DISPOSICIÓN 25 2023 DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO
Síntesis:
MODIFICA FECHA DE REALIZACIÓN - QUINTO ENCUENTRO - CALLES ABASTO BARRIO CULTURAL - ANIVERSARIO DE BALVANERA - PARQUE DE LA ESTACIÓN - ACTIVIDADES MUSICALES Y DE ENTRETENIMIENTO - PARA TODA LA FAMILIA - LIBRE Y GRATUITA - DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO
Publicación:
03/05/2023
Sanción:
18/04/2023
Organismo:
DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO
VISTO: La Disposición N° 22-GCABA-DGPSE/23; el Expediente Electrónico N°
01983721-GCABA- DGPSE/23, y
CONSIDERANDO:
Que por Disposición N° 22-GCABA-DGPSE/23, se aprobó la realización del quinto
encuentro del ciclo de actividades "Calles Abasto Barrio Cultural", bajo la
denominación "Calles Abasto Barrio Cultural -Aniversario de Balvanera", para el día 16
de abril de 2023 de 16:00 a 19:00 horas, en el Parque de la Estación, sito en la calle
Pte. Tte. Gral. Juan Domingo Perón 3326, con shows musicales y entretenimientos
para toda la familia, con participación libre y gratuita, contemplando fecha de cobertura
climática para el día 22 de abril del corriente en los mismos horarios;
Que las condiciones climáticas desfavorables acaecidas el pasado día domingo 16 de
abril, afectaron el desarrollo del evento, por lo que el mismo debió suspenderse;
Que, asimismo, por razones operativas resulta necesario modificar la fecha de
cobertura climática contemplada en la Disposición N° 22-GCABA-DGPSE/23, para el
día 23 de abril en el horario de 16:00 a 19:00 hs;
Que corresponde el dictado del pertinente acto administrativo.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Modifícase la fecha de realización del quinto encuentro denominado
"Calles Abasto Barrio Cultural - Aniversario de Balvanera" perteneciente al ciclo de
actividades "Calles Abasto Barrio Cultural", para el día 23 de abril de 2023, en el
horario de 16:00 a 19:00, en el Parque de la Estación, sito en la calle Pte. Tte. Gral.
Juan Domingo Perón 3326, consistente en actividades musicales y de entretenimiento
para toda la familia, con participación libre y gratuita.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio
web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y
demás efectos comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Slauscius