RESOLUCIÓN 4900 2023 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
CONVOCATORIA - PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE SUBSIDIOS - LÍNEAS GRUPOS DE TEATROS - ESTABLES - EVENTUALES - PROYECTOS ESPECIALES - PRIORIDADES - RÉGIMEN CONCERTACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD TEATRAL NO OFICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE CULTURA
Publicación:
23/06/2023
Sanción:
21/06/2023
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: La Ley N° 156 (texto consolidado por Ley N° 6.588); el Decreto N° 845-
GCBA/00 y su modificatorio Decreto N° 412-GCABA/10; la Resolución N° 590-
MCGC/23; el Expediente Electrónico N° EX-2023-06286166-GCABA-DGDCC, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° de la Ley N° 156 (texto consolidado Ley N° 6.588) crea el Régimen
de Concertación para la Actividad Teatral No Oficial, con el objeto de proteger,
propiciar y fomentar el teatro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que el artículo 2° de la referida Ley crea el Registro de la Actividad Teatral No Oficial
en el ámbito de la entonces Secretaría de Cultura, actualmente dentro de la órbita de
este Ministerio.
Que el Decreto N° 845-GCABA/00 y su modificatorio el Decreto N° 412-GCBA/10
reglamentan la referida Ley.
Que el artículo 2° del Decreto N° 412-GCABA/10 faculta al Ministerio de Cultura a
dictar las normas complementarias, instrumentales e interpretativas que fueren
necesarias para la mejor y más adecuada aplicación de la reglamentación que
aprueba dicha norma.
Que mediante Resolución N° 590-MCGC/23 se aprobó, en el marco del referido
Régimen, la reglamentación atinente a la presentación de solicitudes de inscripción al
Registro PROTEATRO y de subsidios conforme los lineamientos establecidos en sus
Anexos I "Reglamento General PROTEATRO" (identificado bajo N° IF-2023-06035647-
GCABA-DGDCC); II "Formulario de solicitud de inscripción/actualización del Registro y
declaración jurada" (identificado bajo N° IF-2023-04087581-GCABA-DGDCC); III
"Formulario de datos para solicitud de subsidio" (identificado bajo N° IF-2023-
04088199-GCABA-DGDCC); IV "Formulario de línea para solicitud de subsidio"
(identificado bajo N° IF-2023-04088537-GCABA-DGDCC); V "Formulario rendición de
cuentas" (identificado bajo N° IF-2023-06034052-GCABA-DGDCC); VI "Nota de
compensación por los servicios prestados" (identificado bajo N° IF-2023-04088801-
GCABA-DGDCC) y VII "Nota de solicitud de readecuación de proyecto" (identificado
bajo N° IF-2023-04089116-GCABA-DGDCC) que forman parte de la citada
Resolución.
Que en este contexto, se propicia la apertura del llamado a convocatoria para la
presentación de solicitudes de subsidio, con el objeto de promover la actividad teatral
no oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme los lineamientos
establecidos en el referido Reglamento General.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.-Convócase, en el marco del Régimen Concertación para la Promoción de
la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los sujetos
comprendidos en las líneas "Grupos de Teatro Estables", "Grupos de Teatro
Eventuales" y "Proyectos Especiales", para la presentación de solicitudes de subsidios,
desde las 10:00 horas del día 26 de Junio de 2023 hasta las 17:00 horas del día 10 de
Julio de 2023.
Artículo 2°.- Establézcase, que en el marco de la presente Convocatoria, para las
líneas "Grupos de Teatro Estables", "Grupos de Teatro Eventuales" y "Proyectos
Especiales", se priorizarán aquellos proyectos que se desarrollen en la modalidad
presencial por sobre aquellos a ejecutarse bajo la modalidad o entorno virtual.
Artículo 3°.- Establézcase, que en el marco de la presente Convocatoria, para la
sublínea "Circulación", comprendida en la línea "Proyectos Especiales", se priorizarán
aquellas propuestas que promuevan la descentralización de las actividades culturales
en salas, espacios culturales y comunidades de barrios periféricos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4°.- Establézcase, que en el marco de la presente Convocatoria, para la
sublínea "Formación y/o Capacitación teórica y/o práctica", comprendida en la línea
"Proyectos Especiales", se priorizarán las propuestas diseñadas para recibir una
capacitación o formación, con preferencia sobre aquellas que impliquen dictar una
capacitación o formación.
Artículo 5°.- La presente convocatoria se regirá según lo establecido en la Resolución
N° 590-MCGC/23.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa
Operaciones y Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General
Desarrollo Cultural y Creativo de este Ministerio. Cumplido, archívese en la repartición
de origen. Avogadro