DECRETO 220 2023

Síntesis:

SANCIONA - CESANTÍA - AGENTE - LUNA EVA FALASCHI - SUMARIO ADMINISTRATIVO N° 71/2022 - DOCENTE - ESCUELA N° 14 JOSÉ ANTONIO CABRERA - DISTRITO ESCOLAR N° 13 - LICENCIA MÉDICA - CERTIFICADOS MÉDICOS PRESUNTAMENTE APÓCRIFOS

Publicación:

01/08/2023

Sanción:

28/07/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su

modificatoria Ley N° 6.544, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de

Buenos Aires, aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97 (texto

consolidado por Ley N° 6.588), la Resolución N° 1.110- MEDGC/22, el Expediente

Electrónico N° 20061032-GCABA-DGAMT/21, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 1.110-MEDGC/22 se dispuso la instrucción de sumario

administrativo a fin de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades a que

hubiere lugar en relación a la situación irregular en que se hallaría incursa la agente

Luna Eva Falaschi (DNI N° 38.996.763), en su carácter de Docente de la Escuela N°

14 "José Antonio Cabrera" Distrito Escolar N° 13, quien solicitó una licencia médica a

través de la plataforma MIA (Mi Autogestión), presentando certificados médicos

presuntamente apócrifos;

Que, abierta la etapa de instrucción, en mérito de los antecedentes y de las pruebas

recabadas, se decretó el llamado a prestar declaración indagatoria de la mencionada

agente Luna Eva Falaschi, la que fue desarrollada por ante el organismo instructor;

Que, habida cuenta de las constancias obrantes, se le formularon los respectivos

cargos administrativos;

Que la Junta de Disciplina, tomó intervención de su competencia, y acordó por

unanimidad con los cargos formulados por la Dirección General de Sumarios de la

Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la agente en cuestión fue debidamente notificada de los cargos formulados como

así también de su derecho a tomar vista de las actuaciones para ofrecer descargo y

prueba;

Que en mérito a lo expuesto, la sumariada presentó su correspondiente defensa;

Que habiendo sido notificada del plazo para alegar, la agente Luna Eva Falaschi no

hizo uso del mismo, dándosele por decaído su derecho;

Que no restando medios de prueba pendientes de producción, se dispuso la clausura

de la etapa de instrucción;

Que la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de

Buenos Aires en su Dictamen Jurídico identificado como N° IF-2023-13083567-

GCABA-DGSUM, luego de un pormenorizado análisis de los hechos, el descargo

formulado por la agente, la prueba colectada y teniendo por probada la ocurrencia de

los hechos disvaliosos, aconsejó sancionar con cesantía a la agente Luna Eva

Falaschi por haber sido hallada responsable de los cargos formulados en el Sumario

Administrativo N° 71/2022y con ello transgredir los deberes establecidos en el del

artículo 6°, incisos c), d) y g) del Estatuto del Docente (Ordenanza N° 40.593 (texto

consolidado por Ley N° 6.588) y su modificatoria por Ley N° 6.544, quedando

aprehendida su conducta en la previsión contemplada en el artículo 36, inciso f) del

citado Estatuto del Docente...";

Que el Procurador General Adjunto de Asuntos Institucionales y Empleo Público

acordó con la sanción aconsejada;

Que la Junta de Disciplina tomó nuevamente intervención, mediante Dictamen de

Firma Conjunta identificado como N° IF-2023-14483041-GCABA-DGCDO,

coincidiendo con la sanción expresada por la Dirección General de Sumarios de la

Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional dependiente del Ministerio

de Educación ha tomado intervención atento su competencia;

Que conforme surge de los actuados, la docente no se encuentra amparada con

mandato gremial consagrado por la Ley Nacional N° 23.551;

Que atento ello, lo dictaminado oportunamente por la Procuración General de la

Ciudad y la valoración efectuada sobre los elementos probatorios y demás constancias

obrantes en autos, corresponde se dicte el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 38 de la Ordenanza

N° 40.593,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Sancionar con cesantía a la agente Luna Eva Falaschi (DNI N°

38.996.763), por haber sido hallada responsable de los cargos formulados en el

Sumario Administrativo N° 71/2022, y con ello transgredido los deberes establecidos

en el artículo 6°, incisos c), d) y g), de la Ordenanza N ° 40.593 y su modificatoria por

Ley N° 6.544, quedando aprehendida su conducta en la previsión contenida en el

artículo 36, inciso f), de la citada Ordenanza.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación y

por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese

a la señora Luna Eva Falaschi (DNI N° 38.996.763), en los términos del artículo 63 del

Decreto N° 1.510/97, con copia del Dictamen IF-2023-13083567-GCABA-DGSUM,

haciéndole saber que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio

de que podrá articular dentro del plazo de diez (10) días hábiles, el recurso de

reconsideración de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ordenanza N°

40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su modificatoria por Ley N° 6.544, o el

recurso previsto en el artículo 466 del Código Contencioso Administrativo y Tributario,

aprobado por Ley N° 189 (texto consolidado por Ley N° 6.588). Comuníquese a la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de

Hacienda y Finanzas, y a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Para

su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Coordinación Legal e

Institucional dependiente del Ministerio de Educación. Cumplido, archívese.

RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Miguel