DISPOSICIÓN 1048 2023 DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO
Síntesis:
AUTORIZA EL EMPLAZAMIENTO - FERIA ITINERANTE DE ABASTECIMIENTO BARRIAL DE TIPO ORGÁNICO O ESPECIAL N°34 - BA MARKET - FERIAS DE LA CIUDAD - PARQUE SAAVEDRA UBICADO EN LA CALLE GARCÍA DEL RIO Y CONDE - BARRIO SAAVEDRA - COMUNA 12 - DIRECCIÓN GENERAL DE CONSERVACIÓN DEL PAISAJE URBANO
Publicación:
29/08/2023
Sanción:
23/08/2023
Organismo:
DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO
VISTO: las Leyes N° 5.122 y Ley N° 6.292, los Decretos N° 463-GCABA/19 y
modificatorios, Decreto N ° 366-GCABA/22, las Disposiciones N° 1007- DGFYME/16, y
N° 376-DGFER/19, y expediente electrónico N°31297240-GCABA-DGCDPU/23,
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios estableciendo para el
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades de
"entender en lo relativo al ordenamiento del Espacio Público, planificando estrategias y
diseñando e implementando políticas en relación con el mismo", así como entender en
lo relativo al uso del espacio público
Que, el Decreto N°463-GCABA/19 y modificatorios aprobó la estructura orgánica del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de la Órbita del
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General Conservación
del Paisaje Urbano;
Que el mentado Decreto incluye dentro de las responsabilidades primarias de dicha
Dirección General la de "diseñar políticas de regulación, registro, fomento y
coordinación de la actividad de ferias y mercados y comercios callejeros";
Que, por la Ley N° 5.122 se autoriza la instalación de las Ferias Itinerantes de
Abastecimiento Barrial (FIAB) y su Decreto reglamentario N° 491-GCABA/16
estableció que la ex Dirección General Ferias, y su actual continuadora institucional, la
Dirección General de Conservación del Paisaje Urbano, es la autoridad de aplicación
de la citada Ley, facultando a su titular a dictar las normas complementarias,
aclaratorias y operativas que fueren necesarias para su aplicación;
Que, la Disposición N° 1007-DGFYME/16 aprueba la regulación de la actividad de las
Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;
Que, a través de la Disposición N° 376-DGFER/19 se ha autorizado el funcionamiento
de la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial (FIAB) N° 34 "BA Market- Ferias de la
Ciudad" en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante Comunicación Oficial N°31296694 - DGCDPU/23, se informó a la Junta
Comunal N°12 del nuevo emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento
Barrial N° 34 " BA Market";
Que, en virtud de lo antes señalado, la Gerencia Operativa Mercados por informe N°
31296538-DGCDPU/23 solicita y presta conformidad autorizar nuevos
emplazamientos de FIAB N° 34 "BA Market" para los dias sábado 26 y domingo 27 de
agosto en Paque Saavedra;
Que, el horario de funcionamiento de la feria será a partir de las 10 hs hasta las 18 hs
contemplando el armado y desarmado a partir de las 22 hs del día viernes previo a la
feria hasta las 23 hs del día domingo donde concluye la misma;
Que, deviene imperioso autorizar dichos emplazamientos de las Ferias Itinerantes de
Abastecimiento Barrial, a fin de evitar grandes desplazamientos y ofrecer productos de
calidad y variados, en nuevos puntos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 463-GCABA/19, sus
modificatorios y el Decreto N° 366-GCABA/22;
Artículo 1°.- Autorízase el emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento
Barrial de tipo orgánico o especial N°34 "BA MARKET-Ferias de la Ciudad", conforme
detalle obrante en el Anexo (IF- 2023-31296574-GCABA-DGCDPU), que forma parte
integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Gerencia Operativa Mercados, que efectuará las notificaciones
correspondientes. Cumplido, archívese. Palacio