RESOLUCIÓN 3035 2023 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

APRUEBA - ACTUALIZACIÓN - NOMENCLADOR DE PRESTACIONES DE SALUD - MINISTERIO DE SALUD

Publicación:

06/07/2023

Sanción:

03/07/2023

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: Los Decretos Nros. 468/94 y 208/01, las Resoluciones Nros. 2716/MSGC/20 y

2665/MSGC/23 y el Expediente Electrónico N° 24938000-GCABA-DGCTFS/23, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 468/94 se facultó a la entonces Secretaría de Salud para que

proceda a incorporar y/o a sustituir los módulos del Nomenclador de Prestaciones de

Salud, creando la Comisión Permanente de Actualización del Nomenclador;

Que el Decreto N° 208/01 encomendó a la entonces Secretaría de Salud la fijación de

los valores que deberán abonar las entidades obligadas por las prestaciones

brindadas por sus efectores, correspondiendo esas atribuciones en la actualidad al

Ministerio de Salud;

Que la Resolución N° 2716/MSGC/20 designó la conformación de la nueva Comisión

Permanente de Actualización del Nomenclador;

Que por la Resolución N° 2665/MSGC/23 se aprobó la actualización del Nomenclador

de Prestaciones de Salud a partir del 01 de junio de 2023;

Que la mencionada Comisión presentó una propuesta de actualización del

Nomenclador de Prestaciones de Salud, para regir a partir del 1 de julio de 2023;

Que dicha propuesta contempla la actualización general de valores por IPC Salud

CABA;

Que de acuerdo con las solicitudes recibidas, conforme al procedimiento establecido a

tal fin, y la evaluación que la Comisión ha realizado de las mismas, para la

actualización de julio 2023 no se proponen altas ni modificaciones de códigos;

Que la Dirección General Legal y Técnica ha tomado la intervención que le

corresponde.

Por ello, de conformidad con las facultades delegadas por el Decreto N° 468/94,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la actualización del Nomenclador de Prestaciones de Salud del

Ministerio de Salud que como Anexo I, registrado como informe N° IF-2023-24941524-

GCABA-DGCTFS, forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Dejar establecido que el nuevo Nomenclador de prestaciones de Salud,

comenzará a regir para las prestaciones efectuadas a partir de las 0 horas del 01 de

JULIO de 2023.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y

Gestión en Red, a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria, a la Subsecretaría de

Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, a la Subsecretaría de Administración

del Sistema de Salud, a la Dirección General de Coordinación, Tecnologías y

Financiamiento en Salud, a la Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria,

a la Dirección General Legal y Técnica. Cumplido, archívese. González Bernaldo de

Quirós


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6655

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de Resolución N° 3035/MSGC/23 la actualización del Nomenclador de Prestaciones de Salud del Ministerio de Salud aprueba, modificando el Decreto N° 468/1994.</p>