DECRETO 149 2023

Síntesis:

DESIGNA - CDORA. NEREIDA MARÍA LAURA DELGADO - PRESIDA - ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA - CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR SOCIEDAD DEL ESTADO - EN REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - 30 DE MAYO DE 2023 

Publicación:

17/05/2023

Sanción:

15/05/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros 470 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.588), los

Decretos Nros. 768/03, 463-GCABA/19 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico

N° EX-2023-18152374-GCABA-CBAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 2° de la Ley N° 470 se creó la sociedad del estado denominada

Corporación Buenos Aires Sur para desarrollar actividades de carácter industrial,

comercial, explotar servicios públicos con el objeto de favorecer el desarrollo humano,

económico y urbano integral del Área de Desarrollo Sur, a fin de compensar las

desigualdades zonales dentro del territorio de la Ciudad, conforme lo dispuesto por el

artículo 18 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por la Ley N° 6.292, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando en su artículo 2° al Ministerio de Desarrollo

Económico y Producción;

Que, mediante el Decreto N° 463-GCABA/19 y modificatorios, se aprobó la estructura

orgánica funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, contemplando, entre otros, al Organismo Fuera de Nivel Corporación Buenos

Aires Sur Sociedad del Estado bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico y

Producción;

Que por el artículo 2° del Decreto N° 768/03 se aprobó el texto ordenado del Estatuto

Social de la Corporación Buenos Aires Sur Sociedad del Estado.;

Que el artículo vigésimo octavo del mencionado estatuto establece que "Mientras que

la sociedad continúe su giro como sociedad unipersonal del estado de la Ciudad de

Buenos Aires, el Poder Ejecutivo de la Ciudad ejercerá los derechos y obligaciones

que le corresponden a la Asamblea conforme el presente estatuto";

Que, conforme el Acta de Directorio N° CCCLVII, suscripta en fecha 27 de abril del

2023, el Directorio de la Corporación Buenos Aires Sur Sociedad del Estado, resolvió

convocar a Asamblea General Ordinaria para el día 30 de mayo de 2023 a las 11:00

horas;

Que la Corporación Buenos Aires Sociedad del Estado comunicó al Poder Ejecutivo la

fecha de convocatoria a la Asamblea General Ordinaria antes mencionada y el Orden

del Día correspondiente;

Que, asimismo, el artículo trigésimo del citado estatuto social dispone que "Las

asambleas serán presididas por el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires o por la persona que él mismo designe";

Que, en este sentido, se propicia la designación de la Cdora. Nereida María Laura

Delgado, D.N.I N° 17.075.932, C.U.I.L. N° 27-17075932-5, para que presida la

Asamblea General Ordinaria de la Corporación Buenos Aires Sur Sociedad del Estado

en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, conforme lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo

correspondiente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 30 del Estatuto

Social de la Corporación Buenos Aires Sur Sociedad del Estado,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Designar a la Cdora. Nereida María Laura Delgado, D.N.I N° 17.075.932,

C.U.I.L. N° 27-17075932-5, para que presida la Asamblea General Ordinaria de la

Corporación Buenos Aires Sur Sociedad del Estado en representación del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a celebrarse el día 30 de mayo de 2023 a las

11:00 horas, o en la fecha en que se celebre.

Artículo 2°.- Facultar a la representante designada en el artículo 1° para dar

tratamiento a la orden del día aprobada por Acta de Directorio N° CCCLVII que como

Anexo I (IF-2023-18167538-GCABA-CBAS) forma parte integrante del presente.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo

Económico y Producción y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Corporación Buenos Aires Sur Sociedad del Estado y, para su

conocimiento y demás efectos, pase al Ministerio de Desarrollo Económico y

Producción. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Giusti - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6623