DECRETO 85 2023

Síntesis:

DELEGA FACULTAD - APROBAR - PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUS ANEXOS - CONTRATACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE ATENCIÓN CIUDADANA TELEFÓNICA Y TELEMÁTICA - BA 147 - SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS AL CIUDADANO - SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y GESTIÓN COMUNAL - LICITACIÓN PÚBLICA 

Publicación:

16/03/2023

Sanción:

14/03/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.588), los Decretos Nros.

74/21, 463/19 y su modificatorio N° 465/22, la Disposición N° 167-DGCYC/21, el

Expediente Electrónico N° 10150983-GCABA- SECACGC/23, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Expediente Electrónico citado en el Visto, tramita la solicitud de

contratación del "Servicio integral de atención ciudadana telefónica y telemática a

través de BA 147", con destino a la Dirección General Atención Ciudadana,

dependiente de la Subsecretaría de Servicios al Ciudadano de la Secretaría de

Atención Ciudadana y Gestión Comunal de la Unidad de Proyección Federal y

Desarrollo Territorial, por un plazo de 24 meses ininterrumpidos, cuyo presupuesto

oficial asciende a la suma de pesos cinco mil setecientos veinticinco millones

doscientos cincuenta mil ochocientos ochenta con 00/100 ($ 5.725.250.880,00);

Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas para los procesos de compras y

contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 74/21 aprobó la reglamentación de la Ley N° 2.095, regulando en el

Artículo 76 la implementación del Sistema Electrónico de Adquisiciones y

Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC), y fijó los

niveles de decisión y cuadro de competencias conforme se detalla en sus Anexos II,

III, IV, V, VI y VII;

Que por Disposición N° 167-DGCYC/21 la Dirección General de Compras y

Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de compras y

contrataciones y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 18, inciso j), de

la Ley N° 2.095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

Que, a fin de concretar la contratación precitada, resulta oportuna la celebración de

una Licitación Pública encuadrada en lo dispuesto por los Artículos 31, 32, 41 y

concordantes de la referida Ley N° 2.095;

Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

hasta el nivel de Dirección General;

Que por el Decreto N° 465/22 se modificó la dependencia funcional de la Secretaría de

Atención Ciudadana y Gestión Comunal y de las Subsecretarías y Direcciones

Generales que le dependen; de la Subsecretaría de Asuntos Públicos Estratégicos y

de las Direcciones Generales que le dependen; de la Subsecretaría de Proyección

Estratégica y de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, de la órbita de la

Secretaría de Asuntos Estratégicos a la Unidad de Proyección Federal y Desarrollo

Territorial;

Que, a fin de lograr una mayor celeridad y atento el carácter altamente especializado

de la contratación, resulta conveniente autorizar a la Secretaría de Atención

Ciudadana y Gestión Comunal, dependiente de la Unidad de Proyección Federal y

Desarrollo Territorial, a aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de

Especificaciones Técnicas y a realizar el llamado a Licitación Pública, emitir las

circulares con y sin consulta que resulten necesarias sobre la documentación

licitatoria, dictar los actos administrativos necesarios para la tramitación y adjudicación

de la pertinente Licitación Pública y de aquellos que sean necesarios para la ejecución

y control de la contratación desde su materialización y hasta su finalización, la

designación de los integrantes que compondrán la Comisión de Evaluación de Ofertas,

la emisión de la/s pertinente/s orden/es de compra, solicitudes de provisión, la

ampliación y/o disminución del total adjudicado, del plazo, de la prórroga y de

continuidad del plazo de duración, la aplicación de penalidades, la rescisión y en

general cualquier otra circunstancia que haga al cumplimiento de la misma;

Que, atento a lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Delegar en la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal,

dependiente de la Unidad de Proyección Federal y Desarrollo Territorial, la facultad de

aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas

y sus Anexos, para la contratación del "Servicio integral de atención ciudadana

telefónica y telemática a través de BA 147", con destino a la Dirección General

Atención Ciudadana, dependiente de la Subsecretaría de Servicios al Ciudadano de la

mencionada Secretaría, efectuar el llamado a Licitación Pública, emitir circulares con y

sin consultas sobre la documentación licitatoria, la prórroga del acto de apertura, como

así también de dictar todos los actos administrativos que fueran necesarios para la

tramitación y adjudicación de la pertinente Licitación Pública y de aquellos que sean

necesarios para la ejecución y control de la contratación desde su materialización y

hasta su finalización, la designación de los integrantes que compondrán la Comisión

de Evaluación de Ofertas, la emisión de la/s pertinente/s orden/es de compra,

solicitudes de provisión, la ampliación y/o disminución del total adjudicado, la prórroga

y de continuidad del plazo de duración, la aplicación de penalidades, la rescisión y en

general cualquier otra medida que haga al cumplimiento de la misma.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el sitio

de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el portal

www.buenosairescompras.gob.ar , comuníquese a la Secretaría de Atención

Ciudadana y Gestión Comunal y remítase a la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal, ambas dependientes de la Unidad de Proyección Federal y

Desarrollo Territorial, para la prosecución del trámite. Cumplido, archívese.

RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel