DECRETO 144 2023

Síntesis:

DESIGNA - RODRIGO FABIÁN DUNA - DIRECTOR GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL LOGÍSTICA -SUBSECRETARIA DE EMERGENCIAS -SECRETARIA DE SEGURIDAD - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Publicación:

12/05/2023

Sanción:

10/05/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros.

463/19 y sus modificatorios, y el Expediente Electrónico N° 15056911-GCABA-

DGTALMJYS/23, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 6292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

al Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando a la Dirección General Logística dependiente de la Subsecretaría de

Emergencias de la Secretaría de Seguridad del citado Ministerio;

Que encontrándose vacante el citado cargo, el señor Ministro de Justicia y Seguridad

propicia la designación, a partir del 11 de abril de 2023, del señor Rodrigo Fabián

Duna, D.N.I. N° 30.296.853, C.U.I.L. N° 20-30296853-6 al cargo de Director General

de la Dirección General Logística dependiente de la Subsecretaria de Emergencias de

la Secretaria de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que atento lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°. - Designar, a partir del 11 de abril de 2023, al señor Rodrigo Fabián Duna,

D.N.I. N° 30.296.853, C.U.I.L. N° 20-30296853-6, al cargo de Director General de la

Dirección General Logística dependiente de la Subsecretaria de Emergencias de la

Secretaria de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad, reteniendo sin

percepción de haberes la partida 2653.0021.EME.AVA.08 EME0101/P.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia y

Seguridad y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

al interesado dejando constancia de que deberá dar cumplimiento a lo establecido en

el artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado por Ley N° 6.588), comuníquese a

la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de

Hacienda y Finanzas y la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y

demás efectos pase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese.

RODRÍGUEZ LARRETA - Burzaco - Miguel