RESOLUCIÓN 4692 2004 SECRETARIA DE CULTURA
Síntesis:
ROBERTO ALFREDO APESECHE- PROGRAMA DE FOMENTO METROPOLITANO DE LA CULTURA LAS ARTES Y LAS CIENCIAS DE LA CIUDAD - SUBSIDIOS - BAJA DE BENEFICIARIOS - ARTISTAS INVESTIGADORES CIENTÍFICOS Y GESTORES CULTURALES
Publicación:
27/01/2005
Sanción:
30/12/2004
Organismo:
SECRETARIA DE CULTURA
Visto el Expediente N° 67.771/04, el Decreto N° 1.020-GCBA/04 (B.O.C.B.A. N° 1965), las Resoluciones Nros. 2.066-SC/04 (B.O.C.B.A. N° 1989) y 2.119-SC/04 (B.O.C.B.A. N° 1987); y,
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1.020-GCBA/04 se ha creado el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones;
Que, el Decreto mencionado delega en esta Secretaría de Cultura la facultad de conceder estos subsidios;
Que, por Resolución N° 2.066-SC/04 se ha procedido a reglamentar el citado Decreto;
Que, por Resolución N° 2.119-SC/04 se procedió a aprobar una línea de subsidios destinada a personas físicas con el objeto de favorecer la creación, producción, formación, difusión y el perfeccionamiento, vinculados a toda expresión cultural, artística, científica o de investigación;
Que, por Resolución N° 3.622 se procedió a conceder un subsidio al Sr. Roberto Alfredo Apeseche, DNI 10.775.113;
Que, el Sr. Roberto Alfredo Apeseche renunció al cobro del subsidio, atento a las razones expuestas a fs. 33 de la presente actuación;
Por ello, de acuerdo a las facultades conferidas por el Decreto N° 1.020-GCBA/04 y por la Resolución N° 2.066-SC/04 y demás normas complementarias,
Artículo 1° - Acéptase la renuncia del Sr. Roberto Alfredo Apeseche, DNI 10.775.113, al otorgamiento del subsidio.
Artículo 2° - Procédase a desafectar la imputación financiera.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General del Centro Cultural General San Martín. Cumplido, archívese.