DECRETO 160 2023
Síntesis:
APRUEBA - PLIEGOS DE CONDICIONES PARTICULARES - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - LICITACIÓN PÚBLICA N° 8811-0058-LPU23 - CONTRATACIÓN - OBRA PÚBLICA - PLAN DE RECUPERACIÓN VIAL DE LA CIUDAD - PREVIAL) - ETAPA VI - AUTORIZA LLAMADO - DELEGA FACULTADES - MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
Publicación:
29/05/2023
Sanción:
24/05/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6246 (texto consolidado por Ley N° 6588), los Decretos Nros.
127/14, 60 /21, 152/21, 204/22, las Disposiciones Nros. 2-DGCCYA/21, 8-
DGCCYA/2021, 9-DGCCYA/2021, 20-DGCCYA/2022, los Expedientes Electrónicos
Nros. 19415086- GCABA-EMUI/23 y 19559274-GCABA-DGTALMEPHU/23, y
CONSIDERANDO:
Que, por la actuaciones citadas en el Visto, tramita la Licitación Pública N° 8811-0058-
LPU23, para la contratación de la obra pública "Plan de Recuperación Vial de la
Ciudad (PREVIAL) Etapa VI" al amparo de lo establecido por la Ley N° 6246 (texto
consolidado por Ley N° 6588) y los Decretos Nros. 60/21, modificado por el Decreto N°
204/22 y 152/21;
Que la referida Licitación tiene por objeto la rehabilitación y mantenimiento de la red
vial, los cierres de aperturas de empresas de servicios públicos en el marco de la Ley
N° 5901 (texto consolidado por Ley N° 6588) en calzada y el mantenimiento de las
ciclovías y bicisendas dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, a los fines propuestos, corresponde adoptar las acciones pertinentes para la
realización de la contratación de la obra de referencia;
Que, al respecto, el plazo de ejecución de la obra es de cuarenta y ocho (48) meses,
contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio;
Que el presupuesto oficial de la referida obra asciende a la suma de PESOS CIENTO
TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES
CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS ONCE CON 23/100 ($
136.559.450.911,23);
Que la Ley N° 6246 establece el "Régimen de Contrataciones de Obra Pública" que
debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en todos los
contratos de obra pública que se celebren y/o ejecuten en la Ciudad;
Que por el Decreto N° 60/21, modificado por el Decreto N° 204/22, se aprobó la
reglamentación de la citada Ley N° 6246 (texto consolidado por Ley N° 6588) y se
fijaron los niveles de decisión y cuadro de competencias de los procedimientos de
selección para la contratación de obra pública, conforme se detalla en los Anexos II y
III;
Que, mediante el Decreto N° 152/21, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones
Generales aplicable a las contrataciones de Obras Públicas;
Que el Ente de Mantenimiento Urbano Integral, dependiente de la Subsecretaría de
Mantenimiento Urbano del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana,
confeccionó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de
Especificaciones Técnicas, sus correspondientes Anexos, la estructura de ponderación
de insumos y la planilla de cómputo y presupuesto;
Que oportunamente se dio la intervención ordenada por el artículo 8° del Decreto N°
127/14;
Que ha tomado intervención la Gerencia Operativa de Asuntos Legales de Seguros
dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones dependiente del
Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que, en consecuencia, corresponde aprobar el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas que regirán la presente
contratación y delegar en el Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana la facultad
de efectuar el llamado a Licitación Pública N° 8811-0058-LPU23, emitir las circulares,
con y sin consulta, y dictar todos los actos administrativos necesarios para materializar
la contratación y adjudicar la obra que se propicia, como así también, la designación
de los miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas, la suscripción del
pertinente contrato, la ejecución del servicio hasta su finalización, la ampliación y/o
disminución del total adjudicado, la contratación de trabajos complementarios y las
modificaciones contractuales que puedan suscitarse a lo largo de la ejecución
contractual, incluyendo la rescisión y penalidades del/los contrato/s en caso de
corresponder, todo ello de conformidad con la normativa aplicable;
Que deberá realizarse la afectación presupuestaria preventiva correspondiente previo
a la emisión del llamado;
Que se dará intervención a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas en virtud del carácter plurianual del
presente gasto;
Que ha tomado intervención la Procuración General de la Ciudad en el marco de lo
dispuesto por la Ley N° 1218 (texto consolidado según Ley N° 6588).
Por ello, en un todo de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 6246 (texto consolidado por
Ley N° 6588) y en virtud de las facultades conferidas por el Anexo II del Decreto N°
60/21, modificado por el Decreto N° 204/22,
Artículo 1°.- Aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2023-
19556888-GCABA-EMUI) y de Especificaciones Técnicas (PLIEG-2023-19557148-
GCABA-EMUI) para la obra pública "Plan de Recuperación Vial de la Ciudad
(PREVIAL) Etapa VI", al amparo de lo establecido por la Ley N° 6246 (texto
consolidado por Ley N° 6588) y los Decretos Nros. 60/21, modificado por el Decreto N°
204/22, y 152/21, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de PESOS CIENTO
TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES
CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS ONCE CON 23/100 ($
136.559.450.911,23).
Artículo 2°.- Delegar en la señora Ministra de Espacio Público e Higiene Urbana la
facultad de efectuar el llamado a Licitación Pública N° 8811-0058-LPU23, emitir las
circulares, con y sin consulta, dictar todos los actos administrativos necesarios para
materializar la contratación y adjudicar la obra que se propicia, como así también, la
designación de los miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas, la suscripción
del pertinente contrato, la ejecución del servicio hasta su finalización, la ampliación y/o
disminución del total adjudicado, la contratación de trabajos complementarios y las
modificaciones contractuales que puedan suscitarse a lo largo de la ejecución
contractual, incluyendo la rescisión y penalidades del/los contrato/s en caso de
corresponder, todo ello de conformidad con la normativa aplicable.
Artículo 3°.- El presente decreto es refrendado por la señora Ministra de Espacio
Público e Higiene Urbana y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el Sitio
de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el portal BA
Obras. Remítase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones de la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Espacio Público e Higiene
Urbana para la prosecución del trámite licitatorio. RODRÍGUEZ LARRETA - Muzzio -
Miguel