DECRETO 368 2004

Síntesis:

ESTABLECE LA DISTRIBUCIÓN DE LA PLANTA TRANSITORIA DEL BLOQUE AUTONOMÍA POPULAR EN LOS ACTUALES AUTONOMÍA POPULAR E INTEGRACIÓN SOCIAL - DOTACIÓN - PERSONAL

Publicación:

16/02/2005

Sanción:

29/12/2004

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto los Decretos Nros. 182, 222, 242 y 258/VP/04, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante los Decretos Nros. 182, 222, 242 y 258/VP/04 se determinó la distribución y dotación de planta transitoria de los Bloques Políticos y Despachos de Legisladores/as de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que se ha producido una modificación en la conformación del Bloque Político denominado Autonomía Popular, constituyendo las diputadas que lo formaban los Bloques Autonomía Popular e Integración Social;

Que, en virtud de lo mencionado, debe adecuarse la distribución de la planta transitoria del Bloque Autonomía Popular en los actuales Autonomía Popular e Integración Social;

Que el presente se dicta conforme las facultades otorgadas por el artículo 71 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el art. 88 del Reglamento de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA LEGISLATURA DE LA

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Establécese la distribución de la planta transitoria del Bloque Autonomía Popular en los actuales Autonomía Popular e Integración Social conforme al Anexo I que forma parte del presente, rigiendo tal modificación a partir del 1° de enero de 2005.

Artículo 2° - Regístrese, publíquese, practíquense las comunicaciones de estilo y oportunamente archívese.

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