DISPOSICIÓN 27 2023 DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO
Síntesis:
APRUEBA CICLO DE ACTIVIDADES - CINEMATIQUÉ ABASTO 2023
Publicación:
28/04/2023
Sanción:
25/04/2023
Organismo:
DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.588); el Decreto N° 463/19
y sus modificatorios; las Resoluciones 2940-MCGC/21, 2011-MCGC/22 y N° 9320-
MCGC/22; la Disposición N ° 15-GCABA-DGPSE/23; el Expediente Electrónico N°
16186141-GCABA-DGPSE/23, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.588), se sancionó la Ley
de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando,
en su artículo 2°, al Ministerio de Cultura;
Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificaciones se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General; fijando dentro de las
responsabilidades primarias de la Dirección General Planificación y Seguimiento la de
"Coordinar la relación del Ministerio con actores públicos y privados del ámbito
cultural";
Que, mediante Resolución N° 2940-MCGC/21, se creó el Programa ëAbasto Barrio
Cultural - Abasto Abiertoû, con el objetivo de fomentar la actividad cultural e identidad
del Abasto, como zona identitaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en todas
sus disciplinas para continuar sosteniendo el trabajo de artistas, creadores y gestores
en el marco de la pandemia por el virus COVID-19 (Coronavirus), en transición gradual
hacia la plena presencialidad en observancia de los protocolos de emergencia
sanitaria vigentes;
Que por la Resolución N° 2011-MCGC/22 se modificó la denominación del citado
programa por la de "Abasto Barrio Cultural" y se aprobó la 2° edición, para el año
2022;
Que por Resolución N° 9320-MCGC/22 se aprobó la 3° edición del mencionado
Programa, para el año 2023;
Que mediante el artículo 3° de dicha norma se designó a la Dirección General
Planificación y Seguimiento como autoridad de aplicación del Programa, estando
facultada para instrumentar las convocatorias, eventos y demás acciones tendientes a
la consecución de los propósitos y objetivos del mismo y dentro de sus alcances
programáticos, así como para adoptar las medidas reglamentarias y operativas
necesarias para su implementación;
Que los espacios culturales son considerados parte del acervo cultural de la Ciudad,
ya que utilizan la creatividad y el capital intelectual como principales insumos, y
conjugan creación, producción y comercialización de bienes y servicios como
elementos del motor económico de la Ciudad;
Que resulta necesario incentivar y fortalecer a los distintos actores de la cultura y el
ecosistema cultural de la Ciudad para su constante desarrollo;
Que, en esta inteligencia, resulta oportuno y conveniente aprobar la creación del ciclo
de actividades bajo la denominación ëCINEMATIQUÉ ABASTO 2023û, al que se hace
referencia a continuación;
Que, inscripto en el Programa "Abasto Barrio Cultural" y caracterizado por la
construcción colectiva y participativa de la identidad cultural del llamado Barrio Abasto,
ëCINEMATIQUÉ ABASTO 2023û busca fomentar nuevas formas de entender el
espacio y las artes, entre ellas, el concepto de "artes de campo expandido", y pretende
hacer posible la creación de piezas dinámicas que persigan dialogar, no sólo entre
ellas, sino con la Ciudad, y así transformar el espacio público en escenario y platea de
la oferta cultural, potenciando la misma como motor de desarrollo social y económico
mediante la realización de eventos caracterizados como site-specific o proyectos
artísticos específicamente diseñados para una locación en particular;
Que el ciclo de actividades, asimismo, se inaugurará de forma tal de complementar la
acción "FIESTA ABASTO OTOÑO 2023" y estará abierto a las vecinas y vecinos de la
Ciudad, con participación mediante convocatoria espontánea sujeto a cupos por
función;
Que, por todo lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Apruébase el ciclo de actividades bajo la denominación ëCINEMATIQUÉ
ABASTO 2023û, a realizarse entre el 6 de mayo y el 15 de julio del corriente de 16:00
a 18:00 horas dentro del perímetro del sector barrial conocido como "Abasto",
conforme el detalle establecido en el Anexo (DI 16189004-GCABA-DGPSE/23), que
forma parte integrante de la presente Disposición.
Artículo 2°.- Apruébase el Anexo (DI 16189004-GCABA-DGPSE/23) que describe la
actividad y programación de los recorridos, fechas, horarios y cupos contemplados
para cada una de las funciones allí establecidas.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su
conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido,
archívese. Slauscius