DECRETO 221 2023
Síntesis:
TRANSFIERE DOMINIO - INMUEBLES - TÍTULO GRATUITO - INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - IVC - CALLE UNANUE S/N ESQUINA POLA S/N- NOMENCLATURA CATASTRAL - CIRCUNSCRIPCIÓN 1 - SECCIÓN 66 - MANZANA 31 - FRACCIÓN B - MATRÍCULA FR 1-93807 - CALLE UNANUE S/N ENTRE CALLE FONROUGE Y CALLE POLA - CIRCUNSCRIPCIÓN 1 - SECCIÓN 66 - MANZANA 23 - FRACCIÓN B - MATRÍCULA FR 1-93806 - CALLE UNANUE S/N ESQUINA CALLE FONROUGE S/N - CIRCUNSCRIPCIÓN 1 - SECCIÓN 66 - MANZANA 12C - FRACCIÓN D - MATRÍCULA FRE 1-93805 - AUTORIZA - DIRECCIÓN GENERAL ESCRIBANÍA GENERAL - INSTRUMENTAR - INSCRIBIR - REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE
Publicación:
01/08/2023
Sanción:
28/07/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley Nacional N° 17.801 y sus modificatorias, las Leyes Nros. 351, 1.218,
1.251, 1.770 y 5.705 (textos consolidados por Ley N° 6.588), los Decretos Nros.
1.548/04, 463/19 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 16259095-
GCABA-IVC/22, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto se propicia la transferencia del
dominio de los inmuebles individualizados como: a) Calle Unanue S/N esquina Pola
S/N (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 66, Manzana 31, Fracción B)
inscripto en la matrícula FR 1-93807; b) Calle Unanue S/N entre Calle Fonrouge y
Calle Pola (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 66, Manzana 23,
Fracción B) inscripto en la matrícula FR 1-93806; y, c) Calle Unanue S/N esquina Calle
Fonrouge S/N (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 66, Manzana 12C,
Fracción D) inscripto en la matrícula FRE 1-93805, a favor del Instituto de Vivienda de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC);
Que los citados inmuebles pertenecen al dominio de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires conforme la Ley N° 351 y el Decreto N° 1.548/04 que los declaró adquiridos por
la Ciudad y la posterior inscripción ante el Registro de la Propiedad Inmueble por
Testimonio Administrativo del día 06 de octubre de 2004 a favor de esta
Administración;
Que mediante Ley N° 1.770 se afectó el polígono que comprende a las fracciones
objeto del presente, a la urbanización del "Barrio 20", mientras que, por la Ley N°
5.705 se dispuso su reurbanización, zonificación e integración socio-urbana, siendo
dichos inmuebles declarados innecesarios para la gestión del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que conforme la Ley N° 1.251 el Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires (IVC), en su carácter de órgano de aplicación de las políticas de vivienda
del Gobierno de la Ciudad, tiene entre otros principios, el de garantizar la
regularización dominial de los inmuebles a favor de los destinatarios de las diferentes
operatorias;
Que la Dirección General de Administración de Bienes de la Subsecretaría de
Administración de Bienes Inmuebles del Ministerio de Desarrollo Económico y
Producción y la Dirección General de Escribanía General dependiente de la Secretaría
Legal y Técnica, han tomado debida intervención conforme sus responsabilidades
primarias, previstas en el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios;
Que, en consecuencia corresponde transferir a título gratuito a favor del Instituto de
Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) los inmuebles identificados
como: a) Calle Unanue S/N esquina Pola S/N (Nomenclatura Catastral:
Circunscripción 1, Sección 66, Manzana 31, Fracción B) inscripto en la matrícula FR 1-
93807; b) Calle Unanue S/N entre Calle Fonrouge y Calle Pola (Nomenclatura
Catastral: Circunscripción 1, Sección 66, Manzana 23, Fracción B) inscripto en la
matrícula FR 1-93806; y, c) Calle Unanue S/N esquina Calle Fonrouge S/N
(Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 66, Manzana 12C, Fracción D)
inscripto en la matrícula FRE 1-93805 y autorizar a la Dirección General Escribanía
General, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, a instrumentar dicha
transferencia e inscribirla ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital
Federal, mediante escritura pública y/o documento administrativo conforme Ley
Nacional N° 17.801, artículo 3°, inciso a) y sus modificatorias;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha tomado la intervención
que le corresponde según lo establecido en la Ley N° 1.218.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Transferir a título gratuito al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires (IVC) el dominio de los inmuebles individualizados como: a) Calle
Unanue S/N esquina Pola S/N (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 66,
Manzana 31, Fracción B) inscripto en la matrícula FR 1-93807; b) Calle Unanue S/N
entre Calle Fonrouge y Calle Pola (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección
66, Manzana 23, Fracción B) inscripto en la matrícula FR 1-93806; y, c) Calle Unanue
S/N esquina Calle Fonrouge S/N (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección
66, Manzana 12C, Fracción D) inscripto en la matrícula FRE 1-93805.
Artículo 2°.- Autorizar a la Dirección General Escribanía General, dependiente de la
Secretaría Legal y Técnica, a instrumentar la transferencia de dominio de los
inmuebles mencionados en el artículo 1°, mediante escritura pública y/o documento
administrativo, e inscribirlos en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital
Federal a nombre del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(IVC).
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Económico y Producción, por la señora Ministra de Desarrollo Humano y Hábitat y por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, dependiente de
la Subsecretaría de Gestión Urbana de la Secretaría de Desarrollo Urbano de la
Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Dirección General Administración de Bienes,
dependiente de la Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles del Ministerio
de Desarrollo Económico y Producción, y al Instituto de Vivienda de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (IVC). Para su conocimiento y demás efectos, pase a la
Dirección General Escribanía General, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica.
Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Giusti - Migliore - Miguel