DECRETO 207 2023

Síntesis:

DENIEGA - POR HABERSE TORNADO ABSTRACTO - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN - INTERPUESTO POR -  FRANCISCO ANTONIO ORTEGA - CONTRA LA PROVIDENCIA N° 11321322-DGARHS/18 - DESESTIMA - RECURSOS JERÁRQUICOS - CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 1229/MJYSGC/18 - POSIBILIDAD DE REALIZAR TAREAS LIVIANAS CON HORARIO REDUCIDO - POLICÍA DE LA CIUDAD

Publicación:

13/07/2023

Sanción:

11/07/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 y la Ley N° 5.688

(textos consolidados por Ley N° 6.588), las Resoluciones Nros. 1229/MJYSGC/18 y

822/MJYSGC/19, los Expedientes Electrónicos Nros. 17202163- GCABA-DGEYTI/19 e

incorporados, y

CONSIDERANDO:

Que por los Expedientes Electrónicos citados en el Visto tramitan los recursos

administrativos oportunamente interpuestos por el señor Francisco Antonio Ortega,

DNI N° 23.117.035, contra la Providencia N° 11321322-DGARHS/18 y la Resolución

N° 1229/MJYSGC/18;

Que el señor Ortega interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio

contra la Providencia N° 11321322-DGARHS/18, mediante la cual se le denegó la

posibilidad de realizar tareas livianas con horario reducido, oportunamente solicitadas

por el recurrente;

Que asimismo interpuso recurso de reconsideración contra la Resolución N°

1229/MJYSGC/2018 que, posteriormente, dispuso su baja definitiva de la Policía de la

Ciudad, conforme las previsiones del artículo 251 inc. 5) de la Ley N° 5.688, invocando

el alta médica dispuesta por su médico particular;

Que con idénticos argumentos a los expuestos contra la mencionada Resolución, el

interesado interpuso recurso jerárquico directo que tramitó en el Expediente

Electrónico N° 20272359-GCABA-DGALSE/19;

Que por Resolución N° 822/MJYSGC/19 se desestimó el recurso de reconsideración

interpuesto contra la Resolución N° 1229/MJYSGC/18;

Que se le notificó al recurrente la posibilidad de mejorar los fundamentos al recurso

jerárquico subsidiario, conforme los términos del artículo 111 de la Ley de

Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;

Que cumplido el plazo legal citado y no habiéndose realizado presentación alguna

tendiente a ampliar o mejorar los fundamentos expresados en el recurso de

reconsideración y reiterados dichos fundamentos en el recurso jerárquico directo ya

citado, corresponde confirmar la medida adoptada por la Resolución N°

1229/MJYSGC/18;

Que respecto al Recurso incoado contra la Providencia N° 11321322-DGARHS/18, a

la fecha se ha tornado abstracto, toda vez que la Administración dispuso la baja

definitiva del recurrente de la Policía de la Ciudad mediante la precitada Resolución N°

1229/MJYSGC/18;

Que a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en estas actuaciones y lo

aconsejado por la Procuración General en su dictamen IF-2020-06979755-GCABA-

DGEMPP, corresponde desestimar los recursos interpuestos;

Que por lo dicho, resulta necesario el dictado del acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Denegar, por haberse tornado abstracto, el recurso de reconsideración

interpuesto por el señor Francisco Antonio Ortega, DNI N° 23.117.035, contra la

Providencia N° 11321322-DGARHS/18.

Artículo 2°.- Desestimar los recursos jerárquicos interpuestos por el señor Francisco

Antonio ORTEGA, DNI N° 23.117.035, contra la Resolución N° 1229/MJYSGC/18.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

al interesado, con copia del Dictamen Jurídico IF-2020-06979755-GCABA-DGEMPP,

dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio

de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123

de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

(texto consolidado según Ley N° 6.588). Comuníquese a la Procuración General de la

Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remítase al

Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -

Miguel