LEY 6638 2023

Síntesis:

CONDONA DEUDA - ABL - FUNDACIÓN ALFREDO PALACIOS  - INMUEBLE SITO EN LA CALLE CHARCAS 4741 - PARTIDA N° 0431931-03 - BARRIO DE PALERMO

Publicación:

01/06/2023

Sanción:

11/05/2023

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

30/05/2023


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Condónase la deuda por ABL que mantiene la "Fundación Alfredo

Palacios" con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el inmueble

sito en la calle Charcas 4741, Partida N° 0431931-03, del barrio de Palermo.

Art. 2°- A los fines de la vigencia del Art. 1° de la presente ley, la existencia de

eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda condonada no da lugar a

reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna abonada.

Art. 3°- Si hubiere reclamo judicial por la deuda, el beneficiario de la presente norma

se hará cargo de las costas y honorarios por el juicio iniciado.

Art. 4°.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi

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