DECRETO 63 2023
Síntesis:
RATIFICA - RESOLUCIÓN 2677-MEGC-13 - INSTITUTO DE FORMACIÓN TÉCNICA SUPERIOR N° 29 - EDIFICIO DE LA ESCUELA DE EDUCACIÓN TÉCNICA N° 26 - CONFEDERACIÓN SUIZA DEL DISTRITO ESCOLAR N° 6 - AMPLÍA - PLANTA ORGÁNICA FUNCIONAL
Publicación:
27/02/2023
Sanción:
23/02/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588), y su
modificatoria N° 6.544, la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588), el
Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, la Resolución N° 2.677- MEGC/13, el
Expediente Electrónico N° 5079358-GCABA-DGGALV/23, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ordenanza N° 40.593 se aprobó el Estatuto del Docente Municipal de la
Ciudad de Buenos Aires que, en su Título I, Capítulo IV, artículo 8, Apartado VII, Punto
c), contempla a los Institutos de Formación Técnica Superior;
Que resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa;
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la ley de Ministerios de la Ciudad de Buenos
Aires, contemplando entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de
Educación;
Que la mencionada Ley establece que el Ministerio de Educación tiene entre sus
objetivos el de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas
educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al
desarrollo individual y social, así como administrar y fiscalizar el sistema de educación,
asegurando la educación pública estatal laica y gratuita en todos los niveles y
modalidades;
Que por el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplando a la Subsecretaría Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida del
Ministerio de Educación;
Que la citada Subsecretaría tiene entre sus responsabilidades primarias la de diseñar,
promover, implementar y evaluar políticas y programas de aprendizaje a lo largo de la
vida, que incluye las ofertas de educación vocacional, formación profesional,
educación técnico superior y educación no formal destinada a jóvenes y adultos;
Que bajo dependencia de dicha Subsecretaría se encuentra la Dirección General
Gestión del Aprendizaje a lo Largo de la Vida, la que tiene como responsabilidad
primaria, administrar, supervisar y acompañar pedagógicamente a las instituciones de
formación profesional, de educación técnica superior, de educación vocacional y de
educación no formal;
Que mediante la Resolución N° 2.677-MEGC/13 se creó "ad referéndum" de la
oportuna aprobación por parte del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, el Instituto de Formación Técnica Superior N° 29, ubicado en la calle
Yerbal N° 25 de esta Ciudad, dependiente de la entonces Dirección de Formación
Técnica Superior, encontrándose dicho Instituto actualmente bajo la órbita de la
Dirección General Gestión del Aprendizaje a lo Largo de la Vida de la Subsecretaría
Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida, con su correspondiente Planta Orgánico
Funcional;
Que la Subsecretaría Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida del Ministerio de
Educación ha informado que las actividades y funcionamiento del mencionado Instituto
de Formación Técnica Superior se desarrollarán en una nueva sede sita en la calle
Jujuy N° 255 de esta Ciudad, compartiendo el edificio con la Escuela de Educación
Técnica N° 26 "Confederación Suiza" Distrito Escolar N° 6;
Que asimismo, resulta necesaria la ampliación de la Planta Orgánico Funcional del
Instituto de Formación Técnica Superior N° 29, la que quedará conformada de acuerdo
a a lo detallado en el Anexo (IF-2023-06860067-GCABA-DGGALV);
Que, por lo expuesto, resulta necesario el dictado del acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Ratificar la Resolución N° 2677-MEGC/13.
Artículo 2°.- Establecer que el Instituto de Formación Técnica Superior N° 29 bajo la
órbita de la Dirección de Educación Técnica Superior de la Dirección General Gestión
del Aprendizaje a lo Largo de la Vida, dependiente de la Subsecretaría Agencia de
Aprendizaje a lo Largo de la Vida del Ministerio de Educación, funcionará en el edificio
sito en la calle Jujuy N° 255 de esta Ciudad, perteneciente a la Escuela de Educación
Técnica N° 26 "Confederación Suiza" del Distrito Escolar N° 6.
Artículo 3°.- Ampliar la Planta Orgánica Funcional del Instituto de Formación Técnica
Superior N° 29, la que quedará conformada según se detalla en el Anexo (IF-2023-
06860067-GCABA-DGGALV), el que a todos sus efectos forma parte integrante del
presente Decreto.
Artículo 4°.- Facultar a la señora Ministra de Educación para designar, cesar o
autorizar las liquidaciones correspondientes a los cargos aprobados por el Artículo 3°.
Artículo 5°.- El gasto que demande el presente Decreto será imputado a la Partida
Presupuestaria vigente.
Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación,
por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su
conocimiento y demás efectos, comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas y
pase a la Dirección General Gestión del Aprendizaje a lo Largo de la Vida,
dependiente de la Subsecretaría Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida, del
Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña -
Mura - Miguel