DECRETO 66 2023

Síntesis:

RECTIFICA - ARTÍCULO 2° - DECRETO N° 65/23 - DESIGNA - CLAUDIO OMAR RODRÍGUEZ - VICEPRESIDENTE 2° - CONSEJO DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO - FUNCIÓN NO REMUNERADA 

Publicación:

01/03/2023

Sanción:

28/02/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires -

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (texto consolidado según Ley N° 6.588),

el Decreto N° 65/23 y el Expediente Electrónico N° 08479356-GCABA-UCPE/23, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 65/23 se designó a los vicepresidentes 1°, 2° y 3° del Consejo de

Planeamiento Estratégico;

Que en el artículo 2° del referido Decreto se ha incurrido en un error material al

mencionar el nombre del señor Vicepresidente 2°, siendo el correcto Claudio Omar

Rodríguez;

Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de

Buenos Aires dispone que: "En cualquier momento podrán rectificarse los errores

meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere

lo sustancial del acto o decisión";

Que, por lo expuesto, resulta necesario dictar la norma legal pertinente en los términos

del artículo 124 de la mencionada ley.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Rectificar el artículo 2° del Decreto N° 65/23, el que quedará redactado de

la siguiente forma: "Artículo 2°.- Designar al señor Claudio Omar Rodríguez, C.U.I.T.

N° 20-12902305-9, como Vicepresidente 2° del Consejo de Planeamiento Estratégico,

siendo su función no remunerada."

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas las

reparticiones con rango o nivel equivalente, a los Entes Descentralizados, y para su

conocimiento y demás efectos remítase a la Unidad de Coordinación del Plan

Estratégico. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 66/23 rectifica el artículo 2° del Decreto N° 65/23.</p>