DECRETO 253 2023

Síntesis:

DELEGA FACULTAD - MINISTERIO DE ESPACIO PUBLICO E HIGIENE URBANA - APROBAR  PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUS ANEXOS - CONSULTAS SOBRE DOCUMENTACIÓN LICITATORIA - PRÓRROGA DEL ACTO DE APERTURA - DICTADO DE ACTOS ADMINISTRATIVOS NECESARIOS - TRAMITACIÓN -  ADJUDICACIÓN - EJECUCIÓN Y LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA - CONTRATACIÓN  SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LA DEMARCACIÓN HORIZONTAL - CALLES - AVENIDAS -  CICLOVÍAS Y CORDONES DE ACERAS - ÁMBITO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - ENTE DE MANTENIMIENTO URBANO INTEGRAL - SUBSECRETARÍA MANTENIMIENTO URBANO 

Publicación:

25/09/2023

Sanción:

21/09/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros. 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.588), su

modificatoria N° 6.647 y 6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.588), el Decreto N°

129/23, la Disposición N° 333-DGCYC/23, el Expediente Electrónico N° 35252625-

EMUI/23, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la solicitud de contratación

del "Servicio de Mantenimiento de la demarcación horizontal en calles, avenidas,

ciclovías y cordones de aceras dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires",

requerido por el Ente de Mantenimiento Urbano Integral, dependiente de la

Subsecretaría Mantenimiento Urbano del Ministerio de Espacio Público e Higiene

Urbana, por un plazo de cuarenta y ocho (48) meses consecutivos e ininterrumpidos,

cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de pesos treinta y seis mil setecientos

sesenta y dos millones trescientos setenta y siete mil cien con 00/100 ($

36.762.377.100);

Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas para los procesos de compras,

ventas y contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 129/23 aprobó la reglamentación de la Ley N° 2.095 y fijó los

niveles de decisión y cuadro de competencias conforme se detalla en sus Anexos II,

III, IV, V y VI;

Que por Disposición N° 333-DGCYC/23 la Dirección General de Compras y

Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de compras y

contrataciones y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 19, inciso j), de

la Ley N° 2.095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

Que, a fin de concretar la contratación precitada, resulta oportuno la celebración de

una Licitación Pública encuadrada en lo dispuesto por los artículos 32, 33 primer

párrafo y 44 y concordantes de la Ley N° 2.095;

Que, conforme el artículo 24 de la Ley N° 6.292 de Ministerios, corresponde al

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana asistir al Jefe de Gobierno en lo

inherente a sus competencias, entre las que se encuentran la de diseñar e

implementar las políticas tendientes a la mejora, mantenimiento, incremento y puesta

en valor del espacio público;

Que, atento el carácter especializado de la contratación y con el objeto de lograr una

mayor celeridad, resulta conveniente delegar en el Ministerio de Espacio Público e

Higiene Urbana la facultad de aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares

y de Especificaciones Técnicas y sus anexos, por un plazo de cuarenta y ocho (48)

meses, efectuar el llamado a Licitación Pública, emitir circulares con y sin consulta

sobre la documentación licitatoria, la prórroga del acto de apertura, como así también

dictar todos los actos administrativos que fueren necesarios para la tramitación y

adjudicación de la pertinente Licitación Pública y de aquellos que sean necesarios

para la ejecución y control de la contratación desde su materialización y hasta su

finalización, la designación de los integrantes que compondrán la Comisión de

Evaluación de Ofertas, la emisión de la/s pertinente/s orden/es de compra, la

ampliación y/o disminución del total adjudicado, del plazo, de su prórroga y

continuidad, la aplicación de penalidades, la rescisión del contrato suscripto y en

general cualquier otra circunstancia que haga al cumplimiento del mismo, todo ello en

el marco de la normativa aplicable;

Que, atento a lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Delegar en el Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana la facultad

de aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones

Técnicas y sus anexos, para la contratación del "Servicio de Mantenimiento de la

demarcación horizontal en calles, avenidas, ciclovías y cordones de aceras dentro del

ámbito de la Ciudad de Buenos Aires" requerido por el Ente de Mantenimiento Urbano

Integral, dependiente de la Subsecretaría Mantenimiento Urbano del Ministerio de

Espacio Público e Higiene Urbana, por un plazo de cuarenta y ocho (48) meses,

efectuar el llamado a Licitación Pública, emitir circulares con y sin consulta sobre la

documentación licitatoria, la prórroga del acto de apertura, como así también dictar

todos los actos administrativos que fueren necesarios para la tramitación, adjudicación

y ejecución de la pertinente Licitación Pública y de aquellos desde su materialización y

hasta su finalización, la designación a los integrantes que compondrán la Comisión de

Evaluación de Ofertas, la emisión de la/s pertinente/s orden/es de compra, la

ampliación y/o disminución del total adjudicado, de su prórroga y continuidad, la

aplicación de penalidades, la rescisión del contrato suscripto y en general cualquier

otra circunstancia que haga al cumplimiento del mismo.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Espacio

Público e Higiene Urbana y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el

portal www.buenosairescompras.gob.ar . Remítase a la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana

para la prosecución del trámite licitatorio. RODRÍGUEZ LARRETA - Muzzio - Miguel