DECRETO 83 2023
Síntesis:
DESESTIMA - RECURSO JERÁRQUICO SUBSIDIARIO DEL DE RECONSIDERACIÓN - INTERPUESTO POR - CLAUDIA MARILI MINECES - CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 183/MJYSGC/20 - RETIRO OBLIGATORIO - POLICÍA DE LA CIUDAD - INCAPACITADA POR UN HECHO QUE FUERA CALIFICADO COMO OCURRIDO EN SERVICIO
Publicación:
14/03/2023
Sanción:
10/03/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (texto consolidado según Ley N° 6.588), las Resoluciones Nros. 183/MJYSGC/20
y 582/MJYSGC/20, el Expediente Electrónico N ° 09428363-GCABA-DSG/20, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita el recurso jerárquico subsidiario del de
reconsideración interpuesto por la señora Claudia Marili Mineces (D.N.I N° 28.595.370)
contra la Resolución N° 183/MJYSGC/20 que dispuso su retiro obligatorio de la Policía
de la Ciudad, en virtud de haber resultado incapacitada por un hecho que fuera
calificado como ocurrido "en servicio", conforme las previsiones del artículo 219, inciso
6) de la Ley N° 5.688;
Que por Resolución N° 582/MJYSGC/20 se desestimó el recurso de reconsideración;
Que con fecha 2 de octubre de 2020, se notificó a la recurrente la precitada
Resolución;
Que en cumplimiento del artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de
la Ciudad de Buenos Aires se notificó a la señora Claudia Marili Mineces la posibilidad
de mejorar o ampliar sus fundamentos;
Que con fecha 20 de octubre de 2022, la recurrente presentó un escrito ratificando
"(...) en un todo los términos del planteo recursivo oportunamente impetrado";
Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención de su
competencia oportunamente mediante la emisión del Dictamen Jurídico N° IF-2023-
07465352-GCABA-DGEMPP indicando que "...no cabe más que reiterar los términos
del Capítulo IV del dictamen obrante en el orden 46, en el que se concluyó que el
evento ocurrió "en servicio", motivo por el cual el acto recurrido se ajusta a derecho...",
para concluir que "...por lo expuesto, no habiendo aportado nuevos elementos de juicio
que conmuevan la legitimidad del acto impugnado, corresponde desestimar el recurso
jerárquico en cuestión...";
Que a tenor de lo expuesto y las constancias obrantes en autos corresponde el
rechazo del recurso jerárquico subsidiario;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires tomó la intervención que le
compete en los términos de la Ley N° 1.218.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desestimar el recurso jerárquico subsidiario del de reconsideración
interpuesto por la señora Claudia Marili Mineces (D.N.I N° 28.595.370 - L.P. 42.058)
contra la Resolución N° 183/MJYSGC/20.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
a la interesada con copia del Dictamen Jurídico N° IF-2023-07465352-GCABA-
DGEMPP, dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa,
sin perjuicio de lo cual podrán interponer recurso de reconsideración en los términos
del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires (texto consolidado según Ley N° 6.588), y para su conocimiento y
demás efectos remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel