RESOLUCIÓN 981 2023 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

APRUEBA PROPUESTA  - ACTUALIZACIÓN DEL NOMENCLADOR DE PRESTACIONES DE SALUD - MINISTERIO DE SALUD

Publicación:

07/03/2023

Sanción:

02/03/2023

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: Los Decretos Nros. 468/94 y 208/01, las Resoluciones Nros. 1.840-MSGC/15,

352-MSGC/16, 336- MSGC/17, 2.006-MSGC/17, 404-MSGC/18, 1.794-MSGC/18,

2.529-MSGC/18, 598-MSGC/19, 1.227- MSGC/19, 2.148-MSGC/19, 3.028-MSGC/19,

577-MSGC/20, 856-MSGC/20, 1.191-MSGC/20, 1.291- MSGC/20, 1.896-MSGC/20,

1.949-MSGC/20, 2.530-MSGC/20, 2.737-MSGC/20, 2.902-MSGC/20, 430-

MSGC/2021, 974-MSGC/21, 876-MSGC/22, 1.882-MSGC/22, 3.227-MSGC/22, 4.668-

MSGC/22, 524- MSGC/23, el Expediente Electrónico N° 08882034-GCABA-

DGCTFS/23, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 468/94 se facultó a la entonces Secretaría de Salud para que

proceda a incorporar y/o a sustituir los módulos del Nomenclador de Prestaciones de

Salud, creando la Comisión Permanente de Actualización del Nomenclador;

Que el Decreto N° 208/01 encomendó a la entonces Secretaría de Salud la fijación de

los valores que deberán abonar las entidades obligadas por las prestaciones

brindadas por sus efectores, correspondiendo hoy esas atribuciones al Ministerio de

Salud;

Que la Resolución N° 2.716-MSGC/20 designó la conformación de la nueva Comisión

Permanente de Actualización del Nomenclador;

Que la mencionada Comisión presentó una propuesta de actualización del

Nomenclador de Prestaciones de Salud, para regir a partir del 1° de marzo de 2023;

Que, asimismo, se propone altas, bajas y modificaciones de códigos de acuerdo con

las solicitudes recibidas conforme al procedimiento establecido a tal fin, y la evaluación

realizada por parte de la Comisión;

Que la Dirección General Legal y Técnica ha tomado la intervención que le

corresponde.

Por ello, de conformidad con las facultades delegadas por el Decreto N° 468/94,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la propuesta de actualización del Nomenclador de Prestaciones

de Salud del Ministerio de Salud como Anexo "I", registrado como informe N° IF-2023-

08890621-GCABA-DGCTFS, que forma parte integral de la presente.

Artículo 2°.- Dejar establecido que el nuevo Nomenclador de prestaciones de Salud,

comenzará a regir para las prestaciones efectuadas a partir de las 0 horas del 1° de

marzo de 2023.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y

Gestión en Red, a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria, a la Subsecretaría de

Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, a la Subsecretaría de Administración

del Sistema de Salud, a la Dirección General de Coordinación, Tecnologías y

Financiamiento en Salud, a la Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria,

a la Dirección General Legal y Técnica. Cumplido archivar. González Bernaldo de

Quirós


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6575

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 981-MSGC/23, aprueba la propuesta de actualización del Nomenclador de Prestaciones de Salud, en el marco del Decreto N° 468/94.</p><p>Articulo 2° establece que el nuevo Nomenclador comenzará a regir para las prestaciones efectuadas a partir de las 0 horas del 01 de marzo de 2023.</p>