DECRETO 208 2023

Síntesis:

APRUEBAN PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - CONTRATACIÓN - MANTENIMIENTO INTEGRAL DEL ARBOLADO PÚBLICO LINEAL O VIARIO Y SERVICIOS CONEXOS - DELEGA - SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y GESTIÓN COMUNAL - UNIDAD DE PROYECCIÓN FEDERAL Y DESARROLLO TERRITORIAL - LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA N° 230-1151-LPU23

Publicación:

13/07/2023

Sanción:

12/07/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros. 1.218 y 2.095 (textos consolidados según Ley N° 6.588) y su

modificatoria N° 6.647, los Decretos Nros. 463/19 y su modificatorio N° 465/22 y

129/23, la Disposición N° 333-DGCYC/23, el Expediente Electrónico N° 26020004-

GCABA-SECACGC/23, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Expediente Electrónico citado en el Visto, tramita la solicitud de

contratación del servicio de "Mantenimiento Integral del Arbolado Público Lineal o

Viario y Servicios Conexos", con destino a las Comunas de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y a la Dirección General de Espacios Verdes y Arbolado dependiente de

la Subsecretaría de Gestión Comunal de la Secretaría de Atención Ciudadana y

Gestión Comunal de la Unidad de Proyección Federal y Desarrollo Territorial al

amparo de lo establecido por los artículos 32, 33 y 41 de la Ley N° 2.095 (Texto

Consolidado por Ley N° 6.588) y modificatoria, y su Decreto Reglamentario N° 129/23,

por un plazo de treinta y seis (36) meses cuyo presupuesto oficial asciende a la suma

de pesos cuarenta y nueve mil ochocientos cincuenta y tres millones treinta y dos mil

novecientos noventa y ocho con 45/100 ($ 49.853.032.998,45.-);

Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas para los procesos de compras y

contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 129/23 se aprobó la reglamentación de la citada de Ley

Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires N° 2.095 y se fijaron los

niveles de decisión y cuadro de competencias conforme se detalla en sus Anexos II,

III, IV, V y VI;

Que por Disposición N° 333-DGCYC/23 la Dirección General de Compras y

Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de compras y

contrataciones y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 19, inciso j), de

la Ley N° 2.095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

Que el objeto del mentado servicio abarca todas las acciones tendientes a garantizar

el mantenimiento básico del arbolado público urbano lineal o viario, por lo cual

contempla la construcción de planteras, la provisión y plantación de ejemplares, su

posterior mantenimiento, como asimismo intervenciones en materia de poda, poda de

raíces, extracciones y reconstrucción de veredas;

Que a su vez se prevén intervenciones en materia de despeje de interferencias,

tendientes a garantizar la seguridad de personas y/o bienes;

Que atento a ello y la naturaleza de la prestación, teniendo en consideración que no

resulta posible determinar con precisión la cantidad de unidades a contratar durante la

vigencia del contrato, siendo estimativas para el período total de la contratación,

resulta necesario contratar bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta;

Que, atendiendo a las especificaciones de la presente contratación y los ciclos

biológicos comprometidos, tales como el establecimiento y arraigado de las nuevas

forestaciones, se prevé un plazo de contratación de TREINTA Y SEIS (36) meses

consecutivos e ininterrumpidos contados a partir de la fecha de comienzo fijada en el

Acta de Inicio;

Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

hasta el nivel de Dirección General;

Que de conformidad a las competencias atribuidas mediante Decreto N° 465/22

corresponde a la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal dependiente

de la Unidad de Proyección Federal y Desarrollo Territorial, entender en el

mantenimiento integral de los espacios verdes y el arbolado público en el ejido de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires como así también entender en el diseño de

políticas tendientes a mantener el espacio público comunal, a partir de la aplicación de

la Ley N° 1.777;

Que a los fines de lograr mayor eficiencia, celeridad y eficacia, resulta conveniente

delegar en la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal dependiente de la

Unidad de Proyección Federal y Desarrollo Territorial, la facultad de autorizar la

presente y de efectuar el llamado a Licitación Pública, emitir circulares con y sin

consultas sobre la documentación licitatoria, la prórroga del acto de apertura, como así

también de dictar todos los actos administrativos que fueran necesarios para la

tramitación y adjudicación de la pertinente Licitación Pública y de aquellos que sean

necesarios para la ejecución y control de la contratación desde su materialización y

hasta su finalización, la designación de los integrantes que compondrán la Comisión

de Evaluación de Ofertas, la emisión de la/s pertinente/s orden/es de compra,

solicitudes de provisión, la ampliación y/o disminución del total adjudicado, la prórroga

y de continuidad del plazo de duración, la aplicación de penalidades, la rescisión y en

general cualquier otra medida que haga al cumplimiento de la misma;

Que han tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Seguros y

la Gerencia Operativa de Registros, ambas dependientes de la Dirección General de

Compras y Contrataciones y la Dirección General Redeterminación de Precios, todas

del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado intervención en el marco de lo

dispuesto por la Ley N° 1.218 (texto consolidado según Ley N° 6.588);

Que, atento a lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2023-

26376459- GCABA-SECACGC) y el Pliego de Especificaciones Técnicas (PLIEG-

2023-26428783-GCABA-DGEVYA) que a todos sus efectos forman parte integrante

del presente Decreto, tendientes a la contratación del "Mantenimiento Integral del

Arbolado Público Lineal o Viario y Servicios Conexos", por un plazo de treinta y seis

(36) meses, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de pesos cuarenta y nueve

mil ochocientos cincuenta y tres millones treinta y dos mil novecientos noventa y ocho

con 45/100 ($ 49.853.032.998,45.-), de conformidad con lo previsto en los artículos 32,

33 y 41 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por la Ley N° 6.588) y su modificatoria.-

Artículo 2°.- Delegar en la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal

dependiente de la Unidad de Proyección Federal y Desarrollo Territorial, la facultad de

autorizar la Licitación Pública N° 230-1151-LPU23, efectuar el llamado a Licitación

Pública, emitir circulares con y sin consultas sobre la documentación licitatoria, la

prórroga del acto de apertura, como así también de dictar todos los actos

administrativos que fueran necesarios para la tramitación y adjudicación de la

pertinente Licitación Pública y de aquellos que sean necesarios para la ejecución y

control de la contratación desde su materialización y hasta su finalización, la

designación de los integrantes que compondrán la Comisión de Evaluación de Ofertas,

la emisión de la/s pertinente/s orden/es de compra, solicitudes de provisión, la

ampliación y/o disminución del total adjudicado, la prórroga y de continuidad del plazo

de duración, la aplicación de penalidades, la rescisión y en general cualquier otra

medida que haga al cumplimiento de la misma.-

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.-

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el

portal www.buenosairescompras.gob.ar. Remítase a la Secretaría de Atención

Ciudadana y Gestión Comunal para la prosecución del trámite. RODRÍGUEZ

LARRETA - Miguel


ANEXOS