DECRETO 239 2023

Síntesis:

SANCIONA CON CESANTÍA - MARÍA FERNANDA FAGGIONATTO MÁRQUEZ - SUMARIO ADMINISTRATIVO N° 223/22 - DOCENTE - ESCUELA NORMAL SUPERIOR N° 4 ESTANISLAO S. ZEBALLOS - DISTRITO ESCOLAR N° 8 - LICENCIA MÉDICA - CERTIFICADO MÉDICO PRESUNTAMENTE APÓCRIFO

Publicación:

05/09/2023

Sanción:

01/09/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ordenanza N° 40.593 (Texto Consolidado por Ley N° 6.588) y su

modificatoria Ley N° 6.544, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de

Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad Urgencia N° 1.510/97 (Texto

Consolidado conforme Ley N° 6.588), la Resolución N° 2.624- GCABA-MEDGC/22, el

Expediente Electrónico N° 33698142-MGEYA-DGAMT/21, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 2.624-GCABA-MEDGC/22 se dispuso la instrucción de un

Sumario Administrativo a fin de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades

a que hubiere lugar en relación a la situación irregular en que se hallaría incursa la

agente María Fernanda Faggionatto Márquez (DNI N° 14.943.588 - FC N° 456.755),

en su carácter de docente de la Escuela Normal Superior N° 4 "Estanislao S. Zeballos"

Distrito Escolar N° 8, quien solicitó una licencia médica a través de la plataforma MIA

(MI Autogestión), presentando un certificado médico presuntamente apócrifo;

Que, abierta la etapa de instrucción, en mérito de los antecedentes y de las pruebas

recabadas, se decretó el llamado a prestar declaración indagatoria de la mencionada

docente María Fernanda Faggionatto Márquez, la que fue desarrollada por ante el

organismo instructor;

Que habida cuenta de las constancias obrantes, se le formularon los respectivos

cargos administrativos;

Que la Junta de Disciplina tomó intervención de su competencia y acordó con los

cargos formulados por la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de

la Ciudad de Buenos Aires;

Que la agente en cuestión, fue debidamente notificada de los cargos formulados como

así también de su derecho a tomar vista de las actuaciones para ofrecer descargo y

prueba, no presentando escrito alguno;

Que habiendo sido notificada del plazo para alegar, la agente María Fernanda

Faggionatto Márquez no hizo uso del mismo, dándosele por decaído su derecho;

Que, no restando medidas de prueba pendientes de producción, se dispuso la

clausura de la etapa de instrucción;

Que la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de

Buenos Aires en su Dictamen Jurídico identificado N° IF-2023-17846012-GCABA-

DGSUM, luego de un pormenorizado análisis de los hechos, la prueba colectada,

alegatos y teniendo por probada la ocurrencia de los hechos disvaliosos aconsejó

sancionar con cesantía a la agente María Fernanda Faggionatto Márquez (DNI N°

14.943.588 - FC N° 456.755) por haber sido hallada responsable de los cargos

formulados en el Sumario Administrativo N° 223/22 y con ello transgredir los deberes

impuestos en el artículo 6°, incisos c), d) y g) del Estatuto Docente Ordenanza N°

40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su modificatoria Ley N ° 6.544,

quedando aprehendida su conducta en la previsión contenida en el artículo 36 inciso f)

del citado plexo normativo;

Que el Procurador General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires acordó con la

sanción aconsejada;

Que la Junta de Disciplina tomó nuevamente intervención mediante Dictamen de

Firma Conjunta N° IF-2023-21205007-GCABA-DGCDO, coincidiendo con la sanción

expresada por la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la

Ciudad de Buenos Aires;

Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional dependiente del Ministerio

de Educación ha tomado intervención atento su competencia;

Que, conforme surge de los actuados, la docente no se encuentra amparada con

mandato gremial consagrado por la Ley Nacional N° 23.551;

Que atento ello, lo dictaminado oportunamente por la Procuración General de la

Ciudad y la valoración efectuada sobre los elementos probatorios y demás constancias

obrantes en autos, corresponde se dicte el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 38 de la Ordenanza

N° 40.593,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Sancionar con cesantía a la agente María Fernanda Faggionatto Márquez

(DNI N° 14.943.588 - FC N° 456.755), por haber sido hallada responsable de los

cargos formulados en el Sumario Administrativo N° 223/22, y con ello transgredir los

deberes establecidos en el artículo 6°, incisos c), d) y g), de la Ordenanza N° 40.593

(texto consolidado por Ley N° 6.588) y su modificatoria Ley N° 6.544, quedando

aprehendida su conducta en la previsión contenida en el artículo 36, inciso f) del citado

plexo normativo.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación y

por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese

a la señora María Fernanda Faggionatto Márquez (DNI N° 14.943.588 - FC N°

456.755), en los términos del artículo 63 de la Ley de Procedimientos Administrativos

de la Ciudad de Buenos Aires (Texto Consolidado conforme Ley N ° 6.588), aprobada

por Decreto de Necesidad Urgencia N° 1.510/97, con copia del Dictamen IF-2023-

17846012-GCABA-DGSUM, haciéndole saber que el presente acto agota la instancia

administrativa, sin perjuicio de que podrá articular dentro del plazo de diez (10) días

hábiles, el recurso de reconsideración de conformidad con lo dispuesto en el artículo

50 de la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su modificatoria

por Ley N° 6.544, o el recurso previsto en el artículo 464 del Código Contencioso

Administrativo y Tributario, aprobado por Ley N° 189 (texto consolidado por Ley N°

6588). Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos

dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Procuración General de la

Ciudad de Buenos Aires. Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección

General de Coordinación Legal e Institucional dependiente del Ministerio de

Educación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto 255/25 desestima el Recurso de Reconsideración interpuesto por la agente M.F.F.M. (FC 456.755) contra el Decreto 239/23.</p>