RESOLUCIÓN 3035 2023 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
APRUEBA - ACTUALIZACIÓN - NOMENCLADOR DE PRESTACIONES DE SALUD - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
06/07/2023
Sanción:
03/07/2023
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: Los Decretos Nros. 468/94 y 208/01, las Resoluciones Nros. 2716/MSGC/20 y
2665/MSGC/23 y el Expediente Electrónico N° 24938000-GCABA-DGCTFS/23, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 468/94 se facultó a la entonces Secretaría de Salud para que
proceda a incorporar y/o a sustituir los módulos del Nomenclador de Prestaciones de
Salud, creando la Comisión Permanente de Actualización del Nomenclador;
Que el Decreto N° 208/01 encomendó a la entonces Secretaría de Salud la fijación de
los valores que deberán abonar las entidades obligadas por las prestaciones
brindadas por sus efectores, correspondiendo esas atribuciones en la actualidad al
Ministerio de Salud;
Que la Resolución N° 2716/MSGC/20 designó la conformación de la nueva Comisión
Permanente de Actualización del Nomenclador;
Que por la Resolución N° 2665/MSGC/23 se aprobó la actualización del Nomenclador
de Prestaciones de Salud a partir del 01 de junio de 2023;
Que la mencionada Comisión presentó una propuesta de actualización del
Nomenclador de Prestaciones de Salud, para regir a partir del 1 de julio de 2023;
Que dicha propuesta contempla la actualización general de valores por IPC Salud
CABA;
Que de acuerdo con las solicitudes recibidas, conforme al procedimiento establecido a
tal fin, y la evaluación que la Comisión ha realizado de las mismas, para la
actualización de julio 2023 no se proponen altas ni modificaciones de códigos;
Que la Dirección General Legal y Técnica ha tomado la intervención que le
corresponde.
Por ello, de conformidad con las facultades delegadas por el Decreto N° 468/94,
Artículo 1°.- Aprobar la actualización del Nomenclador de Prestaciones de Salud del
Ministerio de Salud que como Anexo I, registrado como informe N° IF-2023-24941524-
GCABA-DGCTFS, forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Dejar establecido que el nuevo Nomenclador de prestaciones de Salud,
comenzará a regir para las prestaciones efectuadas a partir de las 0 horas del 01 de
JULIO de 2023.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y
Gestión en Red, a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria, a la Subsecretaría de
Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, a la Subsecretaría de Administración
del Sistema de Salud, a la Dirección General de Coordinación, Tecnologías y
Financiamiento en Salud, a la Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria,
a la Dirección General Legal y Técnica. Cumplido, archívese. González Bernaldo de
Quirós