RESOLUCIÓN 11 2005 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

CREA LA OFICIA COMÚN DE COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO DE EJECUCIÓN DE SANCIONES - CÓDIGO CONTRAVENCIONAL - CREACIÓN - DESIGNACIÓN DE RESPONSABLE A CARGO - MARCELO BUIGO - DNI 11.386.387 - SEDE - DÍA 6 DE JUNIO DE 2004 - CONVENIO - TRASPASO DE COMPETENCIAS PENALES DE LA JUSTICIA NACIONAL AL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD - CONVENIO 14/04

Publicación:

25/01/2005

Sanción:

05/01/2005

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


Visto, el nuevo de Código Contravencional sancionado por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ley N° 1.472) y el Convenio de Traspaso de Competencias penales de la Justicia Nacional al Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires suscripto el pasado 1° de junio entre el Gobierno de la Ciudad y el Poder Ejecutivo Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que en el ámbito de la Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires existen veinticuatro (24) Juzgados Contravencionales y de Faltas, debiendo los mismos además de conocer y fallar en los juicios, controlar las sentencias condenatorias contravencionales, de las correccionales delegadas, de las faltas y las medidas de suspensión del proceso a prueba que se vienen aplicando en el fuero;

Que el control de estas sentencias importa un trámite distinto y más prolongado al propio de un Juzgado de 1° Instancia, por cuanto viene condicionado por el tipo y plazo de sanción impuesta determinando, en consecuencia, una inevitable acumulación de trámites y consecuentemente un progresivo aumento de legajos activos;

Que recientemente la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó el nuevo Código Contravencional, que en su artículo 120 dispone que el Consejo de la Magistratura deberá poner en funcionamiento de la Oficina de Coordinación y Seguimientos de ejecución de sanciones;

Que resulta menester, en virtud del mandato legal del artículo 120 del Código Contravencional y del cúmulo de tareas de los Juzgados de 1era. Instancia en la etapa de ejecución, optimizar los recursos humanos y materiales existentes para contribuir y dar una mejor respuesta jurisdiccional a esta problemática;

Que en tal sentido resulta conveniente, implementar en etapas la creación de dicha oficina, por lo que en una primer etapa debe disponerse que la misma funcione en la sede de la calle Beruti 3345 de esta Ciudad, con el auxilio administrativo del personal de la Mesa General de Entradas sita en dicha sede;

Que la estructura orgánica aprobada por Resolución CM N° 301/02, preveía el funcionamiento, en la órbita de la Secretaría de Coordinación Técnica, del Departamento de Ejecución de Penas Alternativas, designándose como titular de dicha dependencia al Dr. Marcelo Buigo, por Resolución CM N° 417/02;

Que el referido Departamento fue eliminado en la actual estructura orgánica, aprobada por Resolución CM N° 362/03, disponiéndose la creación de la División de Asistencia para el Cumplimiento de Penas, dependiente de la Dirección de Asuntos Jurídicos, cuya titularidad no ha sido cubierta hasta el presente;

Que en virtud de la supresión de algunas de las dependencias del organigrama previsto en la Resolución CM N° 301/02, se resolvió priorizar a los funcionarios que se encontraban desarrollando tareas dentro de la estructura anterior para desempeñar funciones en otras áreas, manteniendo su categoría de revista;

Que por tal motivo, mediante Resolución CM N° 394/04 se asignó al Dr. Marcelo Buigo las funciones de asistir a la Secretaría de Comisión de Disciplina y Acusación y posteriormente, por Resolución CM N° 546/03, las de asistir al Departamento de Sumarios del Área Jurisdiccional;

Que, asimismo, se solicitó la participación del referido funcionario en el proceso de implementación de las medidas vinculadas al traspaso de competencias penales a la Justicia Contravencional y el seguimiento de las reformas legislativas vinculadas al fuero;

Que del análisis de sus antecedentes, surge que el Dr. Marcelo Buigo reúne las condiciones de idoneidad necesarias para ocupar interinamente el cargo de Secretario de la Oficina Común de Control de Ejecuciones y Sanciones;

Que, en una segunda etapa, siendo que el mandato legal excluye el tratamiento por parte de esta oficina de las penas de multa y arresto, se prevé que esta oficina común asista a los jueces que serán convocados en función de lo dispuesto en la Ley N° 1.086 para culminar con el diseño de una herramienta ágil que le permita a la Justicia de la Ciudad dar una mejor respuesta jurisdiccional a la variedad de ejecuciones de diversa naturaleza;

Que la puesta en marcha de esta Oficina Común para la atención de sanciones responde a una necesidad del fuero y encuentra como antecedentes los descriptos en el Plan Nacional de Reforma Judicial y coloca al Poder Judicial de la Ciudad como pionero en la atención de estas cuestiones con recomendaciones que los expertos en la materia sugieren para estos procedimientos;

Que por otra parte el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Sr. Presidente de la Nación suscribieron el Convenio de Traspaso progresivo de Competencias Penales de la Justicia Nacional al Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el impacto de esta transferencia de competencias implica el ingreso al fuero Contravencional y de Faltas de unas 30.000 causas por año aproximadamente conforme las previsiones estadísticas publicadas por la Procuración General de la Nación y por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y tal situación en el corto y mediano plazo repercutirá en el control de las ejecuciones de las sentencias y sanciones;

Que por ello rápidamente habrá de implementarse la segunda integración del fuero que contará con el auxilio de esta oficina común, respondiendo entonces al diseño de la oficina en función del tipo de proceso;

Que se debe garantizar las condiciones necesarias que ofrezcan un juzgamiento eficaz en términos temporales y el control efectivo del cumplimiento de las sanciones que eventualmente se impongan y una necesaria reorganización judicial que permita la utilización racional de los recursos;

Por ello, en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la Ley N° 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1° - Crear la Oficina Común de Coordinación y Seguimiento de Ejecución de Sanciones conforme lo previsto por el artículo 120 del Código Contravencional.

Artículo 2° - Disponer que interinamente el Dr. Marcelo Buigo (DNI 11.386.387), y con el cargo que actualmente ostenta, dirija la oficina antedicha, con el auxilio del personal de la Mesa General de Entradas de la Justicia de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas que funciona en la sede de la calle Beruti 3345 de esta Ciudad.

Artículo 3° - Encomendar a la Dirección de Infraestructura y Obras para que se adecue el espacio necesario para que en la Mesa General de Entradas de la Justicia de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas funcione la Oficina Común para la Ejecución de Sanciones.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad y en la página de internet del Poder Judicial, comuníquese a los Sres. Titulares del Ministerio Público, a la Cámara de Apelaciones en lo Contravencional y de Faltas, al Departamento de Recursos Humanos, a la Dirección de Programación y Administración Contable y, oportunamente, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 11-CMCABA-05, crea la Oficina Común de Coordinación y Seguimiento de Ejecución de Sanciones, conforme lo previsto por el artículo 120 de la Ley 1472 Código Contravencional.</p>
INTEGRADA POR
Res. 382-CM-05 Crea la estructura organizacional de enlace con la dependencia creada por Res.11- CM-05