DECRETO 372 2004

Síntesis:

FERNANDO FINVARB - DNI 7.750.102 - SE PRORROGA LA ADSCRIPCIÓN A LA SECRETARÍA DE CULTURA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - PRÓRROGA DE ADSCRIPCIONES - ADSCRIPCIÓN DE AGENTES

Publicación:

16/02/2005

Sanción:

30/12/2004

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto, el Expediente N° 24.456-SA/04, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el citado expediente tramita la solicitud de prórroga de adscripción del agente Fernando Fivarb (Legajo 27 DNI 7.750.102), para continuar prestando servicios en la Secretaría de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que el citado integra la dotación de planta permanente , nivel 2 en la Comisión de Presupuesto , Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria;

Que el responsable de la dependencia en la que el mencionado revista, prestó la conformidad pertinente;

Que dicho pedido estaría encuadrado dentro de los términos del Decreto N° 103-VP/02;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó en el caso la intervención que le compete;

Por ello,

En uso de las facultades que le son propias de conformidad con lo establecido en los artículos 71 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 88 del Reglamento Interno de este Cuerpo,

EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Convalídese la prórroga de adscripción del agente Fernando Finvarb (Legajo 27 DNI 7.750.102) a la Secretaría de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir del 25 de noviembre de 2004 y por el término de 120 días, conforme lo establecido en el Decreto N° 103-VP/02.

Artículo 2° - El agente Fernando Finvab (Legajo 27 DNI 7.750.102) deberá presentar ante la Dirección General Gestión de Recursos Humanos de la Legislatura una certificación de servicios mensual a efectos de justificar su asistencia al organismo solicitante para proceder a la percepción de sus haberes.

Artículo 3° - Notifíquese, a través de la Dirección General Gestión de Recursos Humanos al agente mencionado en los artículos 1° y 2°, lo dispuesto en el presente acto.

Articulo 4° - Líbrese comunicación del presente, a través de la Dirección General de Despacho Administrativo, a la Secretaría de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 5° - Regístrese y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Despacho Administrativo, Gestión de Recursos Humanos y Secretaría Administrativa. Cumplido, archívese. de Estrada - Moscariello

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Decreto 372-LCABA-05 Prórroga de adscripción Decreto 201-LCABA-05