RESOLUCIÓN 12601 2023 SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE
Síntesis:
INSTRUMENTA ACTA SALARIAL - DOCENTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SUSCRIPTA EL 18 DE JULIO DE 2023 ENTRE LA MINISTRA DE EDUCACIÓN MARÍA SOLEDAD ACUÑA EL JEFE DE GABINETE MANUEL VIDAL Y EL SUBSECRETARIO DE CARRERA DOCENTE OSCAR GHILLIONE EN REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y ORGANIZACIONES SINDICALES EN REPRESENTACIÓN DE LOS DOCENTES - SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE
Publicación:
18/08/2023
Sanción:
24/07/2023
Organismo:
SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE
VISTO: La Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su
modificatoria por Ley N° 6.544, el Acta Salarial 2023 Docentes del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires instrumentada por Resoluciones Nros. 2.567-
GCABA-SSCDOC/23, 6.260-GCABA-SSCDOC/23, 7.234-
GCABA-SSCDOC/23,
9.271-GCABA-SSCDOC/23, el Expediente Electrónico N° 5.885.079-GCABA-
DGPDYND/23, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 2.567-GCABA-SSCDOC/23 se instrumentó el Acta
Salarial 2023 -Docentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco de la Comisión Salarial establecida por el Artículo 7° inciso b) de la
Ordenanza 40.593 (Estatuto de Docente), el día 18 de julio de 2023 se reunieron en la
sede del Ministerio de Educación de la CABA sito en Carlos H. Perette N° 750, en
representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Sra. Ministra
de Educación, Lic. María Soledad Acuña, el Sr. Jefe de Gabinete, Lic. Manuel R. Vidal
y el Subsecretario de Carrera Docente Lic. Oscar M. Ghillione; y en representación de
los docentes las siguientes organizaciones sindicales: Asociación Docentes de
Educación Física (ADEF), Asociación Docentes de Enseñanza Media y Superior
(ADEMYS), Asociación Docentes Independientes Argentinos (ADIA), Asociación de
Educadores Porteños (AEP), Asociación del Magisterio de la Enseñanza Técnica
(AMET), Unión Argentina de Maestros y Profesores (CAMyP), Asociación de Maestros
Confederados (AMC), Asociación de Supervisores Educacionales de la Ciudad de
Buenos Aires (ASED), Centro de Profesores Diplomados (CPD), Compromiso,
Educación para el Cambio (EDUPEC), Sindicato de Educadores de Buenos Aires
(SEDEBA), Sindicato de Educadores Unidos de la Ciudad de Buenos Aires (SEducA),
Sindicato Unido de Educadores Técnicos de la República Argentina (SUETRA),
Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires
(SUTECBA), Unión Docentde estas actuaes Argentinos (UDA) y Unión de
Trabajadores de la Educación (UTE);
Que en virtud de la reunión, se suscribió el Acta Salarial de fecha 18 de julio del
corriente año, incorporada como (IF-2023-27481974-GCABA-DGPDYND) el que a
todos sus efectos forma parte de la presente;
Que en cumplimiento de lo acordado en el punto PRIMERO de dicha acta salarial,
luego del debate y analizadas las propuestas, se acuerda aplicar ajustes salariales, en
virtud del análisis de la evolución de los índices inflacionarios, conforme Anexo I (IF-
2023-27455744-GCABA-DGPDYND), de especificaciones técnicas, el que a todos sus
efectos forma parte de la presentes;
Que se ha acordado la correspondencia temporal de los cargos Maestro/a Especialista
del Nivel Inicial y Primario, Maestro/a Coordinador/a de Trayectorias Escolares del
Nivel Primario y el cargo Maestro/a de Programa del área de Programas
Socioeducativos a los únicos efectos del control de la jornada máxima legal, lo que se
refleja en el Anexo II (IF-2023-27455017-GCABA-DGPDYND) y el punto 3 del acta
(IF2023- 27481974-GCABA-DGPDYND) los que a todos sus efectos forman parte de
la presente;
Que, por todo lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo que
posibilite la instrumentación del acuerdo precitado;
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional tomó debida intervención
en el trámite.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Instruméntase el Acta Salarial - Docentes del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (IF-2023-27481974-GCABA-DGPDYND) de fecha 18 de
julio de 2023, su Anexo I (IF-2023-27455744-GCABA-DGPDYND) y su Anexo II (IF-
2023-27455017-GCABA-DGPDYND), los que a todos sus efectos forman parte de la
presente, suscripta entre la Sra. Ministra de Educación, Lic. María Soledad Acuña, el
Sr. Jefe de Gabinete, Lic. Manuel R. Vidal y el Sr. Subsecretario de Carrera Docente
Lic. Oscar M. Ghillione, en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y en representación de los docentes las siguientes organizaciones
sindicales: Asociación Docentes de Educación Física (ADEF), Asociación Docentes de
Enseñanza Media y Superior (ADEMYS), Asociación Docentes Independientes
Argentinos (ADIA), Asociación de Educadores Porteños (AEP), Asociación del
Magisterio de la Enseñanza Técnica (AMET), Unión Argentina de Maestros y
Profesores (CAMyP), Asociación de Maestros Confederados (AMC), Asociación de
Supervisores Educacionales de la Ciudad de Buenos Aires (ASED), Centro de
Profesores Diplomados (CPD), Compromiso, Educación para el Cambio (EDUPEC),
Sindicato de Educadores de Buenos Aires (SEDEBA), Sindicato de Educadores
Unidos de la Ciudad de Buenos Aires (SEducA), Sindicato Unido de Educadores
Técnicos de la República Argentina (SUETRA), Sindicato Único de Trabajadores del
Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), Unión Docentes Argentinos (UDA)
y Unión de Trabajadores de la Educación (UTE).
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos remítanse las Comunicaciones Oficiales
pertinentes a la Dirección General de Personal Docente y No Docente, a la Unidad de
Coordinación del Sistema de Formación Docente, a las Subsecretaría de Coordinación
Pedagógica y Equidad Educativa, Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida,
Tecnología Educativa y Sustentabilidad todas ellas dependientes del Ministerio de
Educación, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General de Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, a la Dirección General de Enseñanza Artística del Ministerio de Cultura, a la
Subsecretaría de Deporte de la Vicejefatura de Gobierno y al Ministerio de Salud.
Notifíquese, en los términos del artículo N° 63 de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobada por Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1510/97 (texto consolidado por Ley N° 6.588), a las
siguientes organizaciones gremiales: Asociación Docentes de Educación Física
(ADEF), Asociación Docentes de Enseñanza Media y Superior (ADEMYS), Asociación
Docentes Independientes Argentinos (ADIA), Asociación de Educadores Porteños
(AEP), Asociación del Magisterio de la Enseñanza Técnica (AMET), Unión Argentina
de Maestros y Profesores (CAMyP), Asociación de Maestros Confederados (AMC),
Asociación de Supervisores Educacionales de la Ciudad de Buenos Aires (ASED),
Centro de Profesores Diplomados (CPD), Compromiso, Educación para el Cambio
(EDUPEC), Sindicato de Educadores de Buenos Aires (SEDEBA), Sindicato de
Educadores Unidos de la Ciudad de Buenos Aires (SEducA), Sindicato Unido de
Educadores Técnicos de la República Argentina (SUETRA), Sindicato Único de
Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), Unión Docentes
Argentinos (UDA) y Unión de Trabajadores de la Educación (UTE). Cumplido,
archívese. Ghillione