ACORDADA 16 2023 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Síntesis:
REEMPLAZA ARTÍCULO 16 - REGLAMENTO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - ACORDADA N° 7/98 Y SUS MODIFICATORIAS - EMPLEADOS PARA SER DESIGNADO EMPLEADO DEL TRIBUNAL SUPERIOR - REQUISITOS
Publicación:
17/07/2023
Sanción:
13/07/2023
Organismo:
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Se reúne el Tribunal Superior de Justicia, integrado por su presidente, la juez Inés M.
Weinberg, su vicepresidenta, la jueza Alicia E. C. Ruiz, el juez Luis Francisco Lozano,
la jueza Marcela De Langhe, y el juez Santiago Otamendi; y
CONSIDERAN:
La Ley n° 4376 de la Ciudad de Política Pública para el reconocimiento y ejercicio
pleno de la ciudadanía de las personas Lesbianas, Gays, Trans, Bisexuales e
Intersexuales (LEGTBI), por su artículo 5, inciso c), establece: "Trabajo digno: diseña
estrategias para garantizar que las personas LGTBI accedan a oportunidades de
trabajo digno y de generación de ingresos, integrando acciones que fomenten la
formación para el empleo, promoviendo la articulación de actores para el apoyo al
emprendimiento y la erradicación de las prácticas discriminatorias en el ámbito local.
Propone la incorporación, en una proporción no inferior al cinco (5) por ciento, de
personas del colectivo trans en el sector público de la Ciudad".
Ello requiere la modificación del art. 16 del Reglamento Interno.
Ha tomado intervención la Asesoría Jurídica con su dictamen DT-2023-19208-TSJ-
AJURIDICA, sin formular observaciones.
Por ello, en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 114 de la Constitución
de la Ciudad;
1. Reemplazar el artículo 16 del Reglamento del Tribunal Superior de Justicia -
Acordada n° 7/1998 y sus modificaciones-, por el siguiente: "16. Empleados Para ser
designado empleado del Tribunal Superior se requiere:
a) ser de nacionalidad argentina;
b) idoneidad para el cargo conforme al régimen de selección que el tribunal
establezca;
c) aptitud psico-física para el cargo, que se verificará por un examen profesional
previo;
d) dieciocho (18) años cumplidos como mínimo; y
e) estudios secundarios completos o título habilitante para aquéllos que desempeñen
cargos en áreas técnico-profesionales, requisito del que se exceptúa al personal de
servicios o maestranza por resolución del Tribunal Superior, expresada fundadamente
en el momento del nombramiento. El Tribunal Superior dispondrá de un cinco por
ciento (5%) de los cargos, como mínimo, para personas con necesidades especiales
que puedan cumplir correctamente el servicio; así como de un cinco por ciento (5%) de
los cargos, como mínimo, para personas del colectivo trans, que puedan cumplir
correctamente el servicio. Los ex combatientes en la guerra del Atlántico Sud,
residentes en la ciudad, tendrán preferencia para su designación en las condiciones de
la cláusula transitoria vigesimoprimera de la Constitución de la Ciudad".
2. Mandar se registre, se notifique a todos los agentes del Tribunal y se publique por
un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Weinberg -
De Langhe - Ruiz - Otamendi - Lozano - Benarroch