DECRETO 207 2023
Síntesis:
DENIEGA - POR HABERSE TORNADO ABSTRACTO - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN - INTERPUESTO POR - FRANCISCO ANTONIO ORTEGA - CONTRA LA PROVIDENCIA N° 11321322-DGARHS/18 - DESESTIMA - RECURSOS JERÁRQUICOS - CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 1229/MJYSGC/18 - POSIBILIDAD DE REALIZAR TAREAS LIVIANAS CON HORARIO REDUCIDO - POLICÍA DE LA CIUDAD
Publicación:
13/07/2023
Sanción:
11/07/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 y la Ley N° 5.688
(textos consolidados por Ley N° 6.588), las Resoluciones Nros. 1229/MJYSGC/18 y
822/MJYSGC/19, los Expedientes Electrónicos Nros. 17202163- GCABA-DGEYTI/19 e
incorporados, y
CONSIDERANDO:
Que por los Expedientes Electrónicos citados en el Visto tramitan los recursos
administrativos oportunamente interpuestos por el señor Francisco Antonio Ortega,
DNI N° 23.117.035, contra la Providencia N° 11321322-DGARHS/18 y la Resolución
N° 1229/MJYSGC/18;
Que el señor Ortega interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio
contra la Providencia N° 11321322-DGARHS/18, mediante la cual se le denegó la
posibilidad de realizar tareas livianas con horario reducido, oportunamente solicitadas
por el recurrente;
Que asimismo interpuso recurso de reconsideración contra la Resolución N°
1229/MJYSGC/2018 que, posteriormente, dispuso su baja definitiva de la Policía de la
Ciudad, conforme las previsiones del artículo 251 inc. 5) de la Ley N° 5.688, invocando
el alta médica dispuesta por su médico particular;
Que con idénticos argumentos a los expuestos contra la mencionada Resolución, el
interesado interpuso recurso jerárquico directo que tramitó en el Expediente
Electrónico N° 20272359-GCABA-DGALSE/19;
Que por Resolución N° 822/MJYSGC/19 se desestimó el recurso de reconsideración
interpuesto contra la Resolución N° 1229/MJYSGC/18;
Que se le notificó al recurrente la posibilidad de mejorar los fundamentos al recurso
jerárquico subsidiario, conforme los términos del artículo 111 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;
Que cumplido el plazo legal citado y no habiéndose realizado presentación alguna
tendiente a ampliar o mejorar los fundamentos expresados en el recurso de
reconsideración y reiterados dichos fundamentos en el recurso jerárquico directo ya
citado, corresponde confirmar la medida adoptada por la Resolución N°
1229/MJYSGC/18;
Que respecto al Recurso incoado contra la Providencia N° 11321322-DGARHS/18, a
la fecha se ha tornado abstracto, toda vez que la Administración dispuso la baja
definitiva del recurrente de la Policía de la Ciudad mediante la precitada Resolución N°
1229/MJYSGC/18;
Que a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en estas actuaciones y lo
aconsejado por la Procuración General en su dictamen IF-2020-06979755-GCABA-
DGEMPP, corresponde desestimar los recursos interpuestos;
Que por lo dicho, resulta necesario el dictado del acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Denegar, por haberse tornado abstracto, el recurso de reconsideración
interpuesto por el señor Francisco Antonio Ortega, DNI N° 23.117.035, contra la
Providencia N° 11321322-DGARHS/18.
Artículo 2°.- Desestimar los recursos jerárquicos interpuestos por el señor Francisco
Antonio ORTEGA, DNI N° 23.117.035, contra la Resolución N° 1229/MJYSGC/18.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado, con copia del Dictamen Jurídico IF-2020-06979755-GCABA-DGEMPP,
dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio
de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123
de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(texto consolidado según Ley N° 6.588). Comuníquese a la Procuración General de la
Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remítase al
Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -
Miguel