RESOLUCIÓN 3329 2023 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
DESIGNA - GERENTE OPERATIVA - CARÁCTER TRANSITORIO - MARÍA ROJAS AMANTEGUI- GERENCIA OPERATIVA SERVICIOS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA - DIRECCIÓN GENERAL INTEGRACIÓN ECONÓMICA - UPE URBANIZACIÓN BARRIO PADRE CARLOS MUGICA - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT
Publicación:
17/05/2023
Sanción:
10/05/2023
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.588), los
Decretos Nros. 684/09, 335/11, 571/11 y 463/19 y modificatorios, la Resolución N°
3.749-GCABA-MEFGC/19 y modificatorias y el Expediente Electrónico N° 14496909-
GCABA-DGDIM -2023, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,
al Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que por Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración
Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del
Poder Ejecutivo;
Que por Decreto N° 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto N° 684/09, el cual
especifica que los cargos gerenciales se dividen en dos niveles, denominados
"Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les corresponden las
acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno;
Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al entonces Secretario de
Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos gerenciales;
Que por Resolución N° 3.749-GCABA-MEFGC/19 y modificatorias se aprobaron las
disposiciones generales aplicables al Régimen Gerencial de la Administración Pública
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a efectos de cubrir el cargo vacante en forma transitoria, el Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat propicia, a partir del 15 de abril de 2023, la designación
de la Sra. María Victoria Rojas Amantegui, DNI N ° 38.632.074, CUIL N° 27-38632074-
3, como Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Servicios de Integración
Económica de la Dirección General Integración Económica, dependiente de la UPE
Urbanización Barrio Padre Carlos Mugica de dicha Jurisdicción;
Que mediante Informe N° 2023-17867145-GCABA-DGINE la Dirección General
Integración Económica dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso i) del artículo 3° del
Anexo I de la mentada Resolución N° 3.749-GCABA-MEFGC/19;
Que por el artículo 11 del Anexo I de la Resolución N° 3.749-GCABA-MEFGC/19 y
modificatorias se estableció que el cese del personal designado con carácter
transitorio en cargos de régimen gerencial no otorgará, en ningún caso, derecho a la
percepción de monto indemnizatorio alguno;
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, ha verificado la inexistencia de incompatibilidad de la agente
propuesta para la cobertura transitoria del cargo, de acuerdo con lo normado en el
artículo 7° de la Ley N° 471, y ha dado cumplimiento a los recaudos exigidos por la
normativa en vigencia;
Que, conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 17, incisos 11 y 12, de la
Ley N° 6.292,
Artículo 1°.- Designar, a partir del 15 de abril de 2023, con carácter transitorio, a la Sra.
María Victoria Rojas Amantegui, DNI N° 38.632.074, CUIL N° 27-38632074-3, como
Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Servicios de Integración Económica de la
Dirección General Integración Económica, dependiente de la UPE Urbanización Barrio
Padre Carlos Mugica del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat.
Artículo 2°.- La designación de la agente mencionada en el artículo anterior reviste
carácter transitorio, pudiendo cesar en el cargo de régimen gerencial sin derecho a la
percepción de monto indemnizatorio alguno, de conformidad a lo establecido en el
artículo 11 del Anexo I de la Resolución N° 3.749-GCABA-MEFGC/19 y modificatorias.
Artículo 3°.- La agente designada en el artículo 1° deberá acreditar de manera
fehaciente, en el plazo perentorio de sesenta (60) días corridos desde la notificación
de la presente Resolución, ante la Dirección General Integración Económica, el
cumplimiento de las capacitaciones previstas en el artículo 3° bis, incisos a) y b), del
Anexo I de la Resolución N° 3.749-GCABA-MEFGC/19 y modificatorias.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de
Haberes, de Desarrollo del Servicio Civil y Técnica, Administrativa y Legal, todas
dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas y, para su conocimiento y demás
efectos, remítase a la Dirección General Integración Económica del Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat, debiendo esta última notificar fehacientemente a la
interesada los términos de la presente. Cumplido, archívese. Mura