RESOLUCIÓN 79 2023 SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO
Síntesis:
SE AUTORIZA LA CONTRATACIóN DE PERSONAL
Publicación:
11/07/2023
Sanción:
29/06/2023
Organismo:
SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"1983-2023. 40 Años de Democracia"
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VISTO: El Decreto N° 224/13 y modificatorios, la Resolución Conjunta Nro. 11-
SECLYT/13 y sus modificatorias, la Resolución Nro. 3599-GCABA-MHFGC/23, el
Expediente Electrónico N° 23080889-GCABA-DGIUR/23, y
CONSIDERANDO:
Que por la presente actuación tramita la contratación de Simoni Melissa Paola, DNI N°
38.614.546, CUIT N° 27-38614546-1, bajo la figura de locación de servicio en el modo,
forma y período que se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente;
Que mediante el Decreto N° 224/13 se estableció que la contratación, modificación,
ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de
Obras y Servicios, deberán tramitar utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos SADE;
Que por Resolución Conjunta N° 11/SECLYT/13 y sus modificatorias se estableció el
procedimiento administrativo electrónico correspondiente a los contratos celebrados
bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios;
Que el artículo 2° del Decreto N° 224/13 facultó al/la titular de la Vicejefatura de
Gobierno, a los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo
y a los funcionarios con rango o nivel equivalente, a contratar hasta un monto máximo
de pesos veinte mil ($ 20.000.-), mensuales por contrato, dentro de su disponibilidad
presupuestaria, entre tanto, el artículo 3° faculta al Sr. Ministro de Hacienda y
Finanzas a modificar el monto máximo;
Que mediante la Resolución N° 3599GCABA-MHFGC/23, se elevó el monto máximo
establecido en el artículo 2° del mencionado Decreto a la suma de pesos ochocientos
treinta mil ($ 830.000.-);
Que por el artículo 5° del Decreto N° 224/13 se facultó a los funcionarios mencionados
en el artículo 2° a delegar en las Direcciones Generales de su jurisdicción la
suscripción de los instrumentos contractuales correspondientes;
Que la persona que figura en el anexo I de la presente no se encuentra inscripta en el
Registro de Deudores Alimentarios Morosos creado por la Ley N° 269 (texto
consolidado por Ley N° 6.588) ni percibe ningún subsidio por razones de falta de
empleo y ha declarado bajo juramento, que no se encuentra revistando en la Planta
Permanente o Transitoria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni se
halla vinculada con éste, por contrato alguno o en calidad de pasante o asistente
técnico por convenio con alguna Universidad;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por la normativa vigente y se ha
efectuado la afectación presupuestaria preventiva y definitiva del gasto que origina la
contratación que se propicia, por la suma total de Pesos UN MILLÓN SEISCIENTOS
TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS QUINCE ($1.639.215.-), en la partida
correspondiente al ejercicio presupuestario vigente;
Que por lo expuesto deviene procedente el dictado del acto administrativo que autorice
la contratación en cuestión.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 224/13,
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"1983-2023. 40 Años de Democracia"
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EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO
RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar la contratación de Simoni Melissa Paola, DNI N° 38.614.546,
CUIT N° 27-38614546-1, que se detallan en el Anexo I (IF-202324838766-GCABA-
SECDU), de la presente, para realizar tareas bajo la modalidad de locación de
servicio, en el modo, monto y período indicado en el citado Anexo, en áreas de esta
Secretaria de Desarrollo Urbano.
Artículo 2°.- Delegar a la titular de la Dirección General de Interpretación Urbanística,
de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la suscripción del instrumento contractual
correspondiente.
Artículo 3°.- Autorizar a la Dirección General Contaduría a incluir los importes
mensuales en una Orden General de Pago, correspondiente a lo mencionado en el
artículo 1° de la presente.
Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la
respectiva partida presupuestaria del año 2023.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa, de
la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. García Resta