RESOLUCIÓN 1471 2004 SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO
Síntesis:
ASIGNA SENTIDO DE CIRCULACIÓN EN DISTINTAS ARTERIAS - MODIFICACIÓN - AVENIDA SUÁREZ DESDE HERRERA HASTA AVENIDA MONTES DE OCA, DE OESTE A ESTE - MODIFICA EL DECRETO - CALLES - MANO ÚNICA - ORDENANZA 10407-47
Publicación:
20/01/2005
Sanción:
29/12/2004
Organismo:
SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO
Visto el Expediente N° 74.090/04, y
CONSIDERANDO:
Que el Centro de Gestión y Participación N° 3 propone la asignación de sentido único de circulación a la avenida Suárez desde Herrera a avenida Montes de Oca, de Oeste a Este;
Que dicha propuesta tiende a minimizar los actuales congestionamientos de tránsito que se observan en la intersección de avenida Suárez con la calle General Hornos;
Que la adopción de tal temperamento reducirá sensiblemente el tiempo de espera del tránsito pesado, para el giro a la izquierda en dirección a la Autopista 9 de Julio hacia el puerto;
Por ello, conforme las atribuciones otorgadas por la Ley N° 217 (B.O.C.B.A. N° 760) y la delegación prevista en el artículo 1° del Decreto N° 515-GCBA/00 (B.O.C.B.A. N° 926);
Artículo 1° - Incorpórase a las disposiciones del Decreto Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8.174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, con carácter experimental y evaluativo, por el término de noventa (90) días corridos a partir de su vigencia, al siguiente tramo de arteria de la forma que se indica:
Avenida Suárez: desde Herrera hasta avenida Montes de Oca, de Oeste a Este.
Artículo 2° - La presente Resolución requiere la instalación del pertinente señalamiento vertical, y la adecuación del señalamiento luminoso existente, que proyectará y realizará la Dirección General de Tránsito y Transporte, la que fijará mediante el dictado de Disposición, la fecha y hora de su vigencia.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro del término previsto en el artículo 2° de la Ley N° 217, gírese copia certificada a la Legislatura la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, comuníquese a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, y remítase a la Dirección General de Tránsito y Transporte la que comunicará a la Policía Federal Argentina y al Centro de Gestión y Participación N° 3.