DECRETO 214 2023

Síntesis:

DELEGA FACULTADES - APROBAR - PLIEGOS - BASES Y CONDICIONES PARTICULARES - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - ANEXOS - CONTRATACIÓN -SERVICIO DE LIMPIEZA DE TRAMOS DESCUBIERTOS DE DIVERSOS ARROYOS QUE DESEMBOCAN EN EL RÍO DE LA PLATA Y EL RIACHUELO Y LA CORRECTA GESTIÓN DE RESIDUOS EN EL MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA - REQUERIDO POR - DIRECCIÓN GENERAL LIMPIEZA - SUBSECRETARÍA DE HIGIENE URBANA - MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA - PLAZO CUARENTA Y OCHO MESES

Publicación:

19/07/2023

Sanción:

17/07/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros. 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.588) y su

modificatoria N° 6.647 y 6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.588), el Decreto N°

129/23, la Disposición N° 333-DGCYC/23, el Expediente Electrónico N° 26607517-

GCABA- DGLIM/23, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la solicitud de

Contratación del "Servicio de limpieza de tramos descubiertos de diversos arroyos que

desembocan en el Río de la Plata y el Riachuelo y la correcta gestión de residuos"

requerido por la Dirección General Limpieza, dependiente de la Subsecretaría de

Higiene Urbana del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, por un plazo de

cuarenta y ocho (48) meses consecutivos e ininterrumpidos, cuyo presupuesto oficial

asciende a la suma de pesos siete mil dieciocho millones quinientos ochenta y seis mil

noventa y nueve con 93/100 ($ 7.018.586.099,93);

Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas para los procesos de compras,

ventas y contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 129/23 aprobó la reglamentación de la Ley N° 2.095 y fijó los

niveles de decisión y cuadro de competencias conforme se detalla en sus Anexos II,

III, IV, V, VI y VII;

Que por Disposición N° 333-DGCYC/23 la Dirección General de Compras y

Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de compras y

contrataciones y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 19, inciso j), de

la Ley N° 2.095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

Que, a fin de concretar la contratación precitada, resulta oportuno la celebración de

una Licitación Pública encuadrada en lo dispuesto por los artículos 31, 32, 44 y

concordantes de la Ley N° 2.095;

Que, conforme el artículo 24 de la Ley N° 6.292 de Ministerios, corresponde al

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana asistir al Jefe de Gobierno en lo

inherente a sus competencias, entre las que se encuentran la de regular, controlar y

administrar el sistema de la red pluvial, incluidos los lagos y lagunas, y las tareas de

saneamiento hídrico y la de regular, controlar y administrar los servicios de higiene

urbana y el tratamiento, recuperación, reciclaje y disposición de los residuos;

Que, atento el carácter especializado de la contratación y con el objeto de lograr una

mayor celeridad, resulta conveniente autorizar al Ministerio de Espacio Público e

Higiene Urbana a aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, sus

Anexos y de Especificaciones Técnicas, efectuar el llamado a Licitación Pública, emitir

circulares con y sin consulta sobre la documentación licitatoria, la prórroga del acto de

apertura, como así también dictar todos los actos administrativos que fueran

necesarios para la tramitación y adjudicación de la pertinente Licitación Pública y de

aquellos que sean necesarios para la ejecución y control de la contratación desde su

materialización y hasta su finalización, la designación de los integrantes que

compondrán la Comisión de Evaluación de Ofertas, la emisión de la/s pertinente/s

orden/es de compra, la ampliación y/o disminución del total adjudicado, del plazo, de

su prórroga y continuidad, la aplicación de penalidades, la rescisión del contrato

suscripto y en general cualquier otra circunstancia que haga al cumplimiento del

mismo, todo ello en el marco de la normativa aplicable;

Que, atento a lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Delegar en el Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana la facultad

de aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones

Técnicas y sus anexos, para la contratación del "Servicio de limpieza de tramos

descubiertos de diversos arroyos que desembocan en el Río de la Plata y el Riachuelo

y la correcta gestión de residuos" requerido por la Dirección General Limpieza,

dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana del Ministerio de Espacio Público

e Higiene Urbana, por un plazo de cuarenta y ocho (48) meses, efectuar el llamado a

Licitación Pública, emitir circulares con y sin consulta sobre la documentación

licitatoria, la prórroga del acto de apertura, como así también dictar todos los actos

administrativos que fueren necesarios para la tramitación, adjudicación y ejecución de

la pertinente Licitación Pública y de aquellos desde su materialización y hasta su

finalización, la designación a los integrantes que compondrán la Comisión de

Evaluación de Ofertas, la emisión de la/s pertinente/s orden/es de compra, la

ampliación y/o disminución del total adjudicado, de su prórroga y continuidad, la

aplicación de penalidades, la rescisión del contrato suscripto y en general cualquier

otra circunstancia que haga al cumplimiento del mismo.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Espacio

Público e Higiene Urbana y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el

portal www.buenosairescompras.gob.ar. Remítase a la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana para la

prosecución del trámite licitatorio. RODRÍGUEZ LARRETA - Muzzio - Miguel