DECRETO 204 2023
Síntesis:
DESIGNA COORDINADOR - GABRIEL SEBASTIÁN MRAIDA - COORDINACIÓN DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT
Publicación:
11/07/2023
Sanción:
07/07/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros.
463/19 y modificatorios, y 191/23, el Expediente Electrónico N° 24919529-GCABA-
DGDIM/23, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;
Que por Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del citado
Ministerio;
Que por Decreto 191/23, se modificó, a partir del 30 de junio de 2023 la estructura
organizativa del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, creando la Coordinación
de Desarrollo Humano y Hábitat bajo su dependencia;
Que, por lo expuesto, la señora Ministra de Desarrollo Humano y Hábitat propicia la
designación, a partir del 1° de julio de 2023, del señor Gabriel Sebastián Mraida, D.N.I.
N° 33.434.311, C.U.I.L. N° 20-33434311-2, como Coordinador de la Coordinación de
Desarrollo Humano y Hábitat del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;
Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°. - Designar, a partir del 1° de julio de 2023, al señor Gabriel Sebastián
Mraida, D.N.I. N° 33.434.311, C.U.I.L. N° 20-33434311-2, como Coordinador de la
Coordinación de Desarrollo Humano y Hábitat del Ministerio de Desarrollo Humano y
Hábitat.
Artículo 2°. - El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Desarrollo
Humano y Hábitat y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley N° 6.357 (Texto consolidado por Ley N° 6.588). Comuníquese a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y
Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de
Desarrollo Institucional y Modernización, dependiente de la Subsecretaría de
Administración del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Migliore - Miguel