RESOLUCIÓN 5825 2023 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
DESIGNA - GASTÓN ARRIONDO - SUBGERENTE OPERATIVO - TRANSITORIO - SUBGERENCIA OPERATIVA REGULARIZACIÓN Y CONFORME A OBRAS - GERENCIA OPERATIVA REGISTRO DE OBRA - DIRECCIÓN GENERAL REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN URBANA - SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
17/08/2023
Sanción:
14/08/2023
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.588), los
Decretos Nros. 684/09, 335/11, 571/11, 463/19 y modificatorios, la Resolución N°
3749-GCABA-MEFGC/19 y modificatorias, el Expediente Electrónico N° 28257035-
GCABA-DGROC-2023, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,
al Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que por Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración
Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del
Poder Ejecutivo;
Que posteriormente, por Decreto N° 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto N°
684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que
se denominarán "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les
corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras
organizativas de este Gobierno;
Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al entonces Secretario de
Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales;
Que por Resolución N° 3749-GCABA-MEFGC/19 y modificatorias se aprobaron las
disposiciones generales aplicables al Régimen Gerencial de la Administración Pública
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a efectos de cubrir el cargo vacante en forma transitoria, la Jefatura de Gabinete
de Ministros propicia, a partir del 1° de agosto de 2023, la designación del Sr. Gastón
Arriondo, DNI N° 36.342.641, CUIL N° 20-36342641-8, como Subgerente Operativo de
la Subgerencia Operativa Regularización y Conforme a Obras de la Gerencia
Operativa Registro de Obra de la Dirección General Registro de Obras y Catastro de la
Subsecretaría de Gestión Urbana de la Secretaría de Desarrollo Urbano;
Que mediante Informe Número IF-2023-28114894-GCABA-DGROC la Dirección
General Registro de Obras y Catastro, dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso i)
del artículo 3° del Anexo I de la mentada Resolución N° 3749-GCABA-MEFGC/19;
Que por el artículo 11 del Anexo I de la Resolución N° 3749-GCABA-MEFGC/19 y
modificatorias se estableció que el cese del personal designado con carácter
transitorio en cargos de régimen gerencial no otorgará, en ningún caso, derecho a la
percepción de monto indemnizatorio alguno;
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, ha verificado la inexistencia de incompatibilidad del agente
propuesto para la cobertura transitoria del cargo, de acuerdo con lo normado en el
artículo 7° de la Ley N° 471, y ha dado cumplimiento a los recaudos exigidos por la
normativa en vigencia;
Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 17 incs. 11 y 12 de la Ley N°
6.292,
Artículo 1°.- Designar, a partir del 1° de agosto de 2023, con carácter transitorio, al Sr.
Gastón Arriondo, DNI N° 36.342.641, CUIL N° 20-36342641-8, como Subgerente
Operativo de la Subgerencia Operativa Regularización y Conforme a Obras de la
Gerencia Operativa Registro de Obra de la Dirección General Registro de Obras y
Catastro de la Subsecretaría de Gestión Urbana de la Secretaría de Desarrollo Urbano
de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Artículo 2°.- La designación del agente mencionado en el artículo anterior reviste
carácter transitorio y podrá cesar en el cargo de régimen gerencial sin derecho a la
percepción de monto indemnizatorio alguno, de conformidad a lo establecido en el
artículo 11 del Anexo I de la Resolución N° 3749-GCABA-MEFGC/19 y modificatorias.
Artículo 3°.- El agente designado en el artículo 1°, deberá acreditar de manera
fehaciente, en el plazo perentorio de sesenta (60) días corridos desde la notificación
de la presente Resolución, ante la Dirección General Registro de Obras y Catastro, el
cumplimiento de las capacitaciones previstas en el artículo 3° bis, incisos a), b) y c),
del Anexo I de la Resolución N° 3749-GCABA-MEFGC/19 y modificatorias.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de
Haberes, de Desarrollo del Servicio Civil, y Técnica, Administrativa y Legal, todas ellas
dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas y, para su conocimiento y demás
efectos, remítase a la Dirección General Registro de Obras y Catastro, de la Jefatura
de Gabinete de Ministros, debiendo esta última notificar fehacientemente al interesado.
Mura