DECRETO 85 2023
Síntesis:
DELEGA FACULTAD - APROBAR - PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUS ANEXOS - CONTRATACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE ATENCIÓN CIUDADANA TELEFÓNICA Y TELEMÁTICA - BA 147 - SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS AL CIUDADANO - SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y GESTIÓN COMUNAL - LICITACIÓN PÚBLICA
Publicación:
16/03/2023
Sanción:
14/03/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.588), los Decretos Nros.
74/21, 463/19 y su modificatorio N° 465/22, la Disposición N° 167-DGCYC/21, el
Expediente Electrónico N° 10150983-GCABA- SECACGC/23, y
CONSIDERANDO:
Que, por el Expediente Electrónico citado en el Visto, tramita la solicitud de
contratación del "Servicio integral de atención ciudadana telefónica y telemática a
través de BA 147", con destino a la Dirección General Atención Ciudadana,
dependiente de la Subsecretaría de Servicios al Ciudadano de la Secretaría de
Atención Ciudadana y Gestión Comunal de la Unidad de Proyección Federal y
Desarrollo Territorial, por un plazo de 24 meses ininterrumpidos, cuyo presupuesto
oficial asciende a la suma de pesos cinco mil setecientos veinticinco millones
doscientos cincuenta mil ochocientos ochenta con 00/100 ($ 5.725.250.880,00);
Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas para los procesos de compras y
contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 74/21 aprobó la reglamentación de la Ley N° 2.095, regulando en el
Artículo 76 la implementación del Sistema Electrónico de Adquisiciones y
Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC), y fijó los
niveles de decisión y cuadro de competencias conforme se detalla en sus Anexos II,
III, IV, V, VI y VII;
Que por Disposición N° 167-DGCYC/21 la Dirección General de Compras y
Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de compras y
contrataciones y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 18, inciso j), de
la Ley N° 2.095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;
Que, a fin de concretar la contratación precitada, resulta oportuna la celebración de
una Licitación Pública encuadrada en lo dispuesto por los Artículos 31, 32, 41 y
concordantes de la referida Ley N° 2.095;
Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
hasta el nivel de Dirección General;
Que por el Decreto N° 465/22 se modificó la dependencia funcional de la Secretaría de
Atención Ciudadana y Gestión Comunal y de las Subsecretarías y Direcciones
Generales que le dependen; de la Subsecretaría de Asuntos Públicos Estratégicos y
de las Direcciones Generales que le dependen; de la Subsecretaría de Proyección
Estratégica y de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, de la órbita de la
Secretaría de Asuntos Estratégicos a la Unidad de Proyección Federal y Desarrollo
Territorial;
Que, a fin de lograr una mayor celeridad y atento el carácter altamente especializado
de la contratación, resulta conveniente autorizar a la Secretaría de Atención
Ciudadana y Gestión Comunal, dependiente de la Unidad de Proyección Federal y
Desarrollo Territorial, a aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de
Especificaciones Técnicas y a realizar el llamado a Licitación Pública, emitir las
circulares con y sin consulta que resulten necesarias sobre la documentación
licitatoria, dictar los actos administrativos necesarios para la tramitación y adjudicación
de la pertinente Licitación Pública y de aquellos que sean necesarios para la ejecución
y control de la contratación desde su materialización y hasta su finalización, la
designación de los integrantes que compondrán la Comisión de Evaluación de Ofertas,
la emisión de la/s pertinente/s orden/es de compra, solicitudes de provisión, la
ampliación y/o disminución del total adjudicado, del plazo, de la prórroga y de
continuidad del plazo de duración, la aplicación de penalidades, la rescisión y en
general cualquier otra circunstancia que haga al cumplimiento de la misma;
Que, atento a lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Delegar en la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal,
dependiente de la Unidad de Proyección Federal y Desarrollo Territorial, la facultad de
aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas
y sus Anexos, para la contratación del "Servicio integral de atención ciudadana
telefónica y telemática a través de BA 147", con destino a la Dirección General
Atención Ciudadana, dependiente de la Subsecretaría de Servicios al Ciudadano de la
mencionada Secretaría, efectuar el llamado a Licitación Pública, emitir circulares con y
sin consultas sobre la documentación licitatoria, la prórroga del acto de apertura, como
así también de dictar todos los actos administrativos que fueran necesarios para la
tramitación y adjudicación de la pertinente Licitación Pública y de aquellos que sean
necesarios para la ejecución y control de la contratación desde su materialización y
hasta su finalización, la designación de los integrantes que compondrán la Comisión
de Evaluación de Ofertas, la emisión de la/s pertinente/s orden/es de compra,
solicitudes de provisión, la ampliación y/o disminución del total adjudicado, la prórroga
y de continuidad del plazo de duración, la aplicación de penalidades, la rescisión y en
general cualquier otra medida que haga al cumplimiento de la misma.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el sitio
de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el portal
www.buenosairescompras.gob.ar , comuníquese a la Secretaría de Atención
Ciudadana y Gestión Comunal y remítase a la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal, ambas dependientes de la Unidad de Proyección Federal y
Desarrollo Territorial, para la prosecución del trámite. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel