DECRETO 131 2023
Síntesis:
DESIGNA TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE ENLACE ELECTORAL - JULIETA MORA MIRAGAYA - ORGANISMO FUERA DE NIVEL - SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Publicación:
25/04/2023
Sanción:
21/04/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por la Ley N° 6.588), los Decretos Nros.
463/19 y sus modificatorios, y el Expediente Electrónico N° 15762126- GCABA-
DGTALMJYS/23, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada ley contempla, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,
al Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante Decreto N° 130/23, modificatorio del Decreto N° 463/19, se creó la
Coordinación de Enlace Electoral, como organismo fuera de nivel bajo la órbita de la
Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad, cuyo titular tendrá
rango, nivel y atribuciones de Director General;
Que según surge de los presentes actuados, el señor Ministro de Justicia y Seguridad
propicia, a partir del 21 de abril de 2023, la designación de la señora Julieta Mora
Miragaya, D.N.I. N° 29.150.010, CUIL N° 27-29150010-8, como Titular de la
Coordinación de Enlace Electoral;
Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Designar, a partir del 21 de abril de 2023, a la señora Julieta Mora
Miragaya, D.N.I. N° 29.150.010, CUIL N° 27-29150010-8, como Titular de la
Coordinación de Enlace Electoral, organismo fuera de nivel bajo la órbita de la
Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia y
Seguridad y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Notifíquese a la interesada dejando constancia que deberá dar cumplimiento con lo
establecido en el artículo 14 de la Ley N ° 6.357 (texto consolidado por la Ley N°
6.588), comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las
Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y
Liquidación de Haberes y Desarrollo del Servicio Civil, todas dependientes del
Ministerio de Hacienda y Finanzas, para su conocimiento y demás efectos, remítase al
Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -
Burzaco - Miguel