1° de febrero de 2023, a la señora Silvia Nélida
Viola, D.N.I. N° 31.659.703, C.U.I.L. N° 27-31659703-9, como Directora General de la
Dirección General Arte, Creatividad y Producción dependiente de la Subsecretaría de
Contenido y Producción de la Secretaría de Comunicación, Contenidos y Participación
Ciudadana.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese
a la interesada, dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado por la Ley N° 6.588). Comuníquese a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General
Técnica y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel