DECRETO 195 2023
Síntesis:
APRUEBA - PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - LICITACIÓN PÚBLICA DE ETAPA ÚNICA N° 2900-1031-LPU23 - CONTRATACIÓN DE SERVICIO - ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS CON DESTINO A CADETES CURSANTES GUARDIAS PROFESORES INSTRUCTORES Y PERSONAL AUTORIZADO DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - MODALIDAD - ORDEN DE COMPRA ABIERTA - JEFATURA DE GOBIERNO
Publicación:
04/07/2023
Sanción:
30/06/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes Nros. 1.218, 2.095 y 6.292 (textos consolidados según Ley N°
6.588), el Decreto N° 129/23, las Resoluciones Nros. 24/MJYSGC/20 y
180/MJYSGC/22, la Disposición N° 333/DGCYC/23, el Expediente Electrónico N°
23442708-GCABA-DGAYCON/23, y
CONSIDERANDO:
Que, por el Expediente Electrónico citado en el Visto, tramita la Licitación Pública de
Etapa Única N° 2900-1031-LPU23 convocada para la contratación del servicio de
elaboración y distribución de comidas con destino a cadetes, cursantes, guardias,
profesores, instructores y personal autorizado del Instituto Superior de Seguridad
Pública, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, en un todo de acuerdo con lo
establecido en los artículos 32, primera parte del 33, 41 y 44 de la Ley N° 2.095 (texto
consolidado por Ley N° 6.588), por un plazo de cuarenta y ocho (48) meses
consecutivos e ininterrumpidos, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de pesos
once mil ciento sesenta y un millones ciento setenta y siete mil setecientos veintiocho
($ 11.161.177.728,00.-);
Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas para los procesos de compras y
contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 129/23 se aprobó la reglamentación de la citada Ley
Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires N° 2.095 y se fijaron los
niveles de decisión y cuadro de competencias conforme se detalla en sus Anexos II,
III, IV, V y VI;
Que por Disposición N° 333/DGCYC/23 la Dirección General de Compras y
Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de compras y
contrataciones y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 19, inciso j), de
la Ley N° 2.095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;
Que conforme el artículo 18 de la Ley N° 6.292 de Ministerios corresponde al
Ministerio de Justicia y Seguridad asistir al Jefe de Gobierno en lo inherente a sus
competencias, entre las que se encuentran las de ejercer Ia gestión administrativa
general de Ia Policía de la Ciudad y entender en el diseño e implementación de Ia
política penitenciaria;
Que en ese sentido, el proceso licitatorio que se propicia se fundamenta en la
necesidad de garantizar el servicio de elaboración y distribución de comidas con
destino a cadetes, cursantes, guardias, profesores, instructores y personal autorizado
del Instituto Superior de Seguridad Pública;
Que la Dirección General Adquisiciones y Contrataciones dependiente de la
Subsecretaría de Gestión Administrativa del Ministerio de Justicia y Seguridad, elaboró
el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus Anexos, y la Secretaría General
del Instituto de Seguridad Pública elaboró el correspondiente Pliego de
Especificaciones Técnicas, para el llamado a Licitación Pública;
Que los interesados en participar del acto licitatorio que se tramita deberán adquirir el
Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus Anexos, y el Pliego de
Especificaciones Técnicas, cuyo valor se ha establecido en la suma de pesos dos
millones doscientos treinta y dos mil doscientos treinta y cinco ($ 2.232.235,00.-) lo
que encuentra fundamento en la trascendencia, importancia y el interés público
comprometido del servicio que nos ocupa;
Que por Resolución N° 24/MJYSGC/20 y su Anexo I, modificada por la Resolución N°
180/MJYSGC/22 se constituyó la Comisión de Evaluación de Ofertas en la órbita de la
Subsecretaría de Gestión Administrativa y se designaron sus miembros permanentes;
Que resulta pertinente delegar al señor Ministro de Justicia y Seguridad, la facultad de
realizar el llamado a licitación pública y dictar los actos administrativos necesarios para
adjudicar la misma, en el marco de la normativa aplicable;
Que, por otra parte y a fin de lograr una mayor celeridad y eficiencia, resulta pertinente
delegar en la Subsecretaría de Gestión Administrativa dependiente del Ministerio de
Justicia y Seguridad, la facultad emitir circulares, con y sin consulta, sobre la
documentación licitatoria, dictar todos los actos administrativos necesarios para
materializar la contratación y como así también, la facultad de suscripción del
pertinente contrato, ejecución del servicio hasta su finalización, ampliación y/o
disminución del total adjudicado, las posibles prórrogas y continuidades del servicio y
las modificaciones contractuales que puedan suscitarse a lo largo de la ejecución
contractual, incluyendo la rescisión y la aplicación de penalidades del/los contrato/s en
caso de corresponder;
Que han tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Asuntos
Legales de Seguros y la Gerencia Operativa de Registros de la Dirección General de
Compras y Contrataciones y la Dirección General Redeterminación de Precios, todas
dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que ha tomado intervención la Dirección General Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas en virtud del carácter plurianual del
presente gasto;
Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado intervención en el marco de lo
dispuesto por la Ley N° 1.218 (texto consolidado según Ley N° 6.588);
Que, atento a lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus Anexos I, II,
III y IV (PLIEG-2023-25009102-GCABA-DGAYCON) y el Pliego de Especificaciones
Técnicas (PLIEG-2023-25017576-GCABA-SGISSP), que a todos sus efectos forman
parte integrante del presente Decreto y regirán la Licitación Pública de Etapa Única N°
2900-1031-LPU23, para la contratación del servicio de elaboración y distribución de
comidas con destino a cadetes, cursantes, guardias, profesores, instructores y
personal autorizado del Instituto Superior de Seguridad Pública bajo la modalidad de
Orden de Compra Abierta, en un todo de acuerdo con lo establecido en los Artículos
32, primera parte del 33, 41 y 44 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N°
6.588), por un plazo de cuarenta y ocho (48) meses consecutivos e ininterrumpidos,
cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de pesos once mil ciento sesenta y un
millones ciento setenta y siete mil setecientos veintiocho ($ 11.161.177.728,00.-).
Artículo 2°.- Autorizar al señor Ministro de Justicia y Seguridad a realizar el pertinente
llamado a licitación pública, conforme los Pliegos y los Anexos aprobados en el
Artículo 1° del presente Decreto y a emitir el acto administrativo para adjudicar el
servicio que se propicia.
Artículo 3°.- Delegar en el señor Subsecretario de Gestión Administrativa dependiente
del Ministerio de Justicia y Seguridad la facultad emitir circulares, con y sin consulta,
sobre la documentación licitatoria, dictar todos los actos administrativos necesarios
para materializar la contratación y como así también, la facultad de suscripción del
pertinente contrato, ejecución del servicio hasta su finalización, ampliación y/o
disminución del total adjudicado, las posibles prórrogas y continuidades del servicio y
las modificaciones contractuales que puedan suscitarse a lo largo de la ejecución
contractual, incluyendo la rescisión y la aplicación de penalidades del/los contrato/s en
caso de corresponder.
Artículo 4°.- Fijar el valor del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, sus Anexos
I, II, III y IV, y del Pliego de Especificaciones Técnicas, en el marco de la presente
Licitación Pública en la suma de pesos dos millones doscientos treinta y dos mil
doscientos treinta y cinco ($ 2.232.235,00.-).
Artículo 5°.- Dejar establecido que el presente gasto se imputará a la partida
presupuestaria de los ejercicios correspondientes, subordinado al crédito que para
cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos.
Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia y
Seguridad y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el
Portal Buenos Aires Compras (www.buenosairescompras.gob.ar). Comuníquese a la
Secretaría General Instituto Superior de Seguridad Pública y remítase a la
Subsecretaría de Gestión Administrativa dependiente del Ministerio de Justicia y
Seguridad, para la prosecución de su trámite. RODRÍGUEZ LARRETA - Burzaco -
Miguel