DECRETO 211 2023

Síntesis:

SANCIONA - CESANTÍA - JULIÁN DANIEL MENDOZZI - SUMARIO ADMINISTRATIVO N° 231-20

Publicación:

18/07/2023

Sanción:

14/07/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su

modificatoria Ley N° 6.544, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de

Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (texto

consolidado por Ley N° 6.588), la Resolución N° 1.780/MEDGC/20, el Expediente

Electrónico N° 33.614.820-GCABA-ESC201512/19, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 1.780/MEDGC/20 se dispuso la instrucción del Sumario

Administrativo N° 231/20 a fin de investigar los hechos y deslindar las

responsabilidades que pudieran corresponder sobre las presuntas conductas

disvaliosas en las que habría incurrido el agente Julián Daniel Mendozzi (D.N.I. N°

24.112.592 - F.C. N° 424.935), en su carácter de Bibliotecario del Colegio N° 8 "Julio

Roca" Distrito Escolar N° 10, de esta Ciudad;

Que, abierta la etapa de instrucción, en mérito de los antecedentes y de las pruebas

recabadas, se decretó el llamado a prestar declaración indagatoria del mencionado

agente Julián Daniel Mendozzi;

Que, habida cuenta de las constancias obrantes, se le formuló el respectivo cargo

administrativo;

Que la Junta de Disciplina, tomó intervención de su competencia, y acordó por

unanimidad con los cargos formulados por la Dirección General de Sumarios de la

Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el agente en cuestión fue debidamente notificado de los cargos enrostrados como

así también de su derecho a tomar vista de las actuaciones para ofrecer descargo y

prueba;

Que en mérito a lo expuesto, el sumariado presentó su correspondiente defensa, en la

que ofreció prueba documental, informativa, pericial psicológica y tecnológica y

testimonial;

Que no restando medios de prueba pendientes de producción, se dispuso la clausura

de la etapa de instrucción;

Que la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de

Buenos Aires en su Dictamen Jurídico identificado como N° IF-2023-15031088-

GCABA-DGSUM, luego de un pormenorizado análisis de los hechos, del descargo

formulado por el agente, de las pruebas colectadas, el alegato, y teniendo por probada

la ocurrencia del hecho disvalioso, aconsejó sancionar con cesantía al agente Julián

Daniel Mendozzi (D.N.I. N° 24.112.592 - F.C. N° 424.935) por haber sido hallado

responsable de los cargos formulados en el Sumario Administrativo N° 231/20 y con

ello transgredir los deberes previstos en el artículo 6°, incisos c) y d) de la Ordenanza

N° 40.593 (texto consolidado por Ley N ° 6.588) y la prohibición establecida en el

inciso 10) del artículo 74 de la Resolución N° 4.776/MEGC/06 y modificatorias,

quedando aprehendida su conducta en las previsiones del artículo 36 inciso f) de la

citada Ordenanza;

Que el Procurador General de la Ciudad de Buenos Aires acordó con la sanción

aconsejada;

Que la Junta de Disciplina, tomó nuevamente intervención, mediante Dictamen de

Firma Conjunta identificado como N° IF-2023-16493528-GCABA-DGCDO,

coincidiendo con la sanción expresada por la Dirección General de Sumarios de la

Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional dependiente del

Ministerio de Educación ha tomado la intervención atento su competencia;

Que conforme surge de los actuados, el docente no se encuentra amparado con

mandato gremial consagrado por la Ley Nacional N° 23.551;

Que atento ello, lo dictaminado oportunamente por la Procuración General de la

Ciudad y la valoración efectuada sobre los elementos probatorios y demás constancias

obrantes en autos, corresponde se dicte el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 38 de la Ordenanza

N° 40.593,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Sancionar con cesantía al agente Julián Daniel Mendozzi (D.N.I. N°

24.112.592 F.C. N° 424.935), por haber sido hallado responsable del cargo

formulado en el Sumario Administrativo N° 231/20, y con ello transgredido los deberes

establecidos en el artículo 6° incisos c) y d), de la Ordenanza N° 40.593 y su

modificatoria Ley N° 6.544, y la prohibición establecida en el inciso 10) del artículo 74

de la Resolución N° 4.776/MEGC/06 y modificatorias, quedando aprehendida su

conducta en las previsiones del artículo 36, inciso f), de la citada Ordenanza.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación y

por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese

al señor Julián Daniel Mendozzi (D.N.I. N° 24.112.592 - F.C. N° 424.935), en los

términos del artículo 63 del Decreto N° 1.510/97, con copia del Dictamen IF-2023-

15031088-GCABA-DGSUM, haciéndole saber que el presente acto agota la instancia

administrativa, sin perjuicio de que podrá articular dentro del plazo de diez (10) días

hábiles, el recurso de reconsideración de conformidad con lo dispuesto en el artículo

50 de la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su modificatoria

por Ley N° 6.544, o el recurso previsto en el artículo 466 del Código Contencioso

Administrativo y Tributario, aprobado por Ley N° 189 (texto consolidado por Ley N°

6.588). Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos

dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Procuración General de la

Ciudad. Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de

Coordinación Legal e Institucional dependiente del Ministerio de Educación. Cumplido,

archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Miguel