RESOLUCIÓN 9271 2023 SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE
Síntesis:
INSTRUMENTA - ACTA SALARIAL - INCREMENTO - DOCENTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - FECHA 13 DE JUNIO DE 2023 - ORGANIZACIONES SINDICALES - SINDICATOS
Publicación:
26/06/2023
Sanción:
21/06/2023
Organismo:
SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE
VISTO: La Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su
modificatoria por Ley N° 6.544, el Acta Salarial 2023 Docentes del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires instrumentada por las Resoluciones Nros. 2.567-
GCABA-SSCDOC/23, 6.260-GCABA-SSCDOC/23 y 7.234- GCABASSCDOC/23, el
Expediente Electrónico N° 05.885.079-GCABA-DGPDYND/23, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 2.567-GCABA-SSCDOC/23 y sus complementarias,
se instrumentó el Acta Salarial 2023 - Docentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que en el marco de la Comisión Salarial establecida por el Artículo 7 inciso b) de la
Ordenanza 40.593 (Estatuto de Docente), el día 13 de junio de 2023 se reunieron en la
sede del Ministerio de Educación de la CABA sito en Carlos H. Perette e Islas
Galápagos, en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
la Sra. Ministra de Educación, Lic. María Soledad Acuña, el Sr. Jefe de Gabinete, Lic.
Manuel R. Vidal y el Subsecretario de Carrera Docente Lic. Oscar M. Ghillione; y en
representación de los docentes las siguientes organizaciones sindicales: Asociación
Docentes de Educación Física (ADEF), Asociación Docentes de Enseñanza Media y
Superior (ADEMYS), Asociación Docentes Independientes Argentinos (ADIA),
Asociación de Educadores Porteños (AEP), Asociación del Magisterio de la
Enseñanza Técnica (AMET), Unión Argentina de Maestros y Profesores (CAMyP),
Asociación de Maestros Confederados (AMC), Asociación de Supervisores
Educacionales de la Ciudad de Buenos Aires (ASED), Centro de Profesores
Diplomados (CPD), Compromiso, Educación para el Cambio (EDUPEC), Sindicato de
Educadores de Buenos Aires (SEDEBA), Sindicato de Educadores Unidos de la
Ciudad de Buenos Aires (SEducA), Sindicato Unido de Educadores Técnicos de la
República Argentina (SUETRA), Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la
Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), Unión Docentes Argentinos (UDA) y Unión de
Trabajadores de la Educación (UTE);
Que en este marco se suscribió el Acta Salarial - Docentes del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires incorporada como (IF-2023-23596937-GCABA-
DGPDYND) que a todos sus efectos forma parte de estas actuaciones;
Que, mediante el acta salarial mencionada, las partes se comprometieron a darle
continuidad a la "Mesa de Condiciones Laborales" durante el presente año, a efectos
del tratamiento de los temas que se irán definiendo en agendas sucesivas;
Que, teniendo en cuenta lo acordado en las actas del 22 de febrero, del 26 de abril y
del 18 de mayo del corriente, a partir de la convocatoria del Gobierno y luego de un
pormenorizado debate e intercambio, se acuerda implementar desde junio 2023 las
modificaciones detalladas en el Anexo I especificaciones técnicas (IF-2023-23042865-
GCABA-DGPDYND), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente;
Que el incremento salarial acordado, conforme se señala en el acta suscripta será
liquidado conjuntamente con los salarios del mes de junio y SAC corriente;
Que, por todo lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo que
posibilite la instrumentación del acuerdo precitado;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Instruméntase el Acta Salarial - Docentes del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (IF-2023-23596937-GCABA-DGPDYND) de fecha 13 de
junio de 2023, su Anexo I (IF-2023-23042865- GCABA-DGPDYND), que a todos sus
efectos forman parte de la presente, suscripta entre la Sra. Ministra de Educación, Lic.
María Soledad Acuña, el Sr. Jefe de Gabinete, Lic. Manuel R. Vidal y el
Sr. Subsecretario de Carrera Docente Lic. Oscar M. Ghillione, en representación del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en representación de los
docentes las siguientes organizaciones sindicales: Asociación Docentes de Educación
Física (ADEF), Asociación Docentes de Enseñanza Media y Superior (ADEMYS),
Asociación Docentes Independientes Argentinos (ADIA), Asociación de Educadores
Porteños (AEP), Asociación del Magisterio de la Enseñanza Técnica (AMET), Unión
Argentina de Maestros y Profesores (CAMyP), Asociación de Maestros Confederados
(AMC), Asociación de Supervisores Educacionales de la Ciudad de Buenos Aires
(ASED), Centro de Profesores Diplomados (CPD), Compromiso, Educación para el
Cambio (EDUPEC), Sindicato de Educadores de Buenos Aires (SEDEBA), Sindicato
de Educadores Unidos de la Ciudad de Buenos Aires (SEducA), Sindicato Unido de
Educadores Técnicos de la República Argentina (SUETRA), Sindicato Único de
Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), Unión Docentes
Argentinos (UDA) y Unión de Trabajadores de la Educación (UTE).
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos remítanse las Comunicaciones Oficiales
pertinentes a la Dirección General de Personal Docente y No Docente, a la Unidad de
Coordinación del Sistema de Formación Docente, a las Subsecretaría de Coordinación
Pedagógica y Equidad Educativa, Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida,
Tecnología Educativa y Sustentabilidad todas ellas dependientes del Ministerio de
Educación, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General de Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, a la Dirección General de Enseñanza Artística del Ministerio de Cultura, a la
Subsecretaría de Deporte de la Vicejefatura de Gobierno y al Ministerio de Salud.
Notifíquese, en los términos del artículo N° 63 de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobada por Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1510/97 (texto consolidado por Ley N° 6.588), a las
siguientes organizaciones gremiales: Asociación Docentes de Educación Física
(ADEF), Asociación Docentes de Enseñanza Media y Superior (ADEMYS), Asociación
Docentes Independientes Argentinos (ADIA), Asociación de Educadores Porteños
(AEP), Asociación del Magisterio de la Enseñanza Técnica (AMET), Unión Argentina
de Maestros y Profesores (CAMyP), Asociación de Maestros Confederados (AMC),
Asociación de Supervisores Educacionales de la Ciudad de Buenos Aires (ASED),
Centro de Profesores Diplomados (CPD), Compromiso, Educación para el Cambio
(EDUPEC), Sindicato de Educadores de Buenos Aires (SEDEBA), Sindicato de
Educadores Unidos de la Ciudad de Buenos Aires (SEducA), Sindicato Unido de
Educadores Técnicos de la República Argentina (SUETRA), Sindicato Único de
Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), Unión Docentes
Argentinos (UDA) y Unión de Trabajadores de la Educación (UTE). Cumplido,
archívese. Ghillione