DISPOSICIÓN 52 2023 DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO

Síntesis:

APRUEBA REALIZACIÓN - ACTIVIDAD VACACIONES DE INVIERNO EN EL PARQUE -  PARQUE DE LA ESTACIÓN - PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES

Publicación:

18/07/2023

Sanción:

13/07/2023

Organismo:

DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO


VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.588); el Decreto N° 463/19

y sus modificatorios; las Resoluciones 2940-MCGC/21, 2011-MCGC/22 y 9320-

MCGC/22; el Expediente Electrónico N° 26756644-GCABA-DGPSE/23, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.588), se sancionó la Ley

de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando,

en su artículo 2°, al Ministerio de Cultura;

Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificaciones se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General, fijando dentro de las

responsabilidades primarias de la Dirección General Planificación y Seguimiento la de

"Coordinar la relación del Ministerio con actores públicos y privados del ámbito

cultural";

Que, mediante Resolución N° 2940-MCGC/21, se creó el Programa «Abasto Barrio

Cultural - Abasto Abierto», con el objetivo de fomentar la actividad cultural e identidad

del Abasto, como zona identitaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en todas

sus disciplinas para continuar sosteniendo el trabajo de artistas, creadores y gestores

en el marco de la pandemia por el virus COVID-19 (Coronavirus), en transición gradual

hacia la plena presencialidad en observancia de los protocolos de emergencia

sanitaria vigentes;

Que por la Resolución N° 2011-MCGC/22 se modificó la denominación del citado

programa por la de "Abasto Barrio Cultural" y se aprobó la 2° edición, para el año

2022;

Que por la Resolución N° 9320-MCGC/22 se aprobó la 3° edición del Programa

Abasto Barrio Cultural, para el año 2023;

Que la mencionada norma determina que la Dirección General Planificación y

Seguimiento será la autoridad de aplicación del Programa, estando facultada para

instrumentar las convocatorias, eventos y demás acciones tendientes a la consecución

de los propósitos y objetivos del mentado programa y dentro de sus alcances

programáticos, así como para adoptar las medidas reglamentarias y operativas

necesarias para su implementación;

Que resulta oportuno aprobar el ciclo de actividades "Vacaciones de Invierno en el

Parque", en el marco del mencionado Programa, mediante un conjunto de acciones

artístico-culturales y de esparcimiento concebidas especialmente para las niñas, los

niños y personas adolescentes de la Ciudad, y que fomenten la actividad cultural y la

identidad del sector barrial conocido como "Abasto" de esta Ciudad con miras a al

receso invernal del corriente año, en las inmediaciones e instalaciones del Parque de

la Estación, sito en Tte. Gral. Juan Domingo Perón 3326, de esta Ciudad, con

participación libre y gratuita, sin perjuicio de aquellas que han sido reservadas para el

programa Escuela de Invierno del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, por todo lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

LA DIRECTORA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO

DISPONE

Artículo 1°.- Aprobar "Vacaciones de Invierno en el Parque", a llevarse a cabo en las

instalaciones e inmediaciones del Parque de la Estación, sito en Tte. Gral. Juan

Domingo Perón 3326, con las actividades artístico-culturales contempladas en el

Anexo de la presente Disposición, del 15 al 29 de julio de 2023, en el horario de 10:30

a 18:00 h.

Artículo 2°.- Aprobar la programación de actividades descritas en el Anexo identificado

como DI-2023-26763856-GCABA-DGPSE, que a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente.

Artículo 3°.- Invitar a los vecinos, vecinas y visitantes de la Ciudad de Buenos Aires a

participar de las actividades descritas en el Anexo de la presente.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio

web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y

demás efectos comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Slauscius


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6663

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 52-DGPSE/23 aprueba la actividad “Vacaciones de Invierno en el Parque”, en el marco del programa Abasto Barrio Cultural aprobado mediante la Resolución N° 9320-MCGC/22.</p>