DISPOSICIÓN 1 2023 UNIDAD AUDITORÍA INTERNA - ENTUR

Síntesis:

 FORMALIZA - SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD -  REFERENCIAL IRAM N° 15 SEGUNDA EDICIÓN - AUDITORA INTERNA -  ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Publicación:

06/06/2023

Sanción:

29/05/2023

Organismo:

UNIDAD AUDITORÍA INTERNA - ENTUR


VISTO: Las Leyes N° 2.627 (BOCBA N° 2.854) y N° 6.292 (BOCBA N° 5.757), los

Decretos N° 463/19 (BOCBA N° 5.762), y N° 114/20 (BOCBA N° 5.810), la Resolución

N° 36-ENTUR/22 (BOCBA N° 6.313), la Circular N° 3-SGCBA/2020 (BOCBA N°

5.893), el Referencial IRAM N° 15, Segunda Edición, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 2.627 (texto consolidado por Ley N° 6.588), se creó el Ente de

Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de la Secretaría

General y de Relaciones Internacionales del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que por Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588) se aprobó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder

Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el artículo 1° del Decreto N° 114/20 se encomendó a los titulares de las

jurisdicciones o entidades dependientes del Poder Ejecutivo, la creación y puesta en

funcionamiento de las Unidades de Auditoría Interna, en tanto no se encontraran

constituidas a la fecha del mencionado Decreto;

Que la Resolución N° 36-ENTUR/22 define las responsabilidades primarias de la

Unidad de Auditoría Interna, entre ellas se destaca la de "Examinar en forma integral e

integrada mediante procedimientos programados y eventuales las actividades que se

lleven a cabo en el ámbito del Ente de Turismo, acorde con las normas de control

interno dictadas por la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Mediante Circular N° 3-SGCBA/2020, la Sindicatura General de la Ciudad, haciendo

uso de sus atribuciones, instruyó a todas las Unidades de Auditoría Interna de cada

jurisdicción y entidad dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires a tomar las medidas necesarias para implementar la certificación del

Referencial IRAM N° 15 Segunda Edición "Unidades de Auditoría Interna, Requisitos

de Gestión de la calidad, Seguridad de la información y Ambientales";

Que esta Unidad de Auditoría Interna, contemplando las normas legales vigentes y en

miras a la mejora continua del organismo, ha decidido implementar y mantener un

Sistema de Gestión de la Calidad conforme el Referencial IRAM N° 15, Segunda

Edición;

Que esta Unidad de Auditoría Interna ha certificado todos sus procesos conforme la

norma citada en virtud de las auditorías externas realizadas por el Instituto Argentino

de Normalización y Certificación (IRAM);

Que en su Política de la Calidad la Unidad de Auditoria Interna establece que, (...)

"implementa, mantiene y mejora en forma continua un Sistema de Gestión de Calidad

(en adelante, "SGC") basado en el Referencial IRAM N° 15, Segunda Edición, para

brindar los servicios de auditoría interna y rúbrica de libros en el Ente de Turismo";

contribuye (...) "en la eficientización de la gestión pública de las áreas auditadas,

sustentada en el principio de la calidad, procurando la satisfacción de las necesidades

y expectativas de sus alcanzados"; implementa (...) "los requisitos de cuidado del

ambiente y el uso racional de los recursos en función de lo dispuesto, por el capítulo

10 del Referencial IRAM N° 15, Segunda Edición."(...);

Que el Sistema de Gestión de la Calidad es una herramienta que promueve la

optimización del Sistema de Control Interno;

Que en consonancia con las acciones implementadas es necesario determinar que las

diferentes metodologías de aprobación de los procedimientos - por ejemplo por

Memorándum - son tareas de cada proceso en el marco del mantenimiento del

Sistema de Gestión de la Calidad de esta Unidad de Auditoría Interna;

Que en este sentido, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,

LA AUDITORA INTERNA DEL ENTE DE TURISMO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE:

Artículo 1°.- Formalícese en el ámbito de la Unidad de Auditoría Interna del Ente de

Turismo de la Ciudad de Buenos Aires el "Sistema de Gestión de la Calidad" conforme

los requisitos establecidos en el Referencial IRAM N° 15, Segunda Edición.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese al Presidente del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, a la Síndica General Adjunta, a la Gerencia General de Auditoría Jurisdicción I y

a la Gerencia de Relacionamiento Institucional de la Sindicatura General de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Charlin

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1°.de la Disposicion N° 1-UAIENTUR-23 formaliza en el ámbito de la Unidad de Auditoría Interna del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires el Sistema de Gestión de la Calidad conforme los<br />requisitos establecidos en el Referencial IRAM N° 15, Segunda Edición en el marco de la Circular N° 3-SGCBA-20.</p>