DISPOSICIÓN 27 2023 DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO

Síntesis:

APRUEBA CICLO DE ACTIVIDADES - CINEMATIQUÉ ABASTO 2023 

Publicación:

28/04/2023

Sanción:

25/04/2023

Organismo:

DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO


VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.588); el Decreto N° 463/19

y sus modificatorios; las Resoluciones 2940-MCGC/21, 2011-MCGC/22 y N° 9320-

MCGC/22; la Disposición N ° 15-GCABA-DGPSE/23; el Expediente Electrónico N°

16186141-GCABA-DGPSE/23, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.588), se sancionó la Ley

de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando,

en su artículo 2°, al Ministerio de Cultura;

Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificaciones se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General; fijando dentro de las

responsabilidades primarias de la Dirección General Planificación y Seguimiento la de

"Coordinar la relación del Ministerio con actores públicos y privados del ámbito

cultural";

Que, mediante Resolución N° 2940-MCGC/21, se creó el Programa «Abasto Barrio

Cultural - Abasto Abierto», con el objetivo de fomentar la actividad cultural e identidad

del Abasto, como zona identitaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en todas

sus disciplinas para continuar sosteniendo el trabajo de artistas, creadores y gestores

en el marco de la pandemia por el virus COVID-19 (Coronavirus), en transición gradual

hacia la plena presencialidad en observancia de los protocolos de emergencia

sanitaria vigentes;

Que por la Resolución N° 2011-MCGC/22 se modificó la denominación del citado

programa por la de "Abasto Barrio Cultural" y se aprobó la 2° edición, para el año

2022;

Que por Resolución N° 9320-MCGC/22 se aprobó la 3° edición del mencionado

Programa, para el año 2023;

Que mediante el artículo 3° de dicha norma se designó a la Dirección General

Planificación y Seguimiento como autoridad de aplicación del Programa, estando

facultada para instrumentar las convocatorias, eventos y demás acciones tendientes a

la consecución de los propósitos y objetivos del mismo y dentro de sus alcances

programáticos, así como para adoptar las medidas reglamentarias y operativas

necesarias para su implementación;

Que los espacios culturales son considerados parte del acervo cultural de la Ciudad,

ya que utilizan la creatividad y el capital intelectual como principales insumos, y

conjugan creación, producción y comercialización de bienes y servicios como

elementos del motor económico de la Ciudad;

Que resulta necesario incentivar y fortalecer a los distintos actores de la cultura y el

ecosistema cultural de la Ciudad para su constante desarrollo;

Que, en esta inteligencia, resulta oportuno y conveniente aprobar la creación del ciclo

de actividades bajo la denominación «CINEMATIQUÉ ABASTO 2023», al que se hace

referencia a continuación;

Que, inscripto en el Programa "Abasto Barrio Cultural" y caracterizado por la

construcción colectiva y participativa de la identidad cultural del llamado Barrio Abasto,

«CINEMATIQUÉ ABASTO 2023» busca fomentar nuevas formas de entender el

espacio y las artes, entre ellas, el concepto de "artes de campo expandido", y pretende

hacer posible la creación de piezas dinámicas que persigan dialogar, no sólo entre

ellas, sino con la Ciudad, y así transformar el espacio público en escenario y platea de

la oferta cultural, potenciando la misma como motor de desarrollo social y económico

mediante la realización de eventos caracterizados como site-specific o proyectos

artísticos específicamente diseñados para una locación en particular;

Que el ciclo de actividades, asimismo, se inaugurará de forma tal de complementar la

acción "FIESTA ABASTO OTOÑO 2023" y estará abierto a las vecinas y vecinos de la

Ciudad, con participación mediante convocatoria espontánea sujeto a cupos por

función;

Que, por todo lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

LA DIRECTORA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO

DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébase el ciclo de actividades bajo la denominación «CINEMATIQUÉ

ABASTO 2023», a realizarse entre el 6 de mayo y el 15 de julio del corriente de 16:00

a 18:00 horas dentro del perímetro del sector barrial conocido como "Abasto",

conforme el detalle establecido en el Anexo (DI 16189004-GCABA-DGPSE/23), que

forma parte integrante de la presente Disposición.

Artículo 2°.- Apruébase el Anexo (DI 16189004-GCABA-DGPSE/23) que describe la

actividad y programación de los recorridos, fechas, horarios y cupos contemplados

para cada una de las funciones allí establecidas.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su

conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido,

archívese. Slauscius


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6610

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 27/DGPSE/23 aprueba el ciclo de actividades bajo la denominación CINEMATIQUÉ ABASTO 2023, a realizarse entre el 6 de mayo y el 15 de julio del corriente de 16:00 a 18:00 horas dentro del perímetro del sector barrial conocido como Abasto, en el marco del programa Abasto Barrio Cultura aprobado mediante Resolucion N° 9320-MCGC/22.</p>