DECRETO 163 2005

Síntesis:

MARTÍN PALERMO - SE DESESTIMA EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 1.898-SHYF-01 OFICIO N° 3.086/04 (R). - DESESTIMACIÓN DE RECURSOS - RECLAMO DE RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS - OPERARIO - PERSONAL PLANTA TRANSITORIA - SECRETARÍA DE GOBIERNO

Publicación:

17/02/2005

Sanción:

09/02/2005

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 18.497/00; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante dicho actuado tramita el recurso de reconsideración y jerárquico en subsidio incoado por el señor Martín Palermo, DNI 24.997.964, contra los términos de la Resolución N° 1.898-SHyF/01;

Que la entonces Secretaría de Gobierno solicitó que se proyecte la norma legal correspondiente por medio de la cual se reconozcan los servicios prestados por el recurrente de autos como operario de la planta transitoria dependiente de la Secretaría de Gobierno, aprobada por Decreto N° 720-GCBA/97;

Que la Dirección General de Recursos Humanos informa en su oportunidad el gasto que implica abonar el reconocimiento de servicios requerido en autos;

Que a requerimiento de la Procuración General de la Ciudad la ex-Secretaría de Gobierno intervino nuevamente informando que no existe acto administrativo emanado de autoridad competente que haya encomendado las tareas. Al respecto acompaña en autos copia del Decreto N° 720-GCBA/97 a través del cual se crea la dotación de una planta transitoria, integrada por operarios que dependían de esa Secretaría. Asimismo, surge que de dicho acto no se contempla -en su Anexo- el detalle de las designaciones;

Que la Dirección General de Recursos Humanos, en requerimiento de la Procuración General de la Ciudad, se expide señalando que en tal instancia no existen constancias de la relación laboral del interesado en cuestión con esta Administración;

Que la Procuración General de la Ciudad aconseja no acceder a lo solicitado, razón por la cual se dicta la Resolución N° 1.898-SHyF/01 desestimando la petición del interesado, respecto del reconocimiento de servicios como operario de la planta transitoria dependiente de la ex-Secretaría de Gobierno;

Que notificado el peticionante del contenido del acto administrativo referido se agravia interponiendo recurso jerárquico contra los términos del mismo;

Que la Dirección General de Recursos Humanos se expide sobre el fondo de la cuestión planteada estimando que no se advierten nuevos elementos de hecho y/o derecho en el remedio procedimental incoado que permitan desvirtuar los fundamentos esgrimidos en la resolución recurrida;

Que con carácter preliminar, se destaca que el acto recurrido en autos -Resolución N° 1.898-SHyF/01- fue dictado en uso de facultades delegadas, por lo cual merece el mismo tratamiento que un acto administrativo dictado por el señor Jefe de Gobierno. En consecuencia, únicamente es susceptible de la reconsideración prevista en el art. 103 de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por Decreto N° 1.510-GCBA/97 (B.O.C.B.A. N° 310);

Que por otra parte, el art. 104 de la misma ley establece que si el acto hubiera sido dictado por delegación, el recurso de reconsideración será resuelto por el órgano delegado, sin perjuicio del derecho de avocación del delegante;

Que por lo expuesto, y teniendo en cuenta que la resolución recurrida ha sido dictada, en uso de atribuciones delegadas por el Decreto N° 5.969/90, se aconseja que el señor Jefe de Gobierno, como órgano delegante y a los fines de posibilitar un adecuado control jerárquico, se avoque a resolver el recurso de reconsideración interpuesto;

Que ahora bien, en el recurso en análisis no se han aportado nuevos elementos de hecho y/o derecho que logren conmover el decisorio adoptado en dicho pronunciamiento;

Que en consecuencia se considera que la Resolución recurrida se ajusta a derecho;

Que, la Procuración General de la Ciudad ha dictaminado de conformidad con el criterio sustentado en el presente decreto, aconsejando su dictado;

Por ello y en atención a lo establecido en el art. 103 de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por Decreto N° 1.510-GCBA/97 (B.O.C.B.A. N° 310),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Desestímase el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Martín Palermo, DNI 24.997.964, contra los términos de la Resolución N° 1.898-SHyF/01, toda vez que el mismo no enerva los términos del decisorio que ataca.

Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, posteriormente para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Recursos Humanos, y Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, la que deberá practicar fehaciente notificación al interesado de los términos del presente decreto al domicilio constituido en la calle Piedras 1333, piso 4° A, Capital Federal. Cumplido, archívese. IBARRA - Albamonte - Fernández

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