RESOLUCIÓN 981 2023 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
APRUEBA PROPUESTA - ACTUALIZACIÓN DEL NOMENCLADOR DE PRESTACIONES DE SALUD - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
07/03/2023
Sanción:
02/03/2023
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: Los Decretos Nros. 468/94 y 208/01, las Resoluciones Nros. 1.840-MSGC/15,
352-MSGC/16, 336- MSGC/17, 2.006-MSGC/17, 404-MSGC/18, 1.794-MSGC/18,
2.529-MSGC/18, 598-MSGC/19, 1.227- MSGC/19, 2.148-MSGC/19, 3.028-MSGC/19,
577-MSGC/20, 856-MSGC/20, 1.191-MSGC/20, 1.291- MSGC/20, 1.896-MSGC/20,
1.949-MSGC/20, 2.530-MSGC/20, 2.737-MSGC/20, 2.902-MSGC/20, 430-
MSGC/2021, 974-MSGC/21, 876-MSGC/22, 1.882-MSGC/22, 3.227-MSGC/22, 4.668-
MSGC/22, 524- MSGC/23, el Expediente Electrónico N° 08882034-GCABA-
DGCTFS/23, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 468/94 se facultó a la entonces Secretaría de Salud para que
proceda a incorporar y/o a sustituir los módulos del Nomenclador de Prestaciones de
Salud, creando la Comisión Permanente de Actualización del Nomenclador;
Que el Decreto N° 208/01 encomendó a la entonces Secretaría de Salud la fijación de
los valores que deberán abonar las entidades obligadas por las prestaciones
brindadas por sus efectores, correspondiendo hoy esas atribuciones al Ministerio de
Salud;
Que la Resolución N° 2.716-MSGC/20 designó la conformación de la nueva Comisión
Permanente de Actualización del Nomenclador;
Que la mencionada Comisión presentó una propuesta de actualización del
Nomenclador de Prestaciones de Salud, para regir a partir del 1° de marzo de 2023;
Que, asimismo, se propone altas, bajas y modificaciones de códigos de acuerdo con
las solicitudes recibidas conforme al procedimiento establecido a tal fin, y la evaluación
realizada por parte de la Comisión;
Que la Dirección General Legal y Técnica ha tomado la intervención que le
corresponde.
Por ello, de conformidad con las facultades delegadas por el Decreto N° 468/94,
Artículo 1°.- Aprobar la propuesta de actualización del Nomenclador de Prestaciones
de Salud del Ministerio de Salud como Anexo "I", registrado como informe N° IF-2023-
08890621-GCABA-DGCTFS, que forma parte integral de la presente.
Artículo 2°.- Dejar establecido que el nuevo Nomenclador de prestaciones de Salud,
comenzará a regir para las prestaciones efectuadas a partir de las 0 horas del 1° de
marzo de 2023.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y
Gestión en Red, a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria, a la Subsecretaría de
Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, a la Subsecretaría de Administración
del Sistema de Salud, a la Dirección General de Coordinación, Tecnologías y
Financiamiento en Salud, a la Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria,
a la Dirección General Legal y Técnica. Cumplido archivar. González Bernaldo de
Quirós