DISPOSICIÓN 52 2023 DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO
Síntesis:
APRUEBA REALIZACIÓN - ACTIVIDAD VACACIONES DE INVIERNO EN EL PARQUE - PARQUE DE LA ESTACIÓN - PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES
Publicación:
18/07/2023
Sanción:
13/07/2023
Organismo:
DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.588); el Decreto N° 463/19
y sus modificatorios; las Resoluciones 2940-MCGC/21, 2011-MCGC/22 y 9320-
MCGC/22; el Expediente Electrónico N° 26756644-GCABA-DGPSE/23, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.588), se sancionó la Ley
de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando,
en su artículo 2°, al Ministerio de Cultura;
Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificaciones se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General, fijando dentro de las
responsabilidades primarias de la Dirección General Planificación y Seguimiento la de
"Coordinar la relación del Ministerio con actores públicos y privados del ámbito
cultural";
Que, mediante Resolución N° 2940-MCGC/21, se creó el Programa ëAbasto Barrio
Cultural - Abasto Abiertoû, con el objetivo de fomentar la actividad cultural e identidad
del Abasto, como zona identitaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en todas
sus disciplinas para continuar sosteniendo el trabajo de artistas, creadores y gestores
en el marco de la pandemia por el virus COVID-19 (Coronavirus), en transición gradual
hacia la plena presencialidad en observancia de los protocolos de emergencia
sanitaria vigentes;
Que por la Resolución N° 2011-MCGC/22 se modificó la denominación del citado
programa por la de "Abasto Barrio Cultural" y se aprobó la 2° edición, para el año
2022;
Que por la Resolución N° 9320-MCGC/22 se aprobó la 3° edición del Programa
Abasto Barrio Cultural, para el año 2023;
Que la mencionada norma determina que la Dirección General Planificación y
Seguimiento será la autoridad de aplicación del Programa, estando facultada para
instrumentar las convocatorias, eventos y demás acciones tendientes a la consecución
de los propósitos y objetivos del mentado programa y dentro de sus alcances
programáticos, así como para adoptar las medidas reglamentarias y operativas
necesarias para su implementación;
Que resulta oportuno aprobar el ciclo de actividades "Vacaciones de Invierno en el
Parque", en el marco del mencionado Programa, mediante un conjunto de acciones
artístico-culturales y de esparcimiento concebidas especialmente para las niñas, los
niños y personas adolescentes de la Ciudad, y que fomenten la actividad cultural y la
identidad del sector barrial conocido como "Abasto" de esta Ciudad con miras a al
receso invernal del corriente año, en las inmediaciones e instalaciones del Parque de
la Estación, sito en Tte. Gral. Juan Domingo Perón 3326, de esta Ciudad, con
participación libre y gratuita, sin perjuicio de aquellas que han sido reservadas para el
programa Escuela de Invierno del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, por todo lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Aprobar "Vacaciones de Invierno en el Parque", a llevarse a cabo en las
instalaciones e inmediaciones del Parque de la Estación, sito en Tte. Gral. Juan
Domingo Perón 3326, con las actividades artístico-culturales contempladas en el
Anexo de la presente Disposición, del 15 al 29 de julio de 2023, en el horario de 10:30
a 18:00 h.
Artículo 2°.- Aprobar la programación de actividades descritas en el Anexo identificado
como DI-2023-26763856-GCABA-DGPSE, que a todos sus efectos forma parte
integrante de la presente.
Artículo 3°.- Invitar a los vecinos, vecinas y visitantes de la Ciudad de Buenos Aires a
participar de las actividades descritas en el Anexo de la presente.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio
web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y
demás efectos comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Slauscius