DECRETO 74 2023

Síntesis:

APRUEBA - TRASLADO - UNA SECCIÓN - JORNADA COMPLETA - JARDÍN DE INFANTES NUCLEADO A - DISTRITO ESCOLAR N° 11 - ANEXA A LA ESCUELA PRIMARIA N° 11 -  BALDOMERO FERNÁNDEZ MORENO N° 3652 - PERSONAL DOCENTE - EQUIPO DIRECTIVO - PLANTA ORGÁNICA FUNCIONAL - CONTINUARÁ DESEMPEÑANDO FUNCIONES MANTENIENDO LAS CONDICIONES Y CARGOS OPORTUNAMENTE DESIGNADOS - MINISTERIO DE EDUCACIÓN 

Publicación:

09/03/2023

Sanción:

07/03/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley de Educación Nacional N° 26.206, y sus modificatorias, la Ley N° 6.292

(texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros. 3182/82, 2073/92, 463/19 y

modificatorios, la Resolución N° 488-SEYC/92, el Expediente Electrónico N°

43314951-GCABA-DGEGE/22, y

CONSIDERANDO:

Que resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, avanzar hacia la plena inclusión educativa extendiendo la

garantía de escolaridad, expandiendo la Red Escolar, creando escuelas para asegurar

la igualdad de oportunidades y el acceso, permanencia, reinserción y egreso del

sistema educativo, aumentando la oferta de escolarización en el nivel inicial;

Que conforme la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y sus modificatorias, la

obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de cuatro (4) años

hasta la finalización del nivel de la educación secundaria;

Que la Ley N° 6.292, establece que el Ministerio de Educación tiene entre sus

objetivos el de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas

educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al

desarrollo individual y social, así como también administrar y fiscalizar el sistema de

educación, asegurando la educación pública estatal laica y gratuita en todos los

niveles y modalidades;

Que por el Decreto N° 463/19, y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando

a la Dirección General Educación de Gestión Estatal, dependiente de la Subsecretaría

de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa del Ministerio de Educación que

tiene entre sus responsabilidades primarias, la de implementar y llevar a cabo las

políticas y programas educativos en todas las áreas, niveles y modalidades de la

enseñanza de su dependencia, atendiendo los aspectos pedagógicos y

administrativos, en función de la política educativa de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que por otro lado, por el Decreto N° 3182/82, y sus modificatorios, se aprobó, con

carácter experimental, la organización funcional denominada Jardines de Infantes

Nucleados (J.I.N.), así como también la planta orgánica funcional de los mismos;

Que asimismo por la Resolución N° 488-SEYC /92, de la entonces Secretaría de

Educación y Cultura, se estableció el cambio de nucleamiento de secciones de Nivel

Inicial, determinándose el pasaje de las mismas desde el punto de vista pedagógico-

administrativo a otros nucleados;

Que por otra parte, por el Decreto N° 2073-SED/92 se aprobó la creación de Jardines

de Infantes y Jardines de Infantes Integrales;

Que el Jardín de Infantes Nucleado A del Distrito Escolar 11° se encuentra

conformado en la actualidad por las secciones anexas a las escuelas de Nivel

Primario, a saber, su sede en la Escuela N° 20 ubicada en la calle Baldomero

Fernández Moreno N° 3652, con una (1) sección de jornada completa, una (1) sección

de jornada completa anexa a la Escuela N° 11 con domicilio en la calle Gregorio de

LaFerrere N° 3624, cuatro (4) secciones de jornada simple anexa a la Escuela N° 16

en la calle Primera Junta N° 3445, y cuatro (4) secciones de jornada simple anexa a la

Escuela N° 21 ubicada en la calle Mariano Acosta N° 1071, todas de esta Ciudad;

Que la creación de establecimientos, como la adaptación de los existentes a la

demanda actual, contribuye a profundizar el proceso de expansión que se viene

suscitando en el Nivel Inicial y favorece a dar cumplimiento a la política de inclusión

educativa propuesta para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, abarcando y

contemplando las necesidades de distintos grupos sociales;

Que a efectos de acompañar a las familias y al proceso de enseñanza y de

aprendizaje de los alumnos, y beneficiar las prácticas áulicas, la Dirección General de

Educación de Gestión Estatal, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación

Pedagógica y Equidad Educativa del Ministerio de Educación, promueve el traslado de

una (1) sección de jornada completa de la Escuela N° 11 a la Escuela N° 20

perteneciente al mismo nucleado;

Que la medida propiciada obedece a razones operativas y organizacionales del Jardín

de Infantes Nucleado A del Distrito Escolar 11°, reduciendo así la itinerancia del

Equipo Directivo, promoviendo el acompañamiento al equipo docente de un modo más

efectivo, generando a su vez el encuentro de espacios y tiempos que faciliten el

asesoramiento sostenido, a la vez que permita potenciar las prácticas áulicas que

devienen en la mejora de la calidad educativa;

Que de esta manera el Jardín de Infantes Nucleado A del Distrito Escolar 11° quedará

conformado por su sede en la Escuela N° 20 ubicada en la calle Baldomero Fernández

Moreno N° 3652, con dos (2) secciones de jornada completa, cuatro (4) secciones de

jornada simple anexa a la Escuela N° 16 en la calle Primera Junta N° 3445, y cuatro

(4) secciones de jornada simple anexa a la Escuela N° 21 ubicada en la calle Mariano

Acosta N° 1071, todas de esta Ciudad;

Que el traslado propiciado no afecta a población estudiantil alguna, así como tampoco

a la Planta Orgánico Funcional que se encuentra actualmente vigente para el Jardín

de Infantes Nucleado A del Distrito Escolar 11°, cuyo personal continuará prestando

funciones, manteniendo las condiciones y cargos oportunamente designados por el

Ministerio de Educación- según corresponda conforme lo detallado en el Anexo (IF-

2023- 06575999-GCABA-DGEGE);

Que, en virtud de ello, resulta necesario el dictado del acto administrativo pertinente en

el sentido precedentemente expuesto.

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Aprobar el traslado de una (1) sección de jornada completa del Jardín de

Infantes Nucleado A del Distrito Escolar N° 11 anexa a la Escuela Primaria N° 11 al

edificio sito en la calle Baldomero Fernández Moreno N° 3652, de esta Ciudad.

Artículo 2°.- Establecer que en virtud del traslado aprobado por el artículo 1°, el Jardín

de Infantes Nucleado A del Distrito Escolar N° 11 quedará conformado por las

secciones anexas a las Escuelas Primarias Nros. 16, 20 y 21 del Distrito Escolar 11°,

todas de esta Ciudad.

Artículo 3°.- Establecer que el personal docente y equipo directivo que conforma la

Planta Orgánica Funcional del Jardín de Infantes Nucleado A del Distrito Escolar N°

11, continuará desempeñando funciones, manteniendo las condiciones y cargos

oportunamente designados por el Ministerio de Educación, de conformidad con lo

detallado en el Anexo I (IF-2023-06575999-GCABA-DGEGE), el que a todos sus

efectos forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación,

por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su

conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas y

pase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -

Acuña - Mura Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6577

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1 del Decreto 74/23 aprueba el traslado de una (1) sección de jornada completa del Jardín de Infantes Nucleado A del Distrito Escolar N° 11 anexa a la Escuela Primaria N° 11 al edificio sito en la calle Baldomero Fernández Moreno N° 3652.</p><p>Artículo 2 establece que en virtud del traslado aprobado por el artículo 1°, el Jardín de Infantes Nucleado A del Distrito Escolar N° 11 quedará conformado por las secciones anexas a las Escuelas Primarias Nros. 16, 20 y 21 del Distrito Escolar 11°.</p>