RESOLUCIÓN 150 1996 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO
Síntesis:
DISPONE LA PROHIBICIÓN DEL ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHICULOS EN DISTINTOS TRAMOS DE ARTERIAS
Publicación:
18/07/1996
Sanción:
03/07/1996
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO
Visto la Nota N° 768-DGITT-96, relacionada con la necesidad de adecuar el régimen de estacionamiento de la avenida Costanera Rafael Obligado entre Salguero, La Pampa y Dársena Sarmiento y en Salguero entre avenida Figueroa Alcorta y avenida Costanera Rafael Obligado, con motivo de las nuevas condiciones circulatorias que generó la inauguración del tramo Sur-Norte de la Autopista Presidente Arturo Umberto lllia (ex 9 de Julio), y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con los términos de la Disposición N° 26781 (B.M. N° 16.566) ratificada por Ordenanza N° 37.526 (B.M. N° 16.739) en la avenida Costanera Rafael Obligado, el estacionamiento general de vehículos se encuentra prohibido durante las 24 hs. entre La Pampa y Salguero junto a la acera SO y en las Dársenas adyacentes al murallón sobre el Río de la Plata existentes a la altura de la entrada del Aeroparque Metropolitano, y entre las intersecciones con Salguero y con la avenida Sarmiento;
Que los volúmenes de tránsito que canaliza el tramo de Autopista tratado, hacen aconsejable modificar el actual régimen de estacionamiento en la avenida Costanera Rafael Obligado entre Salguero y La Pampa junto al cordón de la acera NE por lo que se hace necesario prohibir el estacionamiento general de vehículos de 7 a 21 hs. los días hábiles y los sábados de 8 a 13 hs;
Que respecto a Salguero resulta conveniente prohibir el estacionamiento general de vehículos de 7 a 21 hs. los días hábiles y de 8 a 13 hs. los días sábados, junto a la acera Sur en el tramo Chonino y acceso Mercado Saldías y junto a la misma acera durante las 24 hs. desde éste hasta la Autopista Pie. Arturo Umberto lllia, manteniéndose la prohibición de 24 hs. junto a la acera Norte establecida por Disposición 107-83 (B.M. N° 17.056);
Que la adopción de tal temperamento beneficiará la fluidez del tránsito evitando posibles congestionamientos y brindando mayor seguridad vehicular;
Por ello y de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección General de Ingeniería del Transporte y Tránsito,
Artículo 1° - Prohíbese el estacionamiento general de vehículos durante las 24 hs. en el siguiente tramo de arteria en la forma que se indica:
Salguero: entre acceso Mercado Saldías hasta la Autopista Presidente doctor Arturo Umberto Illia junto al cordón de la acera Sur.
Art. 2° - Prohíbese el estacionamiento general de vehículos de 7 a 21 hs. los días hábiles y de 8 a 13 hs. los días sábados en los siguientes tramos de arteria de la forma que se indica:
Avenida Costanera R. Obligado: entre Salguero y La Pampa junto a la acera NE .
Salguero: desde Chonino hasta acceso Mercado Saldías junto a la acera Sur.
Art. 3° - La presente medida entrará en Vigencia efectiva a partir del día 16 de mayo de 1996.
Art. 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Municipal, comuníquese a la Policía Federal y a las Direcciones Generales de Obras Públicas y de Ordenamiento y Fiscalización del Transporte, y para su conocimiento y demás fines pase a la Dirección General de Ingeniería del Transporte y Tránsito.