DECRETO 180 2023

Síntesis:

APRUEBA - PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES  Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - OBRA PÚBLICA EJECUCIÓN REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE ACERAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ETAPA III - - DELEGA  FACULTADES - EN LA SEÑORA MINISTRA DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA -  LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA N° 351-0064-LPU23 - 

Publicación:

12/06/2023

Sanción:

09/06/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6.246 (texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros.

127/14, 60/21, 152/21, 204/22, las Disposiciones Nros. 2-DGCCYA/21, 8-DGCCYA/21,

9-DGCCYA/21, 20-DGCCYA/22, los Expedientes Electrónicos Nros. 21442274-

GCABA-DGOVP/23 y 21775251-GCABA-DGTALMEPHU/23, y

CONSIDERANDO:

Que, por las actuaciones citadas en el Visto, tramita la Licitación Pública N° 351-0064-

LPU23, para la contratación de la obra pública "Ejecución, Rehabilitación y

Mantenimiento de Aceras de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Etapa III" al

amparo de lo establecido por la Ley N° 6.246 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y

los Decretos Nros. 60/21, modificado por el Decreto N° 204/22 y 152/21;

Que la referida Licitación tiene por objeto la ejecución de veredas, rehabilitación y

mantenimiento de las mismas en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

incluyendo la ejecución de los contrapisos, baldosas, veredas de hormigón, vados,

planteras, soterramientos de cableados, cordones, desagües pluviales, tapas de

servicio, bolardos, rejillas, bancos, parquización, suelo absorbente, sistemas urbanos

de drenaje sostenible (SUDS) y cualquier otra obra complementaria de la vereda,

incluyendo frentes completos o sectores de los mismos, parches, pedidos prioritarios u

obras complejas;

Que, a los fines propuestos, corresponde adoptar las acciones pertinentes para la

realización de la contratación de la obra de referencia;

Que, al respecto, el plazo de ejecución de la obra es de cuarenta y ocho (48) meses,

contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio;

Que el presupuesto oficial de la referida obra asciende a la suma de PESOS

SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES

QUINIENTOS SETENTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 63/100 ($

64.743.570.553,63);

Que la Ley N° 6.246 establece el "Régimen de Contrataciones de Obra Pública" que

debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en todos los

contratos de obra pública que se celebren y/o ejecuten en la Ciudad;

Que por el Decreto N° 60/21, modificado por el Decreto N° 204/22, se aprobó la

reglamentación de la citada Ley N° 6.246 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y se

fijaron los niveles de decisión y cuadro de competencias de los procedimientos de

selección para la contratación de obra pública, conforme se detalla en los Anexos II y

III;

Que, mediante el Decreto N° 152/21, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones

Generales aplicable a las contrataciones de Obras Públicas;

Que la Dirección General Obras en Vías Peatonales, dependiente de la Subsecretaría

de Mantenimiento Urbano del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana,

confeccionó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de

Especificaciones Técnicas, sus correspondientes Anexos, la estructura de ponderación

de insumos y la planilla de cómputo y presupuesto;

Que oportunamente se dio la intervención ordenada por el artículo 8° del Decreto N°

127/14;

Que ha tomado intervención la Gerencia Operativa de Asuntos Legales de Seguros

dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones dependiente del

Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que, en consecuencia, corresponde aprobar el Pliego de Bases y Condiciones

Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas que regirán la presente

contratación y delegar en el Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana la facultad

de efectuar el llamado a Licitación Pública N° 351-0064-LPU23, emitir las circulares,

con y sin consulta, y dictar todos los actos administrativos necesarios para materializar

la contratación y adjudicar la obra que se propicia, como así también, la designación

de los miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas, la suscripción del

pertinente contrato, la ejecución del servicio hasta su finalización, la ampliación y/o

disminución del total adjudicado, la contratación de trabajos complementarios y las

modificaciones contractuales que puedan suscitarse a lo largo de la ejecución

contractual, incluyendo la rescisión y penalidades del/los contrato/s en caso de

corresponder, todo ello de conformidad con la normativa aplicable;

Que deberá realizarse la afectación presupuestaria preventiva correspondiente previo

a la emisión del llamado;

Que se dará intervención a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y

Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas en virtud del carácter plurianual del

presente gasto;

Que ha tomado intervención la Procuración General de la Ciudad en el marco de lo

dispuesto por la Ley N° 1.218 (texto consolidado según Ley N° 6.588).

Por ello, en un todo de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 6.246 (texto consolidado por

Ley N° 6.588) y en virtud de las facultades conferidas por el Anexo II del Decreto N°

60/21, modificado por el Decreto N° 204/22,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2023-

22286502-GCABA-DGOVP) y de Especificaciones Técnicas (IF-2023-21878210-

GCABA-DGOVP) para la obra pública "Ejecución, Rehabilitación y Mantenimiento de

Aceras de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Etapa III", al amparo de lo

establecido por la Ley N° 6.246 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y los Decretos

Nros. 60/21, modificado por el Decreto N° 204/22, y 152/21, cuyo presupuesto oficial

asciende a la suma de PESOS SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS

CUARENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SETENTA MIL QUINIENTOS

CINCUENTA Y TRES CON 63/100 ($ 64.743.570.553,63).

Artículo 2°.- Delegar en la señora Ministra de Espacio Público e Higiene Urbana la

facultad de efectuar el llamado a Licitación Pública N° 351-0064-LPU23, emitir las

circulares, con y sin consulta, dictar todos los actos administrativos necesarios para

materializar la contratación y adjudicar la obra que se propicia, como así también, la

designación de los miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas, la suscripción

del pertinente contrato, la ejecución del servicio hasta su finalización, la ampliación y/o

disminución del total adjudicado, la contratación de trabajos complementarios y las

modificaciones contractuales que puedan suscitarse a lo largo de la ejecución

contractual, incluyendo la rescisión y penalidades del/los contrato/s en caso de

corresponder, todo ello de conformidad con la normativa aplicable.

Artículo 3°.- El presente decreto es refrendado por la señora Ministra de Espacio

Público e Higiene Urbana y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el Sitio

de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el portal BA

Obras. Remítase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones de la Dirección

General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Espacio Público e Higiene

Urbana para la prosecución del trámite licitatorio. RODRÍGUEZ LARRETA - Muzzio -

Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6639

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6639