DISPOSICIÓN 1 2023 UNIDAD AUDITORÍA INTERNA - ENTUR
Síntesis:
FORMALIZA - SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD - REFERENCIAL IRAM N° 15 SEGUNDA EDICIÓN - AUDITORA INTERNA - ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
06/06/2023
Sanción:
29/05/2023
Organismo:
UNIDAD AUDITORÍA INTERNA - ENTUR
VISTO: Las Leyes N° 2.627 (BOCBA N° 2.854) y N° 6.292 (BOCBA N° 5.757), los
Decretos N° 463/19 (BOCBA N° 5.762), y N° 114/20 (BOCBA N° 5.810), la Resolución
N° 36-ENTUR/22 (BOCBA N° 6.313), la Circular N° 3-SGCBA/2020 (BOCBA N°
5.893), el Referencial IRAM N° 15, Segunda Edición, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.627 (texto consolidado por Ley N° 6.588), se creó el Ente de
Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de la Secretaría
General y de Relaciones Internacionales del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que por Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588) se aprobó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el artículo 1° del Decreto N° 114/20 se encomendó a los titulares de las
jurisdicciones o entidades dependientes del Poder Ejecutivo, la creación y puesta en
funcionamiento de las Unidades de Auditoría Interna, en tanto no se encontraran
constituidas a la fecha del mencionado Decreto;
Que la Resolución N° 36-ENTUR/22 define las responsabilidades primarias de la
Unidad de Auditoría Interna, entre ellas se destaca la de "Examinar en forma integral e
integrada mediante procedimientos programados y eventuales las actividades que se
lleven a cabo en el ámbito del Ente de Turismo, acorde con las normas de control
interno dictadas por la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Mediante Circular N° 3-SGCBA/2020, la Sindicatura General de la Ciudad, haciendo
uso de sus atribuciones, instruyó a todas las Unidades de Auditoría Interna de cada
jurisdicción y entidad dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires a tomar las medidas necesarias para implementar la certificación del
Referencial IRAM N° 15 Segunda Edición "Unidades de Auditoría Interna, Requisitos
de Gestión de la calidad, Seguridad de la información y Ambientales";
Que esta Unidad de Auditoría Interna, contemplando las normas legales vigentes y en
miras a la mejora continua del organismo, ha decidido implementar y mantener un
Sistema de Gestión de la Calidad conforme el Referencial IRAM N° 15, Segunda
Edición;
Que esta Unidad de Auditoría Interna ha certificado todos sus procesos conforme la
norma citada en virtud de las auditorías externas realizadas por el Instituto Argentino
de Normalización y Certificación (IRAM);
Que en su Política de la Calidad la Unidad de Auditoria Interna establece que, (...)
"implementa, mantiene y mejora en forma continua un Sistema de Gestión de Calidad
(en adelante, "SGC") basado en el Referencial IRAM N° 15, Segunda Edición, para
brindar los servicios de auditoría interna y rúbrica de libros en el Ente de Turismo";
contribuye (...) "en la eficientización de la gestión pública de las áreas auditadas,
sustentada en el principio de la calidad, procurando la satisfacción de las necesidades
y expectativas de sus alcanzados"; implementa (...) "los requisitos de cuidado del
ambiente y el uso racional de los recursos en función de lo dispuesto, por el capítulo
10 del Referencial IRAM N° 15, Segunda Edición."(...);
Que el Sistema de Gestión de la Calidad es una herramienta que promueve la
optimización del Sistema de Control Interno;
Que en consonancia con las acciones implementadas es necesario determinar que las
diferentes metodologías de aprobación de los procedimientos - por ejemplo por
Memorándum - son tareas de cada proceso en el marco del mantenimiento del
Sistema de Gestión de la Calidad de esta Unidad de Auditoría Interna;
Que en este sentido, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,
Artículo 1°.- Formalícese en el ámbito de la Unidad de Auditoría Interna del Ente de
Turismo de la Ciudad de Buenos Aires el "Sistema de Gestión de la Calidad" conforme
los requisitos establecidos en el Referencial IRAM N° 15, Segunda Edición.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese al Presidente del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, a la Síndica General Adjunta, a la Gerencia General de Auditoría Jurisdicción I y
a la Gerencia de Relacionamiento Institucional de la Sindicatura General de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Charlin