DISPOSICIÓN 1 2023 DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO
Síntesis:
APRUEBA CICLO DE ACTIVIDADES - CALLES ABASTO BARRIO CULTURAL - DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO - SECTOR BARRIAL ABASTO - PROGRAMACION DE ACTIVIDADES
Publicación:
24/02/2023
Sanción:
06/01/2023
Organismo:
DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.588); el Decreto N° 463/19
y sus modificatorios; las Resoluciones Nros. 2940-MCGC/21, 2011-MCGC/22 y 9320-
MCGC/22; el Expediente Electrónico N° 01983721-GCABA-DGPSE/22, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.588), se sancionó la Ley
de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando,
en su artículo 2°, al Ministerio de Cultura;
Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificaciones se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General; fijando dentro de las
responsabilidades primarias de la Dirección General Planificación y Seguimiento la de
"Coordinar la relación del Ministerio con actores públicos y privados del ámbito
cultural";
Que, mediante Resolución N° 2940-MCGC/21, se creó el Programa ëAbasto Barrio
Cultural -Abasto Abiertoû, con el objetivo de fomentar la actividad cultural e identidad
del Abasto, como zona identitaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en todas
sus disciplinas para continuar sosteniendo el trabajo de artistas, creadores y gestores
en el marco de la pandemia por el virus COVID-19 (Coronavirus), en transición gradual
hacia la plena presencialidad en observancia de los protocolos de emergencia
sanitaria vigentes;
Que por la Resolución N° 2011-MCGC/22 se modificó la denominación del citado
programa por la de "Abasto Barrio Cultural" y se aprobó la 2° edición, para el año
2022;
Que por la Resolución N° 9320-MCGC/22 se aprobó la 3° edición del Programa
Abasto Barrio Cultural, para el año 2023;
Que la mencionada norma determina que la Dirección General Planificación y
Seguimiento será la autoridad de aplicación del Programa, estando facultada para
instrumentar las convocatorias, eventos y demás acciones tendientes a la consecución
de los propósitos y objetivos del mentado programa y dentro de sus alcances
programáticos, así como para adoptar las medidas reglamentarias y operativas
necesarias para su implementación;
Que los espacios culturales son considerados parte del acervo cultural de la Ciudad,
ya que utilizan la creatividad y el capital intelectual como principales insumos, y
conjugan creación, producción y comercialización de bienes y servicios como
elementos del motor económico de la Ciudad;
Que resulta necesario incentivar y fortalecer a los distintos actores de la cultura y el
ecosistema cultural de la Ciudad para su constante desarrollo;
Que resulta estratégico y oportuno aprobar la creación del ciclo de actividades bajo la
denominación ëCALLES ABASTO BARRIO CULTURALû, edición 2023, al que se
hace referencia a continuación, como interfaz y enlace necesarios para la continuidad
de los objetivos del Programa ëAbasto Barrio Culturalû;
Que, inscripto en el Programa "Abasto Barrio Cultural" y caracterizado por la
construcción colectiva y participativa de la identidad cultural del llamado "Barrio
Abasto", delimitado por las calles Av. Córdoba (al norte), Av. Pueyrredón (al este), Av.
Díaz Vélez / Tte. Gral. Juan Domingo Perón (al sur) y Gascón (al oeste) de esta
Ciudad, ëCALLES ABASTO BARRIO CULTURALû, edición 2023, consiste en un
conjunto de actividades culturales al aire libre en cuatro zonas estratégicas del
mencionado sector barrial;
Que, en lo particular, se busca ofrecer a la comunidad, a artistas y agentes culturales
del barrio núcleos de encuentro y conocimiento de las diferentes expresiones y
colectividades que conviven en la zona y que pocas veces se encuentran de manera
conjunta;
Que las actividades se realizarán dentro del perímetro antes mencionado, entre el 14
de enero y el 28 de febrero de 2023, en el horario de 8:00 a 23:00, con participación
libre y gratuita;
Que, por todo lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Apruébase el ciclo de actividades bajo la denominación ëCalles Abasto
Barrio Culturalû, con sedes dentro del perímetro del sector barrial conocido como el
Abasto, a realizarse entre el 14 de enero y el 28 de febrero de 2023, en el horario de
8:00 a 23:00, con participación libre y gratuita.
Artículo 2°.- Apruébase la programación de actividades diseñadas para el primer
encuentro a realizarse el 14 de enero de 2023, en el horario de 18:00 a 23:00, en la
intersección de las calles calles Jean Jaures y Zelaya, CABA, conforme se detalla en
el Anexo DI-2023-02080658-GCABA-DGPSE, que forma parte integrante de la
presente;
Artículo 3°.- Invítase a los vecinos, vecinas y visitantes de la Ciudad de Buenos Aires a
participar de las actividades descritas en el Anexo de la presente.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio
web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y
demás efectos comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Slauscius