RESOLUCIÓN 1317 2023 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
CONVOCA - PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE SUBSIDIOS - RÉGIMEN DE FOMENTO PARA LA ACTIVIDAD DE LA DANZA NO OFICIAL - COMPAÑÍAS Y GRUPOS ESTABLES - ELENCOS Y COREÓGRAFOS - MINISTERIO DE CULTURA
Publicación:
02/03/2023
Sanción:
27/02/2023
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
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VISTO: la Ley N° 340 (texto consolidado por Ley N° 6.588); el Decreto N° 1.599-
GCBA/01 y sus modificatorios; la Resolución N° 1291-MCGC/23, el Expediente
Electrónico N° EX-2023-08627202- GCABA-DGDCC, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 340 (texto consolidado por Ley N° 6.588) crea el Régimen de Fomento
para la Actividad de la Danza No Oficial, con el objeto de propiciar, fomentar y
proteger, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el desarrollo escénico
de la danza y apoyar la creación y reposición coreográfica.
Que el artículo 3° de la referida Ley crea el Registro de la Actividad de la Danza No
Oficial en el ámbito de este Ministerio.
Que el Decreto N° 1.599-GCABA/01 y sus modificatorios reglamentan la referida Ley.
Que por Resolución N° 1291-MCGC/23 se aprobó el procedimiento atinente a la
presentación de solicitudes de inscripción al Registro de la Actividad de la Danza No
Oficial y de subsidios, conforme a los lineamientos establecidos en sus Anexos I
"Reglamento General PRODANZA" (identificado bajo N° IF-2023-07232576-GCABA-
DGDCC); II "Formulario de solicitud de inscripción o actualización del Registro y
declaración jurada", (identificado bajo N° IF-2023-07228818-GCABA-DGDCC); III
"Formulario de datos para solicitud de subsidio" (identificado bajo N° IF-2023-
07228894-GCABA-DGDCC); IV "Formulario de línea para solicitud de subsidio"
(identificado bajo N° IF-2023-07228929-GCABA-DGDCC); V "Nota de Solicitud de
Readecuación de Proyecto" (identificado bajo N° IF-2023-07228969-GCABA-DGDCC);
VI "Formulario de rendición de cuentas" (identificado bajo N° IF-2023-07229013-
GCABA-DGDCC).
Que en este contexto, este Ministerio propicia la apertura del llamado a convocatoria
para la presentación de solicitudes de subsidio con el objeto de promover la actividad
de la Danza No Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme los
lineamientos establecidos en el referido Reglamento General.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Convócase a los sujetos comprendidos en el marco del Régimen de
Fomento para la Actividad de la Danza No Oficial, para la presentación de solicitudes
de subsidios, desde las 10:00 horas del día 06 de marzo de 2023 hasta las 17:00
horas del día 24 de marzo de 2023.
Artículo 2°.- La presente convocatoria se regirá según lo establecido en la Resolución
N° 1291-MCGC/23.
Artículo 3°.-Establézcase un monto máximo por solicitud presentada conforme al
siguiente detalle:
a. Línea "Compañías y Grupos Estables": Estreno de Obra, hasta pesos seiscientos
mil ($ 600.000.-); Reposición de Obra y Primeros Proyectos, hasta pesos trescientos
mil ($ 300.000.-).
b. Línea "Elencos y Coreógrafos": Estreno de Obra, hasta pesos seiscientos mil
($ 600.000.-); Reposición de Obra y Primeros Proyectos, hasta pesos trescientos mil
($ 300.000.-).
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
pase, para su conocimiento y demás efectos, a la Gerencia Operativa Operaciones y
Regímenes de Promoción Cultural de la Dirección General Desarrollo Cultural y
Creativo de este Ministerio. Cumplido, archívese. Avogadro